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UN NORMATIVO DE PRÁCTICA PROFESIONAL SUPERVISADA CARRERA PROFESORADO DE ENSEÑANZA MEDIA EN PEDAGOGÍA Y CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN.


Enviado por   •  19 de Febrero de 2018  •  Apuntes  •  4.534 Palabras (19 Páginas)  •  192 Visitas

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NORMATIVO DE PRÁCTICA PROFESIONAL SUPERVISADA

CARRERA PROFESORADO DE ENSEÑANZA MEDIA EN

PEDAGOGÍA Y CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN.

TÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

CAPÍTULO I

ARTÍCULO 1º.

DEFINICIÓN: La Práctica Profesional Supervisada de la Carrera de Profesorado de Enseñanza Media en Pedagogía y Ciencias de la Educación del Centro Universitario de San Marcos, de la Universidad de San Carlos de Guatemala, es una actividad curricular que complementa el proceso formativo del estudiante que cursa el séptimo ciclo de la carrera mencionada en el plan diario y fin de semana da oportunidad de experiencias y confrontación teoría-práctica en el campo de la docencia, administración, investigación y actividades de extensión educativa.

Esta práctica está ubicada en el área de formación profesional específica donde el estudiante podrá enriquecer su quehacer como futuro profesional en el área pedagógica didáctica. Este normativo es el que rige la Práctica Profesional Supervisada para el plan diario y fin de semana.

ARTÍCULO 2º. DE LOS OBJETIVOS

A. OBJETIVOS GENERALES:

1. A través de la Práctica Profesional Supervisada, el estudiante del séptimo ciclo de Profesorado de Enseñanza Media en Pedagogía y Ciencias de la Educación, puede tener una confrontación entre teoría y práctica en las actividades de docencia, administración, supervisión, investigación del nivel medio por extensión y servicio educativo en los diferentes establecimientos educativos de San Marcos y la región para validar el quehacer pedagógico.

2. Que el estudiante adquiera conciencia de las condiciones educativas imperantes en nuestro medio para que en la medida de lo posible busque alternativa de solución a esta problemática, haciendo uso de la investigación científica.

B. OBJETIVOS ESPECÍFICOS:

Que los estudiantes:

1. Se ejerciten en coordinación de grupos operativos de trabajo de su ciclo, para interpretar de mejor manera el aprendizaje en la actividad misma de docencia.

2. Obtengan conocimientos a través de una cosmovisión analítica-científica, observación pedagógica de las categorías, planificación, organización, desarrollo y evaluación en materia educativa.

3. Que tomen conciencia de los problemas pedagógicos y psicopedagógicos que se dan en el ciclo básico y diversificado de nuestro medio, para buscar las alternativas de solución.

4. Realicen docencia directa para confrontar teoría y práctica pedagógica-didáctica, adquiriendo conocimientos, destrezas, habilidades y actitudes favorables en su profesión.

5. Planifiquen y ejecuten actividades curriculares que permitan que los estudiantes del nivel medio tengan otras experiencias educativas para su formación integral.

6. Realicen investigación científica que vaya en la búsqueda de solución de problemas educativos a través de una propuesta profesional.

7. Posean madurez emocional y profesional que les permita afrontar problemas imprevistos que requieran decisiones efectivas en su quehacer docente.

8. Tengan capacidad para planificar, seleccionar, organizar, ordenar, cuantificar, evaluar y calendarizar contenidos programáticos, métodos técnicos, recursos y actividades educativas que apoyan al logro de objetivos educacionales.

9. Elaboren, apliquen e interpreten datos a través de técnicas de recolección de información, las etapas de observación diagnóstica y en administración, supervisión, orientación e investigación pedagógica-didáctica.

10. Utilicen en su práctica docente métodos y técnicas de evaluación educativa para validar el proceso de enseñanza-aprendizaje de los estudiantes del nivel medio.

11. Utilicen métodos y técnicas de enseñanza-aprendizaje que promuevan la participación activa creativa y constructiva del alumno en el proceso de aprendizaje.

CAPÍTULO III

a. DE LOS REQUISITOS

ARTÍCULO 3º.

Son requisitos del estudiante para desarrollar la práctica docente.

3.1. Estar Legalmente inscrito en la Carrera de Profesorado de Enseñanza Media en Pedagogía y Ciencias de la Educación del Centro Universitario de San Marcos, Universidad de San Carlos de Guatemala.

3.2. Haber aprobado todas las asignaturas del Pensum de estudios hasta el sexto ciclo, comprobados mediante la certificación respectiva.

3.3. Disponer de tiempo necesario para efectuar la Práctica Docente en unEstablecimiento de Nivel Medio del Departamento de San Marcos.

3.4. Los estudiantes que trabajan deberán presentar a la Coordinación de Carrera y Supervisor de práctica constancia escrita del permiso correspondiente extendida por autoridad competente, cuando sea estrictamente necesario por traslape de horarios, distancia, otros.

3.5. La práctica Profesional Supervisada se realizaría en un establecimiento educativo donde el estudiante practicante no tenga relación laboral.

ARTÍCULO 4º.

Son requisitos para la aprobación de la práctica docente:

4.1. Haber participado en la propedéutica de la práctica y otras reuniones de orientación de la misma.

4.2. Cumplir con el tiempo estipulado, que es el 20 de enero a fines de junio del año en que realizan su práctica.

4.3. Para que tenga validez la práctica docente si el estudiante es de plan diario lo debe realizar en plan diario en los establecimientos educativos de nivel medio, si es estudiante fin de semana, puede realizarla en plan diario o fin de semana. Una vez iniciada dicha práctica no debe ser interrumpida, salva causa de fuerza mayor, debidamente justificada y comprobada al supervisor de práctica. Coordinación de Carrera y a la Institución Educativa donde realiza la misma.

4.4. Obtener un mínimo de setenta y un puntos de un total de 100 puntos.

4.5. Presentar a cada quince días cronograma específico de su actividad y constantemente avances por escrito de las etapas de la práctica, mismas que tienen un puntaje.

4.6. Elaborar y presentar de forma individual después de las revisiones previas su informe final en la primera quincena de Julio del año en que realizarán su práctica.

4.7. Tomar en cuenta los alineamientos que se especifican en el Artículo de este Normativo, con respecto a las etapas de la práctica y basarse también en la guía programática que va en anexos del mismo.

4.8. Los estudiantes que inicien en fecha posterior supráctica de lo que indica este artículo por atrasos en trámites administrativos se les correrá la

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