Derecho Internacional
Enviado por zovek2000 • 20 de Mayo de 2014 • 3.460 Palabras (14 Páginas) • 169 Visitas
TEMA III
EL DERECHO ECONOMICO INTERNO
CONCEPTO DE DERECHO FINANCIERO
EN SU SENTIDO TRADICIONAL, EL DERECHO FINANCIERO DEL ESTADO, APARECE COMO RAMA DEL DERECHO PÚBLICO QUE SE OCUPA DE LA HACIENDA PÚBLICA, ES DECIR, SE REFIERE A LOS INGRESOS Y EGRESOS DEL ESTADO; EN GENERAL, A LA ADMINISTRACION DE LOS RECURSOS ECONOMICOS PARA SATISFACER LAS NECESIDADES SOCIALES. EL DERECHO FINANCIERO MANTIENE ESTRECHAS VINCULACIONES CON TODAS LAS RAMAS DEL DERECHO EN GENERAL, APARECE COMO UNA RAMA DEL DERECHO PÚBLICO, SUS INSTITUCIONES, TODAS, SON INSTITUCIONES DE DERECHO PÚBLICO, TAMBIEN MANTIENE ESTRECHAS RELACIONES CON EL DERECHO CIVIL, MERCANTIL, PENAL, EL PROCESAL Y EL INTERNACIONAL.
EL REGIMEN FINANCIERO FEDERAL
LA PALABRA FINANZAS VIENE DEL FRANCÉS "MANEES" Y ÉSTA DE LA PALABRA LATINA "INATIO", DE LA RAÍZ "INIS' QUE SIGNIFICA ACABAR, PONER TÉRMINO MEDIANTE PAGO O SIMPLEMENTE UNA PRESTACIÓN PECUNIARIA. EN SU ORIGEN "FINANCIAR" ES PAGAR Y SU SENTIDO SE HA EXTENDIDO A LA MANERA DE OBTENER DINERO Y A SU EMPLEO O UTILIZACION; CON LA PALABRA FINANCIERO SE ALUDE A LO QUE ES RELATIVO A LA "HACIENDA
PÚBLICA"; ANTIGUAMENTE SE DECÍA DINEROS PÚBLICOS Y SE REFIERE A LAS CUESTIONES BANCARIAS; BURSÁTILES O A LOS GRANDES NEGOCIOS MERCANTILES Y POR EXTENSIÓN A LA PROPIA PERSONA VERSADA EN EL CONOCIMIENTO DE ESTAS MATERIAS, COMO BANQUERO, FINANCIERO, CAPITALISTA O ESTADISTA.
EL PRESUPUESTO DE LA FEDERACION
PARA REALIZAR LA POLÍTICA ECONÓMICA, EL PRESUPUESTO REPRESENTA EL ELEMENTO ESENCIAL DE LA VIDA ECONÓMICA. DE ACUERDO CON NUESTRA LEGISLACIÓN EL PRESUPUESTO
ES UN ACTO PÚBLICO ANUAL DE PREVISIÓN Y AUTORIZACIÓN PREVIA, QUE CONTIENE LOS INGRESOS QUE DEBE PERCIBIR LA FEDERACIÓN Y LOS GASTOS QUE SE DEBAN REALIZAR EN RELACIÓN CON LOS SERVICIOS Y DEMÁS PRESTACIONES PÚBLICAS. EL PRESUPUESTO SE UTILIZA HOY EN FORMA DELIBERADA, COMO INSTRUMENTO PARA EFECTUAR TODO
TIPO DE MODIFICACIONES EN LA SITUACIÓN ECONÓMICA GENERAL, Y NINGUNA MEDIDA AISLADA EN ÉL CONTENIDA PUEDE ANALIZARSE ADECUADAMENTE DENTRO DEL ESTRECHO MARCO
DE LAS CUENTAS PRESUPUESTARIAS EN SÍ MISMAS. NINGÚN IMPUESTO DEBE CONSIDERARSE COMO UN MERO MEDIO PARA OBTENER RECURSOS; NINGUNA PARTIDA DE GASTOS DEBE DISMINUIRSE SIMPLEMENTE POR FALTA DE RECURSOS. TODO IMPUESTO RECAUDADO TIENE SOBRE LA ECONOMÍA REPERCUSIONES QUE DEBEN SER INVESTIGADAS Y EVALUADAS Y LO MISMO VALE PARA CADA PARTIDA DE GASTO." EL PRESUPUESTO COMO INSTRUMENTO POLÍTICO, ECONÓMICO Y PÚBLICO, ES EL MEDIO MÁS PODEROSO DE COORDINACIÓN E INTEGRACIÓN DE LA VIDA ECONÓMICA Y DE ORIENTACIÓN AL DESARROLLO SOCIAL.
