DIVORCIO INCAUSADO-PROCESAL CIVIL
Enviado por TEQUILAWARE • 28 de Septiembre de 2018 • Trabajo • 1.950 Palabras (8 Páginas) • 396 Visitas
ARELI VERGARA MONDRAGÓN
Y
EYMARD VELASCO CARRANZA
ASUNTO: DIVORCIO INCAUSADO
ESCRITO INICIAL
C. JUEZ DE LO FAMILIAR EN TURNO DEL DISTRITO JUDICIAL DE NEZAHUALCOYOTL, ESTADO DE MÉXICO.
P R E S E N T E :
C. VERGARA MONDRAGÓN ARELI, por mi propio derecho y señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones para la actora en la calle Adelita no.24, Colonia Benito Juárez, Municipio de Nezahualcóyotl, Estado de México, y autorizando en los términos de los artículos 1.93, 1.168 y demás relativos del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de México al Licenciado en Derecho JUAN MANUEL RAMIREZ CRUZ con cédula profesional 7676579, así mismo autorizo para que oigan en mi nombre aún las de carácter personal, así como para recoger toda clase de documentos a los C. JUAREZ FRIAS STEPHANIA MONSERRAT, RUGERIO RAMOS NATALIA, ORTIZ MELENDEZ SHIRLEY, FABIAN ACEVEDO RAMÍREZ, SUSANA VARGAS RODRIGUEZ, DIAZ ORTEGA JESSICA, FLORENCIA REYES MEDINA, MENDOZA MONTOYA ROSA AMAIRANI, SERGIO HERNÁNDEZ CARREÑO, CAROLINA ESTEPHANIA ORTIZ GONZALEZ, IRENE BARRÓN ROJAS, JESUS ANTONIO VAZQUEZ GUTIERREZ, AQUILES DORANTES JARAMILLO, ABRAHAM KEVIN BAUTISTA TAPIA Y SAN AGUSTIN TAVERA GUADALUPE; ante usted con el merecido respeto comparezco para exponer.
Que de conformidad con los artículos 4.88, 4.89, 4.91 y demás inherentes del Código Civil para el Estado de México, venimos a promover DIVORCIO INCAUSADO, toda vez que no es mi deseo continuar con el vínculo matrimonial que nos une y por ende exhibo propuesta de convenio que regulará las consecuencias inherentes a la disolución del vínculo matrimonial.
Se funda el presente procedimiento en los siguientes puntos de hechos y consideraciones de derecho:
H E C H O S.
1.- Con fecha siete de septiembre del año dos mil seis, contrajimos matrimonio civil, bajo el régimen de separación de bienes, en el municipio de Nezahualcóyotl, Estado de México, tal y como lo acreditamos en el momento que sea requerida con la copia certificada del acta de matrimonio.
2.- Durante nuestro matrimonio procreamos a dos hijos de nombre IRVING y AZURI, ambos de apellidos VELASCO VERGARA quienes a la fecha son menores de edad, tal y como se acredita con los atestados del Registro Civil que se exhiben en el presente ocurso.
3.- Manifiesta la promovente ARELI VERGARA MONDRAGÓN, bajo protesta de decir verdad no encontrarse en estado de gravidez.
4.- Manifiesto bajo protesta de decir verdad que el último domicilio conyugal que establecimos los divorciantes, se ubicó en la calle Adelita no.24, Colonia Benito Juárez, Municipio de Nezahualcóyotl, Estado de México.
5.- Manifiesto bajo protesta de decir verdad que durante el matrimonio me dediqué en su totalidad al cuidado de los menores y del hogar. El solicitado a laborar, para obtener ingresos para el sustento de la actora, los menores y para sí mismo y aún que no existe bien alguno que liquidar o compensar, en contrario sí lo es en cuanto a alimentos como lo enuncia los artículos 4.127, 4.129, 4.138 y demás referentes del Código Civil del Estado de México y la obligación de pagar alimentos caídos tal y como se establece en el artículo 4.146 del Código citado.
6.- Bajo protesta de decir verdad la actora manifiesta que desconoce a que se dedica actualmente el señor EYMARD VELASCO CARRANZA para la obtención de ingresos económicos.
7.- Se presenta propuesta de convenio anexa al presente ocurso para regular las consecuencias inherentes a la disolución del vínculo matrimonial de conformidad con lo establecido en el artículo 2.373 y 2.374 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de México, ofrecido por la señora ARELI VERGARA MONDRAGÓN, promoviendo ante el C. Juez de lo Familiar en turno para Nezahualcóyotl, Estado de México.
D E R E C H O.
Son aplicables los artículos 1.168, 1.169 y demás relativos del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de México, 4.88, 4.89, 4.91, 4.127, 4.129, 4.138, 4.141, 4.142, 4.143, 4.146, 4.155, 4.202, 4.203, 4.205, 4.228 y demás inherentes del Código Civil para el Estado de México
El procedimiento se rige por lo dispuesto en los artículos 1.165, 1.169, 1.173, 1.174, 1.175, 2.107, 2.108 2.111, 2.114, 2.115, 2.116, 2.373, 2.376, 5.50 y demás relativos del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de México.
Por lo anteriormente expuesto.
A USTED C. JUEZ, atentamente pido:
PRIMERO.- Se nos tenga por presentados en los términos del presente escrito con la personalidad que ostentamos, promoviendo DIVORCIO INCAUSADO, en la forma propuesta, denunciando el convenio que se propone al solicitado, el cual regirá las condiciones de la disolución de su matrimonio y las relaciones con sus menores hijos de nombres IRVING Y DANIELA, ambos de apellidos VELASCO VERGARA.
SEGUNDO.- Se fije con base a su criterio, pensión alimenticia basta y suficiente provisional y en su momento definitiva en favor de la actora y de sus menores hijos de nombres IRVING Y DANIELA, ambos de apellidos VELASCO VERGARA.
TERCERO.- Se sirva a citar a los promoventes para la ratificación del presente escrito y convenio que se denuncia.
CUARTO.- En su oportunidad se sirva a dictar la sentencia definitiva que en Derecho proceda, aprobando en sus términos el Convenio denunciado y anexo a el presente ocurso.
QUINTO.- Se corra traslado al hoy solicitado, del presente ocurso, así como sus anexos.
NEZAHUALCOYOTL, ESTADO DE MÉXICO A _____ DE ________________ DEL 2018
PROTESTO LO NECESARIO.
ARELI VERGARA MONDRAGÓN
LIC. JUAN MANUEL RAMIREZ CRUZ
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