Origen del derecho internacional. Responsabilidad civil extracontractual
Enviado por mcav • 22 de Marzo de 2024 • Apuntes • 2.364 Palabras (10 Páginas) • 46 Visitas
CLASE DEL 5 DE MARZO
Porque mal haríamos nosotros hablar de unas fuentes de derecho internacional dejando de lado algo importantísimo del derecho privado como lo es la globalización y el derecho mercantil.
cuya base en el derecho mercantil es la luz mercatoria.
¿Y, QUÉ ES LA LEY MERCATORIA? Pues un derecho que no vamos a encontrar en los estados no vamos a encontrar con la participación de los gobiernos, ni casi que vamos a encontrar que es un derecho que crea el abogado, vamos a encontrar que un derecho que está creando la empresa.
LOS GLOSADORES: ellos hacían anotaciones marginales en los manuscritos romanos, ellos acaban apuntes al margen de la disposición, se acaban apuntes normativos y empezaron a dejar huella de esos sistemas normativos. Con posterioridad en una carrera contra la historia de los derecho internacional aparecen la escuela de los glosadores.Y esta escuela retoma, fíjense que ya están diciendo que había una escuela que recopila todo el derecho humano y se puso a hacer notas marginales de las disposiciones normativas. La ley de las 12:00 tablas, la ley de estadío ojo por ojo diente por diente se están recogiendo todo ese sistema normativo.Lo compilan y dejan sus comentarios apuntes.¿A la escuela, los doctores se les reconoce que es la escuela que da la base al derecho internacional, es el propósito del derecho internacional o va dejando las primeras los primeros tiempos para hablar? ¿Por qué es lo primero que hace? Retoman el estudio doctores de ese cuerpo normativo empiezan a estructurarlo cuando yo empiezo a desestructurar, necesariamente tengo que caer.En lo que se encarga el derecho internacional, el conflicto de leyes y cuando llego al conflicto de leyes, digo, miren el problema.De la antigüedad, cierto de todo lo que nosotros tenemos es que hayan sistemas jurídicos que querían imponer su sistema normativo. Ellos decían, somos únicos en El Mundo y aplicamos la teoría de la territorialidad y desconocemos lo que sucede en el exterior. ¿Cierto? Egocentristas están diciendo, hay una multiplicidad, pero cuando digo que hay una multiplicidad de terceros que piensan de esa de esa misma manera, yo saco una consecuencia lógica.A eso implica que hay una pluralidad de Instituto de sistemas jurídicos que piensan de la misma manera.Recogían ese cuerpo normativo. Recogían ese derecho natural, están recogiendo esas fuentes justinianas y cuando recogen esas fuentes justinianas evidencian la consecuencia recogiendo ese derecho natural, están recogiendo esas fuentes justinianas y cuando recogen esas fuentes justinianas evidencia la concepción divina de todos los textos, que es donde nos dice, el iusnaturalismo tiene su exégesis acá en los textos. Cuando hacemos ese recorrido de lo mismo que hemos que estamos mirando doctores, vemos que la ley tenía una vigencia temporal y una vigencia territorial, porque si estamos en un derecho divino, a medida que cambiar esas leyes divinas, pues el derecho se derogaba o hacia uno nuevo, y esas fuentes eran los que eso fue lo que hizo la escuela de los cables. Recoger esos sistemas normativos.
Esos sistemas normativos, pues lo recoge la escuela de los glosadores, adicional a que lo recoge la escuela de los glosadores. En ese contexto, crea la Universidad de Bolonia.
