PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN EN: ESPACIOS CONFINADOS
Enviado por antonio526 • 13 de Noviembre de 2014 • 1.636 Palabras (7 Páginas) • 431 Visitas
ALCANCE
El objetivo es establecer y definir procedimientos de operaciones seguros para proteger de los riesgos asociados con la entrada a espacios confinados, tanto para empleados de LA EMPRESA, como para trabajadores de empresas subcontratistas.
DEFINICIONES
Espacio confinado es cualquier recinto con aberturas limitadas de entrada y salida y ventilación natural desfavorable, en el que pueden acumularse contaminantes tóxicos o inflamables, o tener una atmósfera deficiente en oxígeno, y que no está concebido para una ocupación continuada por parte del trabajador.
Trabajador autorizado es aquel empleado de LA EMPRESA o de una empresa subcontratista que está autorizado por LA EMPRESA para entrar en un espacio confinado, en las condiciones definidas en este procedimiento.
Vigilante es aquella persona que permanece en el exterior del espacio confinado manteniendo contacto con los trabajadores autorizados mientras permanecen en el mismo, y llevando a cabo todas las obligaciones impuestas por este procedimiento.
Entrada es el acto por el que una persona pasa a través de una abertura de un espacio confinado. La entrada incluye las consiguientes actividades de trabajo que han de hacerse en ese espacio. Se considera que el trabajador ha entrado en cuanto cualquier parte de su cuerpo irrumpa en el plano de una apertura en el espacio confinado.
Permiso de Entrada es el documento que facilita LA EMPRESA para permitir y controlar la entrada al espacio confinado, y que contiene la información especificada en el anexo II.
RESPONSABILIDADES
Director de la empresa o su representante. Asegurar la puesta en marcha de este procedimiento y mantener las condiciones necesarias para su implantación y correcto funcionamiento.
Servicio de Prevención de LA EMPRESA. Elaborar el registro de espacios confinados, identificar y valorar los riesgos, elaborar la lista de personal de LA EMPRESA autorizado permanentemente para la entrada a determinados espacios confinados, y elaborar la lista de personal de LA EMPRESA que reúne las condiciones para ser trabajador autorizado para entrar a espacios confinados y para ser vigilante.
Responsable de Espacios confinados. Extender los permisos de entrada. Esta figura debería ser asumida por una persona con formación técnica, buen conocimiento de sus instalaciones, y que tenga capacidad de mando dentro de la estructura jerárquica de la empresa (responsable de producción, de mantenimiento, de ingeniería,...).
Vigilante. Permanecer en el exterior del espacio confinado, mantener contacto con los trabajadores autorizados mientras permanecen en el mismo, supervisar que las condiciones de seguridad y salud son las adecuadas mientras dura la entrada, y supervisar el abandono del lugar o la evacuación en caso de ser necesario.
MEDIOS TÉCNICOS NECESARIOS
Carteles indicadores de espacio confinado.
Equipos de comunicación.
Equipos de medición de la atmósfera interior.
Equipos de ventilación forzada.
Equipos de protección respiratoria.
Equipos de confinamientos de los conductos de fluidos.
Equipos antiácidas.
Equipos de rescate y evacuación.
Todos los dispositivos necesarios para la realización de consignación de los equipos asociados.
Otros EPI’s no definidos anteriormente: guantes, gafas, botas,...
PROCEDIMIENTO
1) El Servicio de Prevención de LA EMPRESA en cada planta elaborará y mantendrá actualizado un registro (anexo I) en el que se identificarán todos los potenciales espacios confinados (según la definición anterior), dentro de los cuales se incluirán, al menos:
• Las galerías de servicio.
• Las salas subterráneas de máquinas, grupos de presión,...
• Las arquetas subterráneas.
• Los tanques de almacenamiento o depósitos.
• Las cisternas de transporte.
2) En este registro deberán identificarse los motivos de acceso al espacio confinado (o tipos de trabajos previsibles), y los tipos de riesgo previsible en cada caso. Deberán tenerse en cuenta, entre otros:
• Riesgos derivados de problemas de comunicación con el exterior, o de trabajador aislado.
• Asfixia por consumo de oxígeno o desplazamiento de éste por otros gases.
• Incendio o explosión en trabajos de pintura, desengrase, soldadura,...
• Intoxicación por: monóxido de carbono cuando se empleen equipos con motores de combustión interna (será imprescindible prohibir su utilización en estos espacios), por substancias tóxicas generadas durante el trabajo (soldadura y oxicorte,...), por disolventes orgánicos en pintura, desengrasado y limpieza, por substancias procedentes de descomposición de aguas estancadas,...
3) El Servicio de Prevención de LA EMPRESA distribuirá una copia de este registro al Responsable de Espacios confinados.
4) En todas las entradas a los espacios confinados, el Responsable de Espacios confinados colocará una señal del tipo:
¡ATENCIÓN, ESPACIO CONFINADO!
ESTÁ TERMINANTEMENTE PROHIBIDA LA ENTRADA, SALVO A PERSONAL EXPRESAMENTE AUTORIZADO
5) Para cualquier operación que se vaya a realizar en uno de estos recintos (ya sea con personal propio o subcontratado), el responsable del trabajo deberá solicitar un PERMISO DE ENTRADA al Responsable de Espacios confinados, para lo que le entregará el impreso contenido en el anexo II, cumplimentando en su totalidad el apartado SOLICITUD DEL PERMISO. El trabajo no podrá comenzar hasta que no se le haya devuelto cumplimentado el PERMISO DE ENTRADA. El permiso tendrá una validez máxima de 8 horas, transcurridas las cuales deberá ser renovado tras la visita a los trabajos del Responsable de Espacios confinados.
6) Una vez recibida la SOLICITUD DEL PERMISO,
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