Teoria general del proceso
Enviado por aovalles1 • 7 de Mayo de 2024 • Apuntes • 119.929 Palabras (480 Páginas) • 105 Visitas
TEORÍA GENERAL DEL PROCESO
ontenido
Omar Mora Díaz, Palabras Preliminares...................................... 5
TEMA Nº 1: Noción histórica del Derecho Procesal............... 9
TEMA Nº 2: Teoría general del proceso ................................... 27
TEMA Nº 3: Interpretación de las leyes procesales................. 55
TEMA Nº 4: Aplicación de las leyes procesales civiles y de las
penales .................................................................... 61
TEMA Nº 5: Principios del Proceso Civil. Principios del Pro-
ceso Penal............................................................... 69
TEMA Nº 6: La Jurisdicción ...................................................... 95
TEMA Nº 7: La acción y la excepción en el proceso civil ...... 103
TEMA Nº 8: La pretensión procesal .......................................... 115
TEMA Nº 9: Leyes orgánicas de naturaleza procesal ............. 123
TEMA Nº 10: Organización judicial venezolana. Tribunales que
la conforman........................................................... 137
TEMA Nº 11: La competencia en el proceso civil ...................... 147
TEMA Nº 12: La competencia en el proceso penal .................... 159
TEMA Nº 13: La relación procesal penal ................................... 171
TEMA Nº 14: El Ministerio Público ............................................ 181
TEMA Nº 15: Ley de Abogados .................................................... 189
TEMA Nº 16: La condena en costas............................................. 201
Tema N° 1
Noción histórica del Derecho Procesal
BREVE RESEÑA TEORICA DEL DERECHO PROCESAL.
Normalmente los preceptos jurídicos son cumplidos por la gente en forma espontánea, ya sean los que reconocen Derechos Subjetivos como los que establecen cargas o contienen prohibiciones para los miembros de la comunidad jurídica. Si no se operase de esta manera, habría de recurrirse a la fuerza para hacer efectivo el Derecho, y prácticamente no sería posible su vigencia.
La función de hacer cumplir y garantizar el Derecho cuando no es voluntariamente, está actualmente a cargo del Estado por intermedio de los Órganos Jurisdiccionales. El Estado impone el Derecho mediante la norma y lo hace observar, esta función garantista se realiza con intervención de sus Órganos Judiciales, utilizando ciertas herramientas denominadas acciones; que son ejercidas tanto por las partes involucradas, como por los Jueces como directores del proceso; observando para su consecución, ciertos trámites imperantes en el desarrollo de los distintos procesos aplicables a cada procedimiento.
El Derecho Procesal actual como expresión de una actividad fundamental del Estado, es el resultado de una larga evolución en los procedimientos orientados a hacer justicia. Prácticamente casi toda la aplicación del Derecho está a cargo de los Magistrados que ejercen la Jurisdicción en nombre del Estado. Para encontrar las fuentes de muchas instituciones y normas del Derecho Procesal moderno y sobre todo los antecedentes del Derecho Procesal venezolano, es necesario examinar la antigua Legislación Española, las Leyes de India y las Leyes Patrias. Debe recordarse especialmente en este asunto, las Siete Partidas; en cuya partida III, se habla específicamente del Procedimiento Civil y Criminal.
Se puede hablar entonces de transformación de la autodefensa del Derecho; es decir, el empleo de la voluntad privada mediante el uso de la fuerza de los particulares para hacer valer sus Derechos, esta ahora tutelada y ejercida por el Estado para garantizar la solución del conflicto, por medios distintos a la fuerza física o intervención particular.
Esta se conforma y es antigua en casi todas las ramas del Derecho; pero en algunos, la evolución se ha operado o se está realizando ante nuestros ojos; así por ejemplo, en el Derecho del Trabajo, la intervención jurisdiccional del Estado tiende a eliminar o reducir las huelgas obreras y los “lock-out” que eran soluciones de fuerzas de carácter privado para imponer decisiones en los conflictos del trabajo.
Al referirnos históricamente al Derecho Procesal, debemos remitirnos a España, que ocupa un lugar importante en nuestra historia jurídica, ya que en sus más remotas costumbres y leyes se encuentran los antecedentes inmediatos del Derecho Procesal venezolano.
España fue asiento de culturas de pueblos invasores que dejaron en ella los rasgos de su formación social y se puede decir que desde la invasión de los Visigodos el Derecho Español participa; tanto de las Instituciones Romanas, como de las Germanas y así se fue formando una doble legislación que el fuero juzgo; que no es otra cosa más, que el cuerpo de leyes que rigió en la España Visigoda, y supuso el establecimiento de una norma de justicia común para visigodos e hispanorromano, donde esta forma de imponer justicia logra unificar criterios.
Al Código de Procedimiento Civil venezolano, como todos los ordenamientos legales que nos rigen actualmente, hemos de buscarle sus antecedentes históricos en la época hispánica; en efecto, diversos Órganos Administrativos y Judiciales en Indias, tenían igualmente facultades políticas, administrativas y jurisdiccionales en materias específicas.
Por otra parte, debe tenerse en cuenta, la diversidad de grados e instancias, que con sus engorrosos trámites, complicaban el procedimiento.
Podemos decir que la historia procesal del Derecho Venezolano, puede dividirse en tres épocas; la colonia, la independiente y por último, la de codificación. Muchos autores americanos, atendiendo a la semejanza de normas y formas de vivir que existió en casi todas las colonias españolas, coinciden con la división formulada y entienden que en América.
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