Notariado y correduria
Enviado por sandraluim • 2 de Agosto de 2016 • Resumen • 347 Palabras (2 Páginas) • 134 Visitas
Actividad notarial:
Realización del testimonio notarial en relación a hechos y actos.
Instrumento Público Notarial:
- producción: elaboración.
- autorización: fe que da el notario.
- conservación: disposición al público (5 años).
- reproducción: todos los testimonios que se requieran.
Escritura pública:
instrumento original que el notario asienta en el protocolo para hacer constar un acto jurídico firmado por los otorgantes, es autorizado con la firma y sello del notario.
Estructura de la escritura pública (art 63 – actos)
1-. Proemio I y II: lugar y fecha, acto, datos del notario.
2-. Declaraciones y antecedentes III y IV: historial del acto jurídico con documentos hechos.
3-. Clausulas V: naturales, esenciales – accidentales.
4-. Personalidad VI
5-. Presentación VII, IX
6-. Generales X
7-. Autorización
8-. Certificación
9-. Firma
Actos notaria:
fe de hechos a través de medios idóneos.
Certificación:
autenticación de documento cotejado con el original.
Testamento:
manifestación unilateral para transmitir bienes, derechos y obligaciones después de la muerte.
Sucesión testamentaria notarial:
a) validez.
b) inventario y avalúo.
c)
d) partición o adjudicación.
Intervención del notario:
- informe del último testamento.
- acta de defunción.
- lectura de testamento (validez y albacea).
- acta de nacimiento de herederos.
Protocolo:
se convierte en la presunción legal de la verdad (hace prueba plena) (forma a la forma)
Nulidad de escrituras:
- no tiene ejercicio el notario público.
- celebración de actos y hechos no permitidos.
- se otorga por las partes fuera de la jurisdicción.
- se redacte en idioma extranjero.
- no esté firmado por las partes.
- sello y notificación.
Formalidad:
- proemio.
- personalidad.
- autorización.
- firma.
Protocolo:
conjunto de libros donde el notario asienta los actos jurídicos. Debe de contener 300 páginas, firma y sello, no puede salir de la notaria.
Proceso hecho jurídico:
* levantar acta notarial
* identificar al compareciente
* explicar hecho jurídico
* acudir a realizar el hecho a consignar
* el notario tiene la facultad para hacer o utilizar medios electrónicos para la seguridad del hecho
* notario consigna el hecho en el protocolo
Testimonio:
copia en la que transcribe una escritura o acta con sus documentos anexos que obran en el apéndice.
Reglas:
* al final de cada testimonio se hará constar su calidad
* nombre del interesado
* sólo se expedirá a tercera persona a través de mandato judicial.
Obligación:
el notario debe enviar copia del testamento al archivo general de notariors y RPPC.
...