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Defraudacion Tributaria


Enviado por   •  17 de Octubre de 2012  •  831 Palabras (4 Páginas)  •  964 Visitas

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1. INTRODUCCIÓN

Mediante el Decreto Legislativo Nº 813 del año 1996 se aprobó la Ley Penal Tributaria, ello al amparo de la delegación que el Poder Legislativo otorgó al Poder Ejecutivo mediante la Ley Nº 26557 1. Esta Ley tuvo como finalidad regular la figura de los delitos tributarios en una Ley especial y no tanto en un cuerpo normativo como es el Código Tributario.

El motivo del presente informe es dar a conocer las condiciones y supuestos que deben ocurrir para que se presente la figura de la defraudación tributaria, estableciendo también diferencias en cuanto a la comisión de una infracción tributaria.

2. ¿EN QUE SE DIFERENCIA UN DELITO TRIBUTARIO DE UNA INFRACCIÓN TRIBUTARIA?

Cuando se menciona el término “Delito Tributario” no encontramos dentro del campo de lo que se denomina ilícito tributario. Para poder realizar una distinción entre lo que se entiende por infracción y lo que es delito tributario, tomaremos en cuenta los siguientes componentes: (i) gravedad del hecho ilícito; (ii) culpabilidad; (iii) interés protegido; (iv) naturaleza de la sanción; (v) entidad que sanciona y (vi) base legal que lo sustenta.

2.1 GRAVEDAD DEL HECHO ILÍCITO

En el caso del delito se aprecia que esta figura jurídica solo se utiliza en caso de comisión de hechos ilícitos que sean calificados como graves.

Por el contrario, en el caso de la infracción tributaria, se aprecia que esta solo debe verificar la comisión de actuaciones que tratan de hechos ilícitos leves, es decir que no sean calificados como graves. De acuerdo a lo señalado por el texto del artículo 164º del Código Tributario es infracción tributaria, toda acción u omisión que importe la violación de normas tributarias, siempre que se encuentre tipificada como tal en el referido Código Tributario o en otras leyes o decretos legislativos.

2.2 CULPABILIDAD

El tema de la culpabilidad tiene relación con la situación en la cual se encuentra una persona, sobre todo para ver si se le puede calificar como imputable y responsable por los hechos que haya realizado.

Según MACHICADO “La culpabilidad tiene dos formas: el dolo y la culpa. La primera es intensión, la segunda, negligencia. Ambas tienen por fundamento la voluntad del sujeto activo. Sin intensión o sin negligencia no hay culpabilidad, y sin ésta, no hay delito, por ser la culpabilidad elemento del delito” 2.

Para poder comprender esta figura veamos algunos ejemplos:

a. Se mata a una persona con un cuchillo para robarle dinero que acaba de retirar del banco. Aquí el agresor actúa con conocimiento y voluntad por lo que actúa con dolo, lo cual equivale a tener intención de realizar una conducta contraria a ley.

b. Una persona que maneja un automóvil al dar una curva cerrada trata de adelantar a un bus por lo que invade un carril contrario y atropella

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