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DONACIONES DEDUCIBLES


Enviado por   •  20 de Mayo de 2013  •  Informe  •  3.736 Palabras (15 Páginas)  •  228 Visitas

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DONACIONES

MARCO TEÓRICO:

• DONACIONES DEDUCIBLES

Se consideran deducibles los gastos por concepto de donaciones otorgados en favor de entidades y dependencias del Sector Público Nacional, excepto empresas, y a entidades sin fines de lucro cuyo objeto social comprenda uno o varios de los siguientes fines:

Beneficencia Asistencia o bienestar social Educación Culturales

Científicas Artísticas Literarias Deportivas

Salud Patrimonio histórico cultural indígena Otras de fines semejantes a los descritos

BASE LEGAL: art. 37° inc. X) TUO de la ley del impuesto a la renta.

Cabe resaltar que las entidades y dependencias beneficiadas con estas donaciones deben contar con la calificación previa por parte del Ministerio de Economía y Finanzas mediante Resolución Ministerial “como entidades perceptoras de donaciones”.

BASE LEGAL: art. 21°inc. S) num. 2.1 Reglamento de la ley del impuesto a la renta

La empresa que efectúa la donación debe cumplir con estar inscrito en el Registro de Donantes de SUNAT. Excepcionalmente con motivo de que ayudar a nuestros hermanos afectados por el sismo estas donaciones pueden ser canalizadas a través de los siguientes entes sin necesidad de inscribirse en el Registro de Donantes de SUNAT:

1. Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI.

2. A través de las cuentas que determine el Ministerio de Economía y Finanzas – MEF.

3. Gobiernos regionales y a las municipalidades provinciales y distritales de las localidades afectadas por el sismo.

El valor de las donaciones de bienes muebles o inmuebles no puede ser en ningún caso superior al costo computable de dichos bienes. Cuando se habla de costo computable debemos remitirnos al artículo 20º del texto Único Ordenado de la Ley del IR que establece: ..."Por costo computable de los bienes enajenados, se entenderá el costo de adquisición, producción o construcción, o, en su caso, el valor de ingreso al patrimonio o valor en el último inventario determinado conforme a Ley..."

Valor de ingreso al patrimonio, es el valor que corresponde al valor de mercado de acuerdo a lo establecido en la presente Ley del IR.

Asimismo, el artículo 32º de la Ley del IR establece que en los casos de transferencias de propiedad a cualquier título, (gratuito u oneroso) el valor asignado a los bienes será el valor de mercado.

• LÍMITE DE LA DEDUCCIÓN

El monto límite para la deducción de la donación es el 10% de la renta neta luego de efectuada la compensación de pérdidas.

BASE LEGAL: art. 37 Inc. X) TUO de la Ley del impuesto a la renta.

• MODALIDADES DE LAS DONACIONES

Las donaciones que dan derecho a la deducción deben revestir las siguientes modalidades:

1. Cuando se done dinero, el pago debe haberse realizado por medio de cheque, tarjeta de crédito a través de un intermediario financiero.

2. Cuando se donen títulos valores, se estimarán a precios de mercado de acuerdo con el procedimiento establecido por la Superintendencia de Valores.

Cuando se donen otros activos, su valor se estimará por el costo de adquisición más los ajustes por inflación efectuados hasta la fecha de la donación, menos las depreciaciones acumuladas hasta esa misma fecha.

• REQUISITOS PARA RECONOCER LA DEDUCCIÓN

Para que proceda el reconocimiento de la deducción por concepto de donaciones, se requiere una certificación de la entidad donataria, firmada por Revisor Fiscal o Contador, en donde conste la forma, el monto y la destinación de la donación, así como el cumplimiento de las condiciones señaladas en los artículos anteriores.

En ningún caso procederá la deducción por concepto de donaciones, cuando se donen acciones, cuotas partes o participaciones, títulos valores, derechos o acreencias, poseídos en entidades o sociedades.

• CON RESPECTO AL IGV

La transferencia de bienes a título gratuito a favor de entidades y dependencias del sector público, excepto empresas: así como a favor de las entidades e instituciones extranjeras de cooperación técnica internacional (ENIEX), organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo ( ONGD-PERÚ) nacionales e instituciones privadas sin fines de lucro receptoras de donaciones de carácter asistencial o educacional (IPREDA) inscritas en el registro correspondiente que tiene a su cargo la agencia peruana de cooperación internacional (APCI) del Ministerio de Relaciones Exteriores, siempre que sea aprobada por Resolución Ministerial del sector correspondiente no se encuentran gravados con el IGV.

BASE LEGAL: art. 2° inc. K) del TUO de la ley del IGV

• DERECHO AL CRÉDITO FISCAL

En el caso de las donaciones mencionadas anteriormente, el donante no pierde el derecho a crédito fiscal del IGV que haya gravado las adquisiciones de los bienes donados.

CASOS PRÁCTICOS

A.SIN EXCESO DE LÍMITE.

La empresa “MONCHI S.A.C” adquiere frazadas para donarlas al Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci) valorizado en S/. 2000.00. El Indeci es una entidad pública calificada como perceptora de donaciones.

La utilidad contable de la empresa donante es de S/. 70000.00; tiene gastos no aceptados para efectos tributarios por un monto de S/.14000.00 e ingresos no gravados con el impuesto a la renta por S/.4000.00; así mismo, tiene una perdida arrastrable de 2 años anteriores de S/.3000.00, la cual se está compensando sobre la base del sistema b) de compensación de pérdidas establecido en el artículo 50 del IR.

Solución:

---------------------------------------------------------- x -----------------------------------------------------

60 COMPRAS 2,000.00

603 Materiales, auxiliares, suministros y repuestos

6032 Suministros

40 TRIBUTOS CONTRAP. Y APORT. AL SISTEMA DE

PENSIONES Y DE SALUD POR PAGAR 360.00

401 Gobierno central

40111 IGV – Cuenta propia

42 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES - TERCEROS 2,360.00

421 Fact. Boletas y comprob. Por pagar

4212 Emitidas

 Por la compra de frazadas.

------------------------------------------------------ x --------------------------------------------------

25 MATERIALES AUXILIARES, SUMINISTROS Y REPUESTOS 2,000.00

252 Suministros

2524 Otros suministros

61 VARIACIÓN DE EXISTENCIAS 2,000.00

613 Materiales auxiliares.

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