Derecho Civil I Divorcio Incausado
Enviado por Michellecirne • 12 de Diciembre de 2016 • Monografía • 1.305 Palabras (6 Páginas) • 473 Visitas
Mayerli Cirne Juárez
Derecho Civil I
José Francisco de la Fuente Flores
Centro de Ciencias Jurídicas de Puebla
Ciclo Escolar 2016-2017
Mayerli Cirne Juárez
Centro de Ciencias Jurídicas de Puebla
Derecho Civil I
Divorcio Incausado
El matrimonio según la definición del Código Civil del Estado de Puebla en el artículo 294 es un contrato civil, por el cual un solo hombre y una sola mujer, se unen en sociedad para perpetuar la especie y ayudarse en la lucha por la existencia.
Esta definición y algunas otras ideas son las que la mayoría de parejas que contraen matrimonio piensan. Es seguro que ninguna pareja se casa con la idea de querer separarse, se casan para toda la vida, pero en ocasiones estas promesas o ideas que se tienen no duran para siempre, o existen diversas circunstancias por las cuales una pareja ya no quiere estar junta como al principio. Para esta clase de circunstancias se ofrece una solución, el divorcio.
La Real Academia Española define la palabra divorcio de la siguiente manera:
Disolver o separar, por sentencia, el matrimonio, con cese efectivo de la convivencia conyugal.
En el Código Civil del Estado de Puebla la definición no es muy diferente ya que en el Capítulo Quinto Artículo 428 dice:
El divorcio disuelve el matrimonio y deja a los excónyuges en aptitud de contraer otro.
Vamos a desglosar bien este concepto, estamos hablando de la existencia de un contrato bilateral, ya que hay dos partes, el divorcio hace que este contrato que tienen las dos partes quede disuelto y ambas partes ahora puedan contraer matrimonio con alguna otra persona de una forma legal.
Existen diversos tipos de divorcios, podemos encontrar el divorcio voluntario, administrativo, y necesario, el voluntario es aquel en que ambas partes están de acuerdo en hacerlo, o sea existe voluntad de ir con el juez, llevar una solicitud para el trámite necesario acompañado de un convenio en el aual mabas partes tratan temas como la guarda y custodia de los hijos, la pensión alimenticia, quien habitará en la residencia, como será la separación de bienes etc. Es una forma sencilla y de cierta manera menos estresante.
El divorcio Administrativo es algo parecido al voluntario, la diferencia es que para este divorcio debe haber transcurrido un mínimo de 1 año de matrimonio y no deben existir hijos de por medio ya que esto complica a veces el trámite por lo mismo de que se tienen que observar varios puntos como los mencionados anteriorment, y no deben existir propiedades o haber adquirido propiedades en ese tiempo de matrimonio.
El divorcio necesario es aquel que se solicita por el hecho de que existen causas especiales , las cuales podemos encontrar en el Artículo 27 de la Ley de Divorcio, entre ellas podemos encontrar :
- Adulterio debidamente probado
- El hecho de que una mujer dé a luz durante el matrimonio un hijo concebido antes de celebrarse este contrato y que judicialmente sea declarado ilegítimo.
- Los actos inmorales ejecutados por el marido o por la mujer con el fin de corromper a los hijos, ya sean estos de ambos o de uno sólo de ellos.
Estas circunstancias entre otras son las cuales hacen que se necesite esta clase de divorcio, el cual no requiere tiempo como en los anteriores ya que es necesario para alguna de las partes, buscando la protección de la vida e integridad del cónyuge y de los hijos.
Ahora mencionaré el divorcio incausado, también conocido como divorcio sin expresión de causa o divorcio express.
Este divorcio a mi punto de vista es bastante curioso, ya que este divorcio se puede solicitar ante un juez por el simple hecho de que una de las partes ya no quiera estar casada con la otra, no hay alguna causa real, simplemente la de no querer continuar con el matrimonio.
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