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PRINCIPIOS DE LA CASACIÓN PENAL


Enviado por   •  6 de Septiembre de 2019  •  Documentos de Investigación  •  656 Palabras (3 Páginas)  •  272 Visitas

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PRINCIPIOS DE LA CASACIÓN PENAL.

La decisión del recurso de casación se extenderá a los no recurrentes en cuanto le sea favorable (LEY 906 DE 2004. ART 187)

PRINCIPIOS RECTORES DE LA CASACIÓN.

El positivismo jurídico está conformado por reglas, principios o enunciados para establecer metas u objetivos importantes para la interpretación del derecho y el sistema jurídico. Un principio es un punto de partida que debe ser visto en función de lo que se pretende halla o lograr.

PRINCIPIO DE TRASCENDENCIA

Debido al carácter humano también en los procesos judiciales existen errores, de la cual hace parte el proceso penal por este motivo se exige exponer las consecuencias de las faltas para determinar la amplitud de la misma. Este principio tiene el fin de establecer la sentencia en la cual se haya cometido el error para mostrar el fallo y no el recurrido.

PRINCIPIO DE TAXATIVIDAD.

Este principio consiste en el recurso de impugnación, ya que determina con exactitud las condiciones que la individualizan por ende las causales constituyen casos únicos y no aceptables en una adecuación analítica.

PRINCIPIO DE AUTONOMÍA.

Cuando hay varios cargos de casación es necesario formular las causales por capítulos separados, para evitar mixturas que no permiten ver claramente los errores que enerva la decisión judicial. Por ello este principio se basa en exigir propuestas en forma independiente.

PRINCIPIO DE PRIORIDAD.

Se aplica cuando son varios cargos en la demanda que obliga a presentarlos en un orden determinado. Si hay varios reparos contra el fallo deben ser presentados con su debido incidencia procesal, por eso deben ser en forma prevalente a los demás.

PRINCIPIO DE PRESUNCIÓN DE ACIERTO Y LEGALIDAD.

Este principio trata sobre sobre la presunción de las sentencias recurridas en casación, las cuales se toman como fallo acertado de la constitución, de tal manera no debe perderse de vista el fallo que llega rodeado de la citada presunción. Entonces se tiene en claro que la corte debe acatar los fundamentos de la sentencia en proceso.

PRINCIPIO DE NO CONTRADICCIÓN

Los demandantes incurren frecuentemente en el error de no guardar cargos de coherencia lógica, es decir que afirman y niegan un mismo echo esto exige que las propuestas en sus efectos no puedan formularse en una misma, este principio se basa en una lógica en donde se considera que una opción no puede ser verdadera o falsa al mismo tiempo.

PRINCIPIO DE DEBIDA FUNDAMENTACIÓN Y DEMOSTRACIÓN.

Se basa en que el recurrente tiene como obligación demostrar la causal a través de los medios según la norma, el primer deber es la sustentación suficiente buscando la provocación del fallo y el segundo deber se conoce como critica vinculante exigiendo una alegación taxativamente por la normatividad

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