Matematica Financiera
Enviado por 213035 • 16 de Octubre de 2013 • 1.713 Palabras (7 Páginas) • 442 Visitas
INTRODUCCION
Para el desarrollo de esta actividad se hizo un análisis general de las organizaciones solidarias, con el fin de entender los diferentes conceptos relacionados con su desarrollo, que nos permitan tener claros los conceptos y técnicas relacionadas con los tipos de organizaciones solidarias y conceptos básicos tributarios.
Resaltaremos las características más relevantes del enfoque de género en las organizaciones solidarias.
ENSAYO “TIPOS DE ORGANIZACIONES SOLIDARIAS”
Son un conjunto de organizaciones que siendo de iniciativa privada, desarrollan fines de beneficio colectivo o social y no tienen como fundamento el enriquecimiento o la posesión y crecimiento del capital económico. Dichas organizaciones tienen como principios comunes la libre adhesión, la democracia, la ausencia de ganancia individual, el desarrollo de la persona natural y la independencia total frente al Estado.
Dentro de sus características están:
Estar organizada como empresa que contemple en su objetivo social el ejercicio de una actividad socioeconómica, tendiente a satisfacer las necesidades de sus asociados y el desarrollo de obras de servicio comunitario. Tener establecido un vínculo asociativo, fundado en los principios y fines contemplados en la ley 454 de 1998. Tener incluido en sus estatutos o reglas básicas de funcionamiento la ausencia de ánimo de lucro, movida por la solidaridad, el servicio social o comunitario. Garantizar la igualdad de derechos y obligaciones de sus miembros sin consideración a sus aportes. Establecer en sus estatutos un monto mínimo de aportes sociales no reducibles, debidamente pagados durante su existencia. Integrarse social y económicamente, sin perjuicios de sus vínculos con otras entidades sin ánimo de lucro que tengan por fin promover el desarrollo integral del ser humano. Como principios económicos las organizaciones de Economía Solidaria deberán:
a) Establecer la irrepartibilidad de las reservas sociales y, en caso de liquidación, la del remanente patrimonial.
b) Destinar sus excedentes a la prestación de servicios de carácter social, al crecimiento de sus reservas y fondos, ya reintegrar a sus asociados parte de los mismos en proporción al uso de los servicios o a la participación en el trabajo de la empresa, sin perjuicio de amortizar los aportes y conservados en su valor real. LEY 454 de 1998, Art.
Las Organizaciones de economía Solidaria están vigiladas y controladas por la superintendencia solidaria, esta ultima inspecciona el cumplimiento de todas las normas que cobijan a las Organizaciones de economía Solidaria, tanto legales y reglamentarias como las que estas mismas han establecido dentro de sus estatutos. Además dependiendo del sector en el cual se desenvuelvan estas Organizaciones también pueden estar vigiladas por entidades como: la Superintendencia de salud, Superintendencia Financiera, Superintendencia De Servicios Públicos, Superintendencia de transporte, Superintendencia De Vigilancia y Seguridad Privada.
El beneficio que obtienen al constituirse como una sociedad de Economía Solidaria y no como una Sociedad común, es evidentemente a estas organizaciones las cobija una normatividad especial, y el principal beneficio se ve en cuanto a su responsabilidad fiscal, ya que estas poseen un Régimen Tributario Especial que les da exenciones tributarias. Tal vez de este aspecto se desprende la principal problemática de dichas organizaciones, puesto que a pesar de que las mismas surgen como una respuesta a problemáticas sociales de desigualdad, falta de accesibilidad a bienes básicos, desempleo, educación, crédito, etc. También se prestan para que personas inescrupulosas que no tienen ninguna filosofía social, obtengan beneficios tributarios, disfrazando empresas que si tienen ánimo de lucro, que si no tienen ningún interés social.
Las Organizaciones Solidarias deben cumplir con un proceso educativo a sus asociados o comunidad objetivo, enmarcada dentro de la Ley General de Educación y llamada PESEM (proyecto Educativo Socio-Empresarial) (Directiva 031 de 2000), por medio de la cual se busca instruir acerca del sector solidario a la comunidad, fomentar el espíritu solidario y también dar capacitación en diferentes ramos que permítale crecimiento personal de sus colaboradores, asociados o comunidad objetivo y a la vez el desarrollo social.
Para la consecución de este objetivo Todas Las Organizaciones Solidarias deben tener un fondo de educación con el cual generar todos estos espacios educativos.
Esta se muestra como una de las características más beneficiosas del sector solidario en cuanto al impacto social, pues la educación de la comunidad es el medio por el cual un país puede alcanzar un desarrollo verdadero, en especial si esta educación va dirigida a poblaciones en estado de vulnerabilidad o pertenecen al sector obrero del país.
INCIDENCIA DE LOS IMPUESTOS EN LAS ORGANIZACIONES SOLIDARIAS
IMPUESTO COOPERATIVAS FONDO DE EMPLEADOS FUNDACIONES
DECLARACION DE RENTA Están obligadas a presentar declaración de renta, pero no todas pagan tributos. Si se dedican a actividades de mercadeo o actividades industriales (como las cooperativas de ahorro y crédito), tienen que pagar impuesto de renta que será del 20 % por estar dentro de un régimen especial creado por el Gobierno. Serán contribuyentes del impuesto de renta, únicamente respecto a los ingresos generados por actividades industriales, comerciales y financieras, distintos a los ingresos propios del desarrollo de su objeto o finalidad. Son contribuyentes con régimen tributario especial y deben presentar declaración del impuesto sobre la renta y complementarios: las fundaciones sin ánimo de lucro, cuyo objeto social principal y recursos estén destinados a las actividades de salud, deporte, educación formal, cultural, investigación científica o tecnológica, ecológica, protección ambiental, o a programas de desarrollo social, que sean de interés general y siempre que sus excedentes sean reinvertidos totalmente
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