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El Registro Civil


Enviado por   •  19 de Junio de 2013  •  Ensayo  •  1.655 Palabras (7 Páginas)  •  399 Visitas

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stado civil

El Registro Civil

Circulares e Instrucciones

Trámites

Normativa

El Registro Civil es un registro en el que se inscriben los hechos concernientes al estado civil de las personas.

¿Qué se inscribe en el Registro Civil?

¿Cuáles son los órganos del Registro Civil?

¿Cómo se organiza el Registro Civil?

¿Qué Registro es competente en cada caso?

Efectos de la inscripción en el Registro Civil.

¿Cuánto cuesta inscribir en el Registro Civil?

Publicidad del Registro Civil.

¿Qué es el Registro Civil Central?

Organización del Registro Civil Central.

Nuevos folletos del Registro Civil Central.

Normativa.

¿Qué se inscribe en el Registro Civil?

En el Registro Civil se inscriben:

El nacimiento.

La filiación.

El nombre y apellidos y cambios sobre los mismos.

La emancipación y habilitación de edad.

Las modificaciones judiciales de la capacidad de las personas o que éstas han sido declaradas en concurso, quiebra o suspensión de pagos.

Las declaraciones de ausencia o fallecimiento.

La nacionalidad y vecindad.

La patria potestad, tutela y demás representaciones que señala la Ley.

El matrimonio.

La defunción.

¿Cuáles son los órganos del Registro Civil?

Institucionalmente el Registro Civil es único.

Conforme al artículo 10 de la Ley del Registro Civil, el Registro Civil está integrado por los Registros Municipales a cargo del Juez de 1ª Instancia, asistido del Secretario, por los Registros Consulares, a cargo de los Cónsules de España en el extranjero y por el Registro Civil Central.

Los Registro Civil Municipales Principales son 431. De ellos 15 son exclusivos dedicados únicamente a tareas de Registro Civil. El resto se encuentra a cargo de un Juez de 1ª Instancia asistido por un secretario que realizan actividades registrales de forma parcial.

Los Juzgados de Paz, actuando asimismo como Registros Civiles Municipales Delegados. En la actualidad existen 7.667.

En cada demarcación consularEste enlace se abre en una nueva pantalla existe una oficina del Registro Civil. En la actualidad existen 177.

¿Cómo se organiza el Registro Civil?

El Registro Civil se divide en cuatro secciones:

La primera, de Nacimientos y general;

La segunda, Matrimonios;

La tercera, Defunciones;

La cuarta, Tutelas y representaciones legales.

¿Qué Registro es competente en cada caso?

Los nacimientos, matrimonios y defunciones han de inscribirse en el Registro del lugar en que ocurren. Si se desconoce dicho lugar, la inscripción de nacimiento o defunción se hará en el Registro correspondiente a aquel en que se encuentre el niño abandonado o el cadáver.

Para la inscripción de los nacimientos, matrimonios y defunciones ocurridos en el curso de un viaje será competente el del lugar en que se dé término al mismo. Si se tratare de fallecimiento, el del lugar donde haya de efectuarse el enterramiento o, en su defecto, el de primera arribada.

No obstante lo anterior, los nacimientos acaecidos en territorio español, cuando su inscripción se solicite dentro del plazo, podrán inscribirse en el Registro Civil Municipal correspondiente al domicilio del progenitor o progenitores legalmente conocidos. En este caso se considerará a todos los efectos legales que el lugar del nacimiento del inscrito es el municipio en el que se haya practicado el asiento. Las certificaciones en extracto sólo harán mención de este término municipal.

También es competente el Registro Civil Municipal cuando se trate de la inscripción del nacimiento por adopción o adquisición de la nacionalidad española a que se refieren expresamente los apartados 3 y 4 del artículo 16 de la Ley del Registro Civil.

Efectos de la inscripción en el Registro Civil.

El Registro Civil constituye la prueba de los hechos inscritos. Sólo en los casos de falta de inscripción o en los que no fuera posible certificar (obtener certificación) el asiento se admitirán otros medios de prueba, pero en el primer supuesto será requisito indispensable para su admisión que, previa o simultáneamente, se haya instado la inscripción omitida o la reconstitución del asiento.

¿Cuánto cuesta inscribir en el Registro Civil?

Son enteramente gratuitos los asientos del Registro Civil, las licencias de enterramiento y los expedientes relativos al Registro Civil no expresamente exceptuados.

Publicidad del Registro Civil.

El Registro Civil es público para quienes tengan interés en conocer los asientos, salvo en los siguientes casos, que impiden que se dé publicidad sin autorización especial

De la filiación adoptiva o desconocida o de circunstancias que descubran tal carácter y del cambio del apellido Expósito u otros análogos o inconvenientes.

De la rectificación del sexo.

De las causas de privación o suspensión de la patria potestad.

De los documentos archivados, en cuanto a los extremos citados en los números anteriores o a circunstancias deshonrosas o que estén incorporados en expediente que tenga carácter reservado.

Del legajo de abortos.

De los cambios de apellidos autorizados conforme a lo previsto en el párrafo tercero del artículo 208 de este Reglamento.

La publicidad se realiza:

Por manifestación y examen de los libros, previa autorización de su Encargado.

Por certificación de los asientos. (Se puede incorporar un enlace con la sede hacia la obtención de certificados)

¿Qué es el Registro Civil Central?

El Registro Civil Central es un registro dependiente del Ministerio de Justicia en el que se inscriben los hechos para cuya inscripción no resulte competