OBJETO DEL DERCHO
Enviado por • 13 de Abril de 2015 • 1.190 Palabras (5 Páginas) • 2.070 Visitas
INTRODUCCIÓN
A continuación se tratará un tema muy importante: el objeto de la sociología jurídica, que es estudio de los fenómenos sociales que se encuentran ligados directamente al derecho, particularmente los llamados fenómenos jurídicos primarios, puesto que los fenómenos sociales propiamente dicho constituyen el objeto de estudio de la sociología general.
En el siguiente trabajo inicialmente se explicará en detalle la clasificación de los fenómenos jurídicos partiendo del planteamiento sobre el objeto anteriormente mencionado.
En el segundo modulo entonces realizaremos un reporte escrito considerando las formas elementales de la distinción de la sociedad jurídica y la no jurídica.
EL OBJETO DE LA SOCIOLOGÍA JURÍDICA
1. A partir del planteamiento sobre el objeto de la Sociología del Derecho elabore un cuadro sinóptico con la clasificación de los fenómenos jurídicos.
Carbonier ha clasificado los fenómenos jurídicos en:
(En primarios y secundarios), (Poder y Bajo Poder), (Instituciones y Casos), (Contenciosos y No Contenciosos).
Los fenómenos jurídicos Primarios: de acuerdo a carbonnier son aquellos que engendran los llamados fenómenos jurídicos secundarios. Entre los fenómenos jurídicos primarios se pueden mencionar: el texto de una ley, el pronunciamiento de una sentencia, el gesto de un policía de transito entre otro. Los fenómenos primarios se caracterizan, por que producen derecho inmediatamente ocurre el fenómeno. Ej. cuando un juez dicta una sentencia, se produce un fenómeno jurídico primario, pero el contenido de esa sentencia y su ejecución constituyen un fenómeno jurídico secundario.
Los fenómenos jurídicos secundarios: por la definición de los fenómenos jurídicos primarios, se pueden deducir el contenido de los fenómenos jurídicos secundarios, estos últimos se derivan de los fenómenos primarios y no crean derecho por si solo. Según explica carbonnier estos fenómenos no están ligados íntimamente con el derecho, aunque se derivan de los primarios que si estudian fenómenos muy apegados al derecho.
Los fenómenos jurídicos De poder: la clasificación de los fenómenos de poder y bajo poder son como una subdivisión de los fenómenos jurídicos primarios. Son aquellos que nacen al lado del poder político de un país cualquiera, es decir de sus gobiernos y sus instituciones. Por ejemplo si el poder ejecutivo emite un decreto ordenando a los ciudadanos realizar una acción o inacción, esto constituye indudablemente un fenómeno jurídico de poder que también podría este mismo ejemplo encajar dentro de los fenómenos jurídicos primarios.
Los fenómenos jurídicos Bajo poder: Los fenómenos jurídicos Bajo poder, también se les llama fenómenos de abajo o de base. En realidad estos fenómenos son comportamiento, reacciones, estados de conciencia y por supuesto obediencia. Estos fenómenos se producen por ciudadanos que están sometidos al poder a obedecer o desobedecer las disposiciones de las autoridades, como ejemplo de estos se pueden citar, la aceptación que hace un individuo sobre una orden dictada por una autoridad ligada al poder político de una país cualquiera.
Los fenómenos jurídicos Instituciones: son aquellos que estudian instituciones jurídicas con carácter universal, como es por ejemplo el matrimonio. En este caso el investigador o estudioso de esa institución no le interesa mucho el matrimonio de Juana y José sino, como es el matrimonio universalmente, o también la forma de matrimonio de un país, lo mismo sucede con una institución jurídica, del arrendamiento, el divorcio, entre otros.
Ejemplo el matrimonio.
Los fenómenos jurídicos Casos: estos, se derivan de los fenómenos jurídicos instituciones, es decir, son la aplicación de los fenómenos jurídicos instituciones. Un ejemplo podría aclarar mejor el asunto, un asesinato cometido por A o por
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