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Enviado por lizzet1510 • 15 de Abril de 2014 • 1.111 Palabras (5 Páginas) • 234 Visitas
Que, la Ley Marco del Presupuesto Participativo, Ley Nº 28056, define al proceso del
presupuesto participativo como un mecanismo de asignación equitativa, racional, eficiente, eficaz y
transparente de los recursos públicos, que fortalece las relaciones Estado ‐ Sociedad Civil, el cual se
desarrolla en armonía con los planes de desarrollo concertados de los Gobiernos Regionales y
Gobiernos Locales, así como la fiscalización de la gestión;
Que, el artículo 4 de Ley Nº 28056, modificado por la Ley Nº 29298, dispone que cada instancia
del proceso de programación participativa formula su presupuesto participativo, respetando el marco
de competencias establecido en la Constitución
Precisan criterios para delimitar proyectos de impacto regional, provincial y distrital en el
presupuesto participativo
DECRETO SUPREMO Nº 097‐2009‐EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Marco del Presupuesto Participativo, Ley Nº 28056, define al proceso del
presupuesto participativo como un mecanismo de asignación equitativa, racional, eficiente, eficaz y
transparente de los recursos públicos, que fortalece las relaciones Estado ‐ Sociedad Civil, el cual se
desarrolla en armonía con los planes de desarrollo concertados de los Gobiernos Regionales y
Gobiernos Locales, así como la fiscalización de la gestión;
Que, el artículo 4 de Ley Nº 28056, modificado por la Ley Nº 29298, dispone que cada instancia
del proceso de programación participativa formula su presupuesto participativo, respetando el marco
de competencias establecido en la Constitución Política del Perú y en las correspondientes leyes
orgánicas; para tal efecto, se considera criterios de alcance, cobertura de población, así como montos
de ejecución o envergadura;
Que, la segunda disposición complementaria de la Ley Nº 29298, establece que mediante
Decreto Supremo, con acuerdo del Consejo de Ministros, se precisan los criterios de alcance, cobertura
y montos de ejecución, que permitan delimitar los proyectos de impacto regional, provincial y distrital;
Que, es necesario establecer los criterios señalados en el considerando precedente, para que los
proyectos de inversión pública de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, tengan un mayor
impacto en beneficio de la población y se adecuen a las competencias y capacidades financieras de
cada nivel de gobierno en el marco de sus respectivos presupuestos participativos;
De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política
del Perú, por el numeral 3) del artículo 11 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y por la
Segunda Disposición Complementaria de la Ley Nº 29298, Ley que modifica la Ley Nº 28056, Ley Marco
del Presupuesto Participativo;
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
DECRETA:
Artículo 1.‐ Objeto
Establecer los criterios de alcance, cobertura y montos de ejecución que permitan delimitar los
proyectos de inversión pública de impacto regional, provincial y distrital, a ser considerados por los
Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales en sus respectivos presupuestos participativos.
Artículo 2.‐ Criterios de Impacto de los Proyectos de Inversión del Presupuesto Participativo
Dispóngase los criterios para definir el impacto de los proyectos de inversión pública a
considerarse en el presupuesto participativo regional, provincial o distrital, que permitan delimitar el
nivel de incidencia de la intervención en el desarrollo del ámbito jurisdiccional, definiendo en conjunto
características que deben tener los proyectos de acuerdo al nivel de gobierno y a sus respectivas
competencias. Los criterios son los siguientes:
- De Alcance, está referido al nivel de extensión geográfica que cubre el proyecto.
- De Cobertura, al impacto que de manera directa o indirecta debe tener el proyecto en la
población objetivo.
- De Monto de Inversión, a la estimación del costo total del proyecto.
Artículo 3.‐ Proyecto de Impacto Regional
Los Gobiernos Regionales
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