Derecho Internacional
Enviado por joelperezlucero • 1 de Junio de 2014 • 2.701 Palabras (11 Páginas) • 215 Visitas
Aldea Vicente Salías
Los Teques – Estado Bolivariano de Miranda
DERECHO INTERNACIONAL
EL NEOLIBERALISMO COMO MODELO DE INTEGRACION
PARTICIPANTES:
Carmen Lucero
Ilsa Diamond
Joel Pérez
Pavel León
Los Teques, enero de 2014
Índice
Contenido pagina
Introducción 2
Neoliberalismo 3
Unión Europea 3
Instituciones latinoamericanas de integración
MECOSUR 4
CAM 5
CSN 5
Conclusión 7
ntroducción
La Integración es un proceso más amplio, complejo y profundo entre dos o más naciones que implica una vinculación e interpretación social, política, económica, cultural, científica o incluso militar de enormes proporciones y con un papel dinámico de varios agentes de las sociedades involucradas, la Unión Europea (UE) es una organización económica y política formada por 27 países europeos democráticos. Casi 500 millones de personas forman parte de ella, el Mercosur es el acrónimo del Mercado Común del Sur, La Comunidad Andina (CAN) es un organismo regional de cuatro países que tienen un objetivo común: alcanzar un desarrollo integral, más equilibrado y autónomo, mediante la integración andina, sudamericana y latinoamericana y La Comunidad Sudamericana de Naciones son instituciones de integración que persiguen fines neoliberales para fortalecer relaciones entre diversos países.
Neoliberalismo
El término neoliberalismo fue introducido a finales de 1930 por los liberales europeos para promover una nueva forma de liberalismo económico intervenido en algún nivel, político y social para corregir lo que se pensó como deficiencias que llevaron al crac del mercado de valores en 1929.
El término se usa con diferentes connotaciones, algunas incluso con connotaciones emocionales con el afán de descalificación de las ideas de un adversario que defienda una economía de mercado, usando la palabra como sinónimo de corporativismo. En ocasiones se usa con connotaciones más técnicas con el fin de agrupar un conjunto de ideologías y teorías económicas que promueven el fortalecimiento de la economía nacional (macroeconomía) a través de la aplicación de recomendaciones de la escuela neoclásica en la política económica de un país como por ejemplo la división internacional del trabajo o globalización, o a través de algún tipo de desregulación. Sin embargo no hay un consenso sobre su significado específico pues el término no define una teoría económica concreta, y tampoco indica una filosofía política claramente identificada debido a la diversidad de escuelas y movimientos que se le pueden relacionar.
La Unión Europea
La Unión Europea (UE) es una comunidad política de Derecho constituida en régimen de organización internacional, sui generis, nacida para propiciar y acoger la integración y gobernanza en común de los estados y los pueblos de Europa. Está compuesta por veintiocho estados europeos y fue establecida con la entrada en vigor del Tratado de la Unión Europea (TUE), el 1 de noviembre de 1993.
Con ese acto, la supraestructura «Unión Europea» aunaba y se fundaba sobre las tres Comunidades Europeas preexistentes (CECA, Euratom y CEE/CE) y les añadía la política exterior común y la cooperación judicial y policial, formando un sistema complejo conocido como «los tres pilares». Sin embargo, con la entrada en vigor, el 1 de diciembre de 2009, del Tratado de Lisboa, la Unión Europea sucedió, por completo aunque con ciertas particularidades, a las Comunidades Europeas y asumió con ello su personalidad jurídica única como sujeto de Derecho internacional.
La Unión Europea ha desarrollado un sistema jurídico y político, el comunitario europeo, único en el mundo, que se rige por mecanismos y procedimientos de funcionamiento interno complejos, que se han extendido y evolucionado a lo largo de su historia hasta conformar, en la actualidad, un sistema híbrido de gobierno transnacional difícilmente homologable que combina elementos próximos a la cooperación multilateral, si bien fuertemente estructurada e institucionalizada, con otros de vocación netamente supranacional, regidos ambos por una dinámica de integración regional muy acentuada.
Todo esto desemboca en una peculiarísima comunidad de Derecho, cuya naturaleza jurídica y política es muy discutida, si bien sus elementos fundacionales y su evolución histórica, todavía abierta, apuntan, en el presente, a una especial forma de moderna confederación o gobernanza supranacional, acusadamente institucionalizada y con una inspiración histórico-política de vocación federal —en el sentido de un federalismo internacional nuevo, no de un Estado federal clásico— que se detecta con cierta claridad en ámbitos como la ciudadanía europea, los principios de primacía y efecto directo que le son aplicables a su ordenamiento jurídico en relación con los ordenamientos nacionales, el sistema jurisdiccional o la unión monetaria (el sistema del euro).
La Unión Europea, y antes las Comunidades, promueve la integración continental por medio de políticas comunes que abarcan distintos ámbitos de actuación, en su origen esencialmente económicos y progresivamente extendidos a ámbitos indudablemente políticos.8 Para alcanzar sus objetivos comunes, los estados de la Unión le atribuyen a esta determinadas competencias, ejerciendo una soberanía en común o compartida que se despliega a través de los cauces comunitarios.
La Unión Europea se rige por un sistema interno en régimen de democracia representativa.9
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