TALLER FUENTES DEL DERECHO MERCANTIL
Enviado por INFO LAC • 19 de Marzo de 2023 • Trabajo • 1.404 Palabras (6 Páginas) • 64 Visitas
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TALLER FUENTES DEL DERECHO MERCANTIL.
INTEGRANTES :
ANDREA JIMENEZ
BRENDA CAICEDO
LISETH LLORENTE
MAYRA CORPUS
RUBEN MARIMÓN
DOCENTE: ALEJANDRA DE LUQUE PISCIOTTI
INSTITUCIONES MERCANTILES
UNIVERSIDAD DE LA COSTA ¨CUC¨
FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLITICAS
IV SEMESTRE NOCTURNO
BARRANQUILLA
TALLER FUENTES DEL DERECHO MERCANTIL.
CASO#1
En enero de 2020, la señora Lucia, suscribió un contrato de arrendamiento de un garaje donde establecerá el centro de producción de su panadería “Familia Pan Artesanal”.
El contrato tenía una vigencia de doce (12) meses, los cuales se han ido prorrogando hasta la fecha. Actualmente, debido a su volumen de venta ha decidido trasladarse a un local más grande que tenga un punto de venta incluido, desea mudarse a partir del 1 de marzo.
El contrato tiene pactado una cláusula que establece lo siguiente:
“PREAVISO PARA LA TERMINACIÓN DEL CONTRATO: el arrendatario y el arrendador se obligan a darle el correspondiente preaviso por escrito para la terminación de este contrato con tres (03) meses de anticipación a la fecha de finalización del plazo original o el de su prorroga”
La señora Lucia se acerca a su oficina de abogados y le manifiesta que no quiere pagar dicha sanción porque en el Código de Comercio no existe una norma que imponga dicha sanción.
¿Qué fuente del derecho mercantil le sirve para dar respuesta a este caso? ¿Qué respuesta le daría a la señora Lucia? Justifique su respuesta.
R/ Fuente formal estipulaciones de las partes. La respuesta que le daría a la señora Lucia es que si no logra un acuerdo con el arrendador esta puede dar por terminado el contrato unilateralmente, pero también debe tener en cuenta que debió dar un previo aviso con anticipación de 3 meses para la finalización del contrato, de esta manera, ella si desea desocupar el bien inmueble lo puede hacer pero pagando una indemnización de 3 meses de arriendo aunque este desocupado.
CASO #2
La heladería “El Gelato” tiene 100 puntos de ventas a nivel nacional y son reconocidos por su variedad de sabores y calidad del producto. En aras de bajar sus costos la Junta Directiva de El Gelato S.A., decidió comprar los vasos de helado a un proveedor en la China, para lo cual suscribieron un contrato de compraventa internacional de mercaderías en el cual pactaron el Incoterms “FOB”, esto significa que el vendedor en la China entrega los vasos de helados empacados sobre el buque. El comprador “El Gelato S.A.” se hace cargo de designar y reservar el transporte principal hasta el puerto de Barranquilla.
El Gelato S.A. que es cliente de su firma de abogados, le pregunta si es válido suscribir en Colombia un contrato basado en normas internacionales como los Incoterms. Justifique la respuesta que dará a su cliente.
¿Qué fuente del derecho le sirve para dar respuesta a este caso? ¿los Incoterms son fuente del derecho mercantil? ¿Qué respuesta le da a su cliente El Gelato S.A.?
R/ La fuente del derecho que utilizamos fue la subsidiaria para dar respuesta a este caso.
Los incoterms no son fuentes del derecho mercantil, estos son un criterio auxiliar y son reglas establecidas por la cámara de comercio, en donde vemos en quien recae el riesgo al momento de hacer un contrato de compraventa por mercancías. Sí, se puede suscribir, porque los incoterms son reglas o términos para acordar responsabilidades entre el vendedor y el comprador. Y que en este caso el comprador, o sea, Gelato S.A debe hacerse responsable de casi todos los gastos, por lo que el vendedor debe cargar la mercancía en el barco que el comprador elija y que al momento de que este deje la mercancía en el barco se libra de toda responsabilidad.
CASO #3
El grupo empresarial “ASSETS” es dueño del 39% de los supermercados de bajo costo en Colombia. Su competidor más fuerte es el grupo “ORION” que poseen el 24% de los supermercados de bajo costo. Luego de largas negociaciones, ellos deciden que es mejor unir esfuerzos que seguir compitiendo por el mercado, por lo cual acuerdan fusionar sus empresas y constituir el GRUPO ORION-ASSETS con el 63% de los supermercados de bajo costo en el País.
Usted es funcionario de la Superintendencia de Industria y Comercio y le piden emitir un concepto sobre la vialidad de la fusión. ¿Este acuerdo de voluntades es válido a la luz del ordenamiento mercantil colombiano? ¿Qué fuente del derecho le sirve para dar respuesta a este caso?
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