Con posterioridad en una carrera contra la historia de los derecho internacional aparecen la escuela de los posglosadores: Pino del DIPr
DERECHO FEUDAL: asuntos entre los vasallos y los nobles. yo resuelvo estos asuntos de manera particular y empezó a restringir. Usted no puede meterse o se puede una relaciones entre ciertas personas, es ratificó la clase social. Y empezamos a ver que esos glosadores dicen eso Me sigue metiendo entre particulares, algo acompañaba el derecho a la vida y es la iglesia. Fíjense había un DERECHO CANÓNICO: hay un derecho canónico en el tema de la antigüedad. La iglesia siempre estuvo presente y a la iglesia se le reconocía porque todas sus disposiciones normativas las extendía al sujeto a la familia. Entonces, cuando hablaba del derecho de familiares y a mí, por ejemplo, a Fabio en esta situación tiene familia, tiene hijos, ahí está el derecho canónico en el otro lado. El matrimonio, los deberes que se tiene con derecho canónico, que el derecho privado y adopta en sus instituciones la lesión enorme.Claro está, ahí.Y seguimos diciendo Ah, pero fíjense que adicional aquí en derecho canónico hay un sistema normativo y las normas no son iguales. ¿Qué clase de normas conocemos nosotros?
Normas jurídicas, se tienen la sustancial y la procesal.
Aparte de que tengo un derecho procesal, tengo unas normas sustanciales y sigue la misma clasificación, todas las normas sustanciales, regular lo mismo. desde el derecho privado y las respuestas no regulan lo mismo porque entonces hasta encontrar un Estatuto que va a regular, por ejemplo, la institución del matrimonio. Y Mario iba a encontrar una disposición que regula, por ejemplo, la compraventa de inmuebles. Y parte de otra clasificación, los estatutos reales y los estatutos personales. Por eso, insisto, doctores. Son los pinos y la base que nosotros tenemos para empezar a identificar cómo se resuelven los conflictos jurídicos en materia internacional.
POSGLOSADORES: Entonces la escuela de los glosadores de los posgrados dice aquí una de las teorías fundamentales del derecho internacional privado en punto de los estatutos reales. Ah es que había Un derecho de las cosas. Sobre los bienes. y cuando usted va de eso y se va a esa escuela antigua, usted se da cuenta que ellos aplican las leyes LA ley los posglosadores ellos aplicaban la explosión desde esa visión territorialista, donde yo soy el único dueño del territorio y solo yo tengo un sistema normativo. Ellos dicen, mira, ya usted tiene que aprender algo fundamental, la Lex loci, la ley del territorio donde se celebre el acto jurídico. Va a ser la que lo rige, eso dice el derecho internacional y eso dice la escuela de los glosadores.
DELITO CIVIL: ellos manejaban un principio fundamental, cuando usted cometía un delito civil estaba en la obligación de repararlo en el territorio donde lo cometía. QUE HOY ES LA RESPONSABILIDAD CIVIL
RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL:
La responsabilidad civil extracontractual cierto el incidente de reparación o que en ese proceso penal es algo accesorio Solo por fines prácticos piense que Ricardo está un proceso penal, eso todos lo tenemos claro. Y en el proceso penal se juzga el delito después de que se castiga el delito, se dicta la sentencia que condena a alguien el derecho a la mesa y hay un incidente de reparación integral. Hay algo accesorio a lo principal, el proceso principal es ese delito. En familias igual. El proceso de donde es igual Lo que pasa es que por eso les digo que el ejemplo que me da Antonio doctores de responsabilidad civil es un proceso que tenemos en el derecho privado que el juez civil municipal o circuito artículo 2341, La responsabilidad civil si usted necesita iniciar un proceso porque su contratante incumplir contrato, pues presentó un proceso de responsabilidad civil y busque la terminación del contrato, busca el cumplimiento del contrato un accidente de tránsito aunque le tiene que reparar el perjuicio. Responsabilidad civil extracontractual son peticiones directas que el derecho privado. usted tiene que reparar ese perjuicio vía incidental? ¿Mi pregunta es, es esa reparación? Si bien es algo incidental a la pretensión principal, hasta el 2 me sigue. Entonces, en ese contexto, cuando yo hablo de responsabilidad civil de ese delito civil, yo no puedo estar hablando de un proceso que está tipificado en la ley.
...