Modalidades de las obligaciones. Resolución
Enviado por mayosia25 • 19 de Mayo de 2023 • Ensayo • 718 Palabras (3 Páginas) • 164 Visitas
Modalidades de las obligaciones
Resolución.
Como se estudió dentro de esta unidad, las modalidades de las obligaciones son las sujetas a condición, a término y con modo o carga, es importante que las conozca porque así podrá diferenciar unas de otras al momento de estar en presencia de un contrato, para saber las consecuencias del efecto que tendrá, la modalidad, la extinción y a quien favorecerá.
Para esta actividad, lea el siguiente caso:
En enero de 2001, estando juntos tres amigos, Juan, Hugo y Carlos; Juan presta a Carlos 50 000 pesos y acuerdan que se los devolverá cuando Luis, hijo de Carlos, termine sus estudios y se reciba de Ingeniero. Pero al paso del tiempo Luis abandona la carrera para casarse y trabajar. Siendo febrero de 2019, Juan le dice a Carlos que le devuelva los 50,000 pesos que le prestó, pero Carlos le dice que no, porque aún Luis no ha terminado la carrera de Ingeniero. Entonces Hugo paga los 50,000 a Juan sin que Carlos se entere.
A continuación, conteste lo siguiente:
• ¿Qué tipo de obligación es?
Según el Código Civil Federal en su artículo 1938, estamos frente a una obligación condicional, ya que no sabemos con certeza si Luis, hijo de Carlos va a terminar sus estudios y se reciba de ingeniero. Es decir, es un acontecimiento futuro incierto que no sabemos si se va a producir o no.
En este caso, estamos frente a una obligación condicional con clasificación causal, aunque a primera instancia pareciera que es potestativa (ya que se pudiera pensar que depende de la voluntad de Carlos), no es así ya que el que contrajo la obligación es el propio Carlos, la voluntad de Carlos de que se hijo termine la ingeniería solo queda ahí, no puede hacer nada al respecto, por lo que estamos frente a una obligación causal (si pasa algo te pago); en este caso, “si mi hijo termina la carrera yo te pago”.
• ¿En qué consiste dicha obligación?
La obligación consiste en el pago de una cosa al generarse un evento, el acreedor es Juan, el sujeto pasivo o deudor es Carlos y el objeto es el dar el pago de los 50 mil pesos de Carlos a Juan cuando el hijo del primero termine su carrera en ingeniería. Y la relación jurídica es el vínculo de que Juan puede exigir su dinero al cumplimiento de esta condición, cuando el hecho ya sea imposible de realizarlo o bien, al pasar un tiempo razonable para su cumplimiento.
• ¿Cuáles son sus efectos?
Según el artículo 1947 del Código Civil Federal que a la letra dice:
“La obligación contraída bajo la condición de que un acontecimiento no se verifique en un tiempo fijo, será exigible si pasa el tiempo sin verificarse.
Si no hubiere tiempo fijado, la condición deberá reputarse cumplida transcurrido el que verosímilmente se hubiere querido señalar, atenta la naturaleza
...