Teoría general del proceso – derecho procesal
Enviado por Saul433 • 18 de Octubre de 2023 • Ensayo • 690 Palabras (3 Páginas) • 108 Visitas
UNIVERSIDAD DE EL SALVADOR
FACULTAD DE JURISPRUDENCIA Y CIENCIAS SOCIALES
DEPARTAMENTO DE DERECHO PRIVADO Y PROCESAL
TEORIA GENERAL DEL PROCESO
GUION 3
JURISDICCIÓN (continuación)
10- NATURALEZA DE LA JURISDICCIÓN
Si se enfoca a la jurisdicción como un Derecho Público y un Deber del Estado de administrar justicia, frente al Derecho Subjetivo Público del particular de que se le administre justicia, se debe de considerar a la jurisdicción como una función, por abarcar los dos aspectos (Poder - Deber), orientación que sigue nuestra Constitución de la República, conforme a la doctrina actual, que designa a la jurisdicción no como un Poder o un Deber, sino como una facultad, concepto que incluye ambos elementos en el Art. 172 Cn.
11- MANIFESTACION DE LA JURISIDICCIÓN: ACTO JURISDICCIONAL: CONCEPTO Y CARACTERÍSTICAS
13- RELACIÓN Y DIFERENCIAS CON LAS OTRAS FUNCIONES DEL ESTADO
14- FUNCIONES NO JURISDICCIONALES DEL ORGÀNO JURISDICCIONAL:
- CONTROL CONSTITUCIONAL🡺 El Órgano Judicial es el encargado de velar por la constitucionalidad de todas las actividades que realizan los Órganos Legislativo y Ejecutivo.
SOBRE EL LEGISLATIVO: El Órgano Judicial ejerce control sobre el legislativo a través de la Inconstitucionalidad de leyes, decretos y reglamentos: ya sea a través de la declaratoria de inconstitucionalidad que lo hará por medio de la Sala de lo Constitucional; o por la inaplicabilidad de las leyes que la realizan los jueces.-
SOBRE EL EJECUTIVO: A través de la demanda de Amparo o a través del Habeas Hábeas o exhibición personal.
- IMPERMIUN🡺 Es aquella posibilidad de compeler mediante el uso de la fuerza colectiva del Estado, al cumplimiento de aquellos preceptos que están establecidos en las normas jurídicas y que encuentran en la F. J. su actuación concreta.-
C) JURISDICCIÓN VOLUNTARIA🡺 Es aquella que tiene por objeto le declaración de certeza de un derecho subjetivo o de una situación jurídica, en la que no existe controversia, pero que el Derecho Material exige esa declaración de parte del Órgano Jurídico para su ejercicio o reconocimiento de ese derecho subjetivo o de esa situación jurídica.-
NATURALEZA: Es una función administrativa encomendada al Órgano Jurisdiccional, porque los sujetos titulares de éste, son los que mejor conocen el derecho; además, porque es el único órgano especializado que puede dar garantías de seguridad.
CRITICAS A LA NOMENCLATURA DE J.V.
1°) Se le critica porque se le denomina jurisdicción.
2°) No es voluntaria; porque es necesaria para que los actos o hechos surtan efectos jurídicos que se requieren
DIFERENCIAS ENTRE J. CONTENCIOSA Y LA VOLUNTARIA (DEVIS ECHANDIA)
1°) Por la posición que las partes ocupan en la relación jurídica
VOLUNTARIA: Los interesados persiguen determinados efectos jurídicos materiales para ellos mismos.
CONTENCIOSA: Los demandantes buscan producir efectos jurídicos sustanciales obligatorios y vinculantes para determinados demandados.
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