LOS INGRESOS DE LA FEDERACION
LOS INGRESOS PÚBLICOS ES EL DINERO QUE RECIBEN EL ESTADO Y LOS DEMÁS ENTES DE DERECHO PÚBLICO, POR DIFERENTES CONCEPTOS LEGALES, Y EN VIRTUD DE SU PODER DE IMPERIO O AUTORIDAD. TODA RECEPCIÓN DE NUMERARIO EN LAS ARCAS DEL ESTADO DEBE CONSIDERARSE COMO UN INGRESO, AUNQUE NO TENGA EL CARÁCTER DE DEFINITIVO. NUMEROSAS CLASIFICACIONES SE HAN FORMULADO DE LOS INGRESOS DEL ESTADO. LAS LEYES ADMINISTRATIVAS DETERMINAN LA NATURALEZA DEL INGRESO PÚBLICO QUE TIENE EN OCASIONES FINALIDADES EXCLUSIVAS COMO EN "LOS INGRESOS PARA ATENUAR GASTOS: QUE SON RETENCIONES QUE HACE EL ESTADO PARA PROPÓSITOS ULTERIORES; Y LOS INGRESOS PROPIAMENTE DICHOS COMO LOS IMPUESTOS. LOS INGRESOS DEL DEPARTAMENTO DEL DISTRITO FEDERAL SE DIVIDIRÁN EN DOS CLASES: ORDINARIOS Y EXTRAORDINARIOS
A) LOS INGRESOS ORDINARIOS SON AQUELLOS QUE LEGALMENTE PERCIBE EL FISCO EN FORMA REGULAR, RENOVÁNDOSE EN EL PRESUPUESTO FISCAL DE CADA AÑO Y QUE SE DESTINAN A CUBRIR LOS GASTOS PÚBLICOS DE LA FEDERACIÓN, DE LOS ESTADOS Y DE LOS MUNICIPIOS.
B) SON LOS QUE NORMALMENTE SE DESTINAN A CUBRIR EL PRESUPUESTO Y ESTÁN COMPRENDIDOS EN LAS PREVISIONES PRESUPUESTALES DE LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO. LOS IMPUESTOS PERTENECEN A ESTA CATEGORÍA DE INGRESOS ORDINARIOS, ASÍ COMO LOS DERECHOS, PRODUCTOS Y APROVECHAMIENTOS.
C) LOS INGRESOS EXTRAORDINARIOS SON AQUELLOS QUE SE PERCIBEN CUANDO EXISTEN CIRCUNSTANCIAS ANORMALES O IRREGULARES QUE OBLIGAN AL ESTADO A IMPONERLOS.
D) SON LOS QUE HACEN FRENTE A NECESIDADES URGENTES E IMPREVISTAS. SE RECURRE CON FRECUENCIA A LOS EMPRÉSTITOS PÚBLICOS, O FINANCIAMIENTOS ADICIONALES O EMISIONES DE MONEDA PARA CUBRIR ESTOS GASTOS. EL DERECHO FISCAL TAMBIÉN INCLUYE ENTRE LOS INGRESOS DEL ESTADO LOS DERECHOS EXTRAORDINARIOS, LOS EMPRÉSTITOS, LAS EMISIONES DE MONEDA, LA EXPROPIACIÓN POR CAUSA DE UTILIDAD PÚBLICA Y LOS SERVICIOS PERSONALES. TODOS ELLOS SON OBJETO DE ESTUDIO EN ESTA OBRA EN CAPÍTULOS ESPECIALES.
LA EJECUCION DE LA LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACION
1.- LAS OPERACIONES FUNDAMENTALES.
DE ACUERDO CON EL CODIGO FISCAL DE LA FEDERACION, LAS OPERACIONES FISCALES SON LAS SIGUIENTES:
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO PARA EL COBRO DE LAS IMPUESTOS
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EJECUCION.
PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO EN MATERIA FISCAL
EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EJECUCION
SE CONSTITUYE CON LA ORDEN DE REQUERIMIENTO DE PAGO AL CAUSANTE, EL MANDAMIENTO DE EJECUCIÓN, EL EMBARGO Y EN SU CASO, EL REMATE Y LA APLICACIÓN DEL PRODUCTO DEL REMATE SUFICIENTES PARA ASEGURAR EL INTERÉS FISCAL.
SE PODRÁ PRACTICAR EMBARGO PRECAUTORIO, SOBRE LOS BIENES O LA NEGOCIACIÓN DEL CONTRIBUYENTE, PARA ASEGURAR EL INTERÉS FISCAL, CUANDO EL CRÉDITO FISCAL NO SEA EXIGIBLE, PERO HAYA SIDO DETERMINADO POR EL CONTRIBUYENTE O POR LA AUTORIDAD EN EL EJERCICIO DE SUS FACULTADES DE COMPROBACIÓN, CUANDO A JUICIO DE ÉSTA EXISTA PELIGRO INMINENTE DE QUE EL OBLIGADO REALICE CUALQUIER MANIOBRA TENDIENTE A EVADIR SU CUMPLIMIENTO. EN ESTE CASO, LA AUTORIDAD TRABARA EL EMBARGO.
PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO EN MATERIA FISCAL
SE FORMAN CON TODOS LOS ACTOS Y OPERACIONES QUE LA HACIENDA PUBLICA O FISCO EMPRENDE PARA LA DETERMINACIÓN Y RECAUDACIÓN DE LOS CRÉDITOS FISCALES.
EL CÓDIGO FISCAL CONTIENE DISPOSICIONES GENERALES PARA EL COBRO DE LOS IMPUESTOS, QUE DE FORMA PARTICULAR SE ENCUENTRAN EN CADA LEY FISCAL EN FORMA ESPECIALIZADA.
ESTOS PRECEPTOS ALUDEN A MATERIAS DIVERSAS
...