CONTRATO DE TRABAJO A PLAZO INDETERMINADO
Enviado por velozada • 18 de Septiembre de 2015 • Trabajo • 906 Palabras (4 Páginas) • 160 Visitas
CONTRATO DE TRABAJO A PLAZO INDETERMINADO
Conste por el presente documento que se extiende por triplicado, el Contrato de Trabajo a Plazo Indeterminado que celebran, de conformidad con los artículo 4º y siguientes del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728, Ley de Productividad y Competitividad laboral, aprobada por Decreto Supremo Nº 003-97-TR dentro de los alcances de Ley, que celebran de una parte, la Empresa Escuela Automotriz del Norte SAC, con Registro Único de Contribuyente Nº 20525791638 debidamente representada por el Sr. Jose Carlo Chiroque Chavez con Nº DNI 40285685, a quien se le denominará EL EMPLEADOR, y de la otra parte, el Ing. ROJAS CORONEL ANGEL MARCELO, identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 17451715, con domicilio en Calle Santa Catalina 833 - Chiclayo quien se le denominará EL TRABAJADOR en los términos y condiciones siguientes:
PRIMERA: ANTECEDENTES
EL EMPLEADOR es persona jurídica de derecho privado dedicada a la actividad económica de diagnóstico automotriz
EL TRABAJADOR, declara poseer los conocimientos, experiencia y capacidad necesarias, para cubrir el puesto de Ing. Supervisor para cubrir necesidades de certificación de ESCUELA AUTOMOTRIZ DEL NORTE SAC acorde a sus necesidades de atención a clientes por sus resoluciones citadas.
SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO
Por medio del presente contrato EL EMPLEADOR contrata los servicios de EL TRABAJADOR, estando al amparo de la legislación vigente, los mismos que desarrolla bajo subordinación, a cambio de la remuneración convenida.
TERCERA: PRESTACION DE SERVICIOS
EL TRABAJADOR desempeñará sus labores, como Ingeniero Supervisor siendo su función la de inspeccionar física y documentaria de los vehículos para la emisión de certificados de Conversión de Vehículos a Glp y talleres de conversión,
Queda entendido que la prestación de servicio deberá ser efectuada de manera personal, no pudiendo EL TRABAJADOR ser reemplazado ni ayudado por tercera persona.
CUARTA: JORNADA Y HORARIO DE TRABAJO
Las partes estipulan que la jornada y el horario laboral de EL TRABAJADOR serán de lunes a viernes de 8 a.m. a 6 p.m.
En uso de sus facultades directrices EL EMPLEADOR está facultado a efectuar modificaciones a la jornada de trabajo, de acuerdo al procedimiento establecido en el artículo 2º del TUO del D.Leg. Nº 854, Ley de Jornada de Trabajo, Horario y Trabajo en Sobretiempo, aprobado por D.S. Nº 007-2002-TR, respetando el máximo legal de 48 horas semanales, sin que dichas variaciones signifiquen menoscabo de categoría y/o remuneración.
QUINTA: REMUNERACION
EL TRABAJADOR percibirá como contraprestación por sus servicios una remuneración mensual ascendente a S/2000.00. (DOS MIL CON 00/100 NUEVOS SOLES) durante el tiempo de duración de la relación laboral.
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