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Mos italicus y mos gallicus


Enviado por   •  15 de Abril de 2018  •  Ensayo  •  2.945 Palabras (12 Páginas)  •  315 Visitas

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Mos italicus y mos gallicus

s. XVI, polémica del mos gallicus en contra del mos italicus

tenia sus orígenes en Italia en sXV , donde comienzan los primeros ataques por parte de los humanistas que aun no adquirían intereses jurídicos. Fue cuando esta corriente paso a Francia que madura como un movimiento jurídico y sus acusaciones en contra del mos italicus  alcanzaron su máxima virulencia y potencia.

Hubieron dos manifestaciones,

Manifestaciones externas: el defensor del mos italicus ALBERICO GENTILI, en 1582, publica una obra DE JURIS INTERPRETIBUS DIALOGI SEX,  en el que se resume los ataques lanzados en contra de los cultivadores del mos italicus ( ineptos, alimentos de cerdos, son plebeyos, fruslería,etc), estos estaban dirigidos a figuras como AZO y ACURSIO entre glosadores y BALDO Y BARTOLO entre comentaristas.

*se trataba de una descalificación en bloque de toda la jurisprudencia medieval.

GLOSADORES

S.XI, se produce un fenómeno histórico, el redescubrimiento del derecho romano justinianeo, conservado en los libros compilatorios que el emperador había mandado a componer. Tales libros eran:

los DIGESTA, una antología de escritos de jurisprudencia romana claisca;

el CODEX IUSTINIANI, colección de constituciones imperiales a partir de ADRIANO.

 Y  IUSTINIANI INSTTUTIONES, libro de estudio para carrera de derecho modeladas sobre la base de las INSTITUTIONES DE GAYO.

NOVELLAE IUSTINIANI, las constituciones imperiales de Justiniano dictadas con posterior a codex.

Bajo la dominación longobarda y franca se olvidaron sus redacciones originales.

Toda la edad media italiana solo conocio el derecho romano justinianeo a través de epitomes o resumenes del codex y las institutiones. Los digesta permanecieron casi olvidados.

El redescubrimeinto del derecho justinianeo consistio en la fijación de los textos originales de los libros de Justiniano, el comienzo queda ligado a IRNERIO, BOLONIA

Irnerio, ejercia como maestro  en las tres artes liberales del trívium: gramatica, retorica y dialéctica. Inicia su labor critica de estableces las versiones originales de los textos justininaeos.

ODOFREDO, glosador del s. XIII nos narra la actividad de irnerio:

“comienza a leerlos y estudiarlos, luego comenzó a enseñar las leyes romanas alcanzando gran fama. Fue el primero en hacer glosa de nuestros libros lo llamamos “ANTORCHA DEL DERECHO”.

Ya en el S. XII se ha adquirido para la cultura jurídica el conjunto de los libros justinianeos y recibe el nombre de CORPUS IURIS. A este se le agregan otros textos jurídicos no-romanos, lombarda o lex longobardorum, compilación de derecho longobardo y  libri feudorum, compilación del derecho feudal. Todos estos consistían en “LIBRI LEGALES”. Enrique de susa declara que el conjunto, digesta, codex, institutiones, lombarda y libri feudorum consistía en “LEGALIS SAPIENTIA”

El magisterio de irnerio dio lugar a una corriente jurídica con el nombre de escuela de los glosadores, a esta se ve vinculada el nacimiento de la universidad de Bolonia. Bolonia fue al sede principal de los glosadores, de ahí se extiende su enseñanza al resto de los países, inspiración venia de los glosadores.

La ciencia boloñesa de esos juristas se transforma en una ciencia europea.

Esta ciencia descansa sobre cuatro presupuestos:

Política, dogmatico, filosófico, científico.

POLITICO: la GLOSA se asienta sobre la idea de imperio romano. Carlomagno fue coronado por el papa león iii, este venia considerándose como emperador de francos y longobardos, su imperio era germánico. Se da la idea de ligar el imperio alemán al antiguo imperio romano.

S.X, se considera al emperador germano como sucesor directo del emperador romano y al imperio de aquel como restaurador del imperio de Roma. Este fenómeno político-espiritual, conoce con nombre “RENOVATIO IMPERII ROMANI”

en este ambiente se inserta la labor de los glosadores.

El derecho romano había sido un derecho imperial, se hallaba en los libros mandados a componer por el emperador Justiniano.

La idea política de los glosadores: “si el antiguo imperio pervivía en el sacro imperio romano-germanico, entonces el derecho propio del primero era también derecho propio del segundo”.

*obra “questiones de juris subtilitatibus”—canonista UGUCCIONE DA PISA su ad decretum.

DOGAMTICO: para los glosadores el corpus iuris es un texto de derecho vigente.

Estos trabajaron el convencimiento dogmatico de que  el derecho romano, objeto de estudios, era el derecho propio del imperio.

FILOSOFICO: contemporánea. Máximos principios del obrar intelectual son la AUTORIDAD Y RAZON. El pensar filosofico parte de los datos que se imponen al espíritu, cuya tarea es confirmarlos a través del instrumento de la razón, estas se desenvuelven en la teología cuyas autoridades son la biblia y los santos padres, y en la filosofía, aristoteles.

El trabajo de los glosadores consiste en confirmación racional de esos textos autoritarios y canónicos del corpus.

CIENTIFICO: método. En los glosadores se presento como una trabajo de filólogos y lógicos. Filólogos, se acercan a un texto considerado como tal, como littera y lógicos, se acercan al contenido.

El cultivo jurídico de glosadores se expresa de dos generos literarios: glossa y summa.

GLOSA, consiste en breve comentario a alguna palabra u oración de un texto del corpus. Inicialmente comienzan como glosas interlineales pero luego cambia a glosas marginales y al modo moderno de llamarlas notas.  Las glosas se apilan hacia los extremos.

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