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Enviado por   •  22 de Mayo de 2014  •  Síntesis  •  2.046 Palabras (9 Páginas)  •  183 Visitas

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ARTICULO 2. El municipio es el orden de gobierno que constituye la base de la division territorial y de la organizacion politica y administrativa del estado. Como orden de gobierno local, ejerce las funciones que le son propias, presta los servicios publicos de su competencia y organiza a los distintos nucleos poblacionales que por razones historicas o por ministerio de ley, fueron conformandose en su jurisdiccion territorial para la gestion de sus intereses.

ARTICULO 4. son habitantes de un municipio, las personas que residan habitual o transitoriamente dentro de su territorio y estan obligados a:

i. cumplir con las leyes, el bando de policia y gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones municipales de observancia general, vigentes;

ii. contribuir para los gastos publicos del municipio de la manera que dispongan las leyes;

iii. prestar auxilio a las autoridades, cuando para ello sean requeridos legalmente;

ARTICULO 5. son vecinos de un municipio, los habitantes que tengan cuando menos seis meses de residencia efectiva dentro de su jurisdiccion territorial y, estan obligados ademas de lo dispuesto en el articulo anterior, a:

i. desempeñar los cargos concejales, en los terminos que establezcan las leyes y los reglamentos respectivos;

ii. inscribirse, cada año en el registro de poblacion, proporcionando los datos que se requieran, de conformidad con el reglamento municipal de la materia, y

iii. las demas que establezcan las constituciones federal y estatal, las leyes del estado y los reglamentos.

ARTICULO 7. los habitantes y vecinos de un municipio, tendran los derechos siguientes:

iii. recibir los beneficios de la obra publica que realice el ayuntamiento;

iv. recibir la educacion basica y hacer que sus hijos y pupilos menores, la reciban en la forma prevista por las leyes;

v. proponer ante las autoridades municipales las medidas o acciones que juzguen de utilidad publica;

vi. participar en las actividades tendientes a promover el desarrollo municipal y el acceso a sus beneficios;

ARTICULO 11. para su organizacion interna y efectos administrativos, el municipio dividira su jurisdiccion territorial, en colonias, fraccionamientos, secciones y manzanas, asi como en comisarias y subcomisarias, en su caso; cuyas extensiones seran determinados por el cabildo, de conformidad con la ley respectiva.

ARTICULO 17. para la fusion de municipios o la anexion de nucleos de poblacion, debera atenderse los aspectos siguientes:

i. la densidad demografica o el numero de habitantes de los nucleos poblacionales involucrados;

ii. se cuente con la capacidad economica para la atencion de los servicios publicos, garantizando las condiciones idoneas para su prestacion;

iii. la preservacion de la unidad geografica, economica y social, y

iv. que se demuestre la conveniencia politica, social, economica, administrativa y cultural de la anexion o fusion.

ARTICULO 27. cuando uno o mas regidores no se presentaren al acto de rendicion del compromiso constitucional, e instalacion del ayuntamiento, sin acreditar causa justificada, el presidente municipal exhortara a los ausentes, para que se apersonen en un termino de tres dias habiles y, de no atenderse dicho exhorto en tiempo, se llamara a los respectivos suplentes, quienes de manera definitiva, sustituiran a los propietarios.

estan obligados a rendir el compromiso constitucional, los regidores legitimamente electos, que se presentaren con posterioridad a la fecha de instalacion, en el tiempo previsto en este articulo y los que hubieren sido llamados para sustituir a un regidor propietario.

se considerara validamente instalado el ayuntamiento, con la asistencia de la mayoria de sus integrantes.

TERMINOS ARTICULO 29 B. una vez concluida la entrega-recepcion, el ayuntamiento entrante designara una comision especial, integrada de manera plural y proporcional a la conformacion del ayuntamiento, que se encargara de analizar el expediente integrado con la documentacion conducente, para formular un informe en un plazo de treinta dias habiles.

el informe debera referirse a todos y cada uno de los puntos contenidos en el expediente a que se refiere el articulo 29 de la presente ley; el cual se sometera dentro de los quince dias habiles siguientes al conocimiento y consideracion del ayuntamiento para que emita el acuerdo correspondiente, pudiendo llamar a los que intervinieron en el acta de entrega-recepcion, para solicitar cualquier informacion o documentacion relacionada con la misma; los que estaran obligados a proporcionarla y atender las observaciones consecuentes, en un plazo no mayor a 30 dias naturales.

ARTICULO 35. seran sesiones solemnes:

i. la de instalacion y conclusion del ayuntamiento;

ii. la de informe anual sobre el estado que guarda la administracion publica municipal;

iii. las que acuerde expresamente el cabildo, y

iv. las demas que determine esta ley.

En las sesiones solemnes, solo se trataran los asuntos para los que hayan sido convocadas.

ARTICULO 42. Son obligaciones del ayuntamiento en materia de servicios y obra publica:

i. concluir las obras iniciadas por administraciones anteriores, siempre y cuando sean de beneficio colectivo, atiendan al plan municipal de desarrollo y que no esten impedidas administrativa o judicialmente su ejecucion;

ii. dar mantenimiento a la infraestructura y equipamiento de los servicios publicos a su cargo;

iii. establecer la nomenclatura de las calles, parques y jardines publicos;

iv. atender la organizacion y prestacion de los servicios publicos municipales y establecer normas a las que debe sujetarse que podran ser concesionados siempre y cuando se garantice la continuidad, seguridad, eficiencia e higiene, de conformidad a esta ley y el reglamento respectivo;

ARTICULO 51. las comisiones municipales tendran el caracter de permanentes o especiales. las primeras son aquellas a las que esta ley o el reglamento consideren como tales y las especiales, las que se creen para tratar asuntos especificos.

seran comisiones obligatorias, las siguientes:

i. gobierno;

ii. patrimonio y hacienda;

iii. desarrollo urbano y obras publicas;

iv. seguridad publica y transito;

v. servicios publicos, y

vi. salud y ecologia.

ARTICULO 62. el ayuntamiento se compone por el numero de regidores que determine el congreso del estado conforme a lo que establece esta ley y constituyen de manera permanente, el organo de gobierno municipal, en una determinada jurisdiccion territorial del estado de yucatan.

a los regidores, colegiada y solidariamente corresponde, establecer las directrices generales del gobierno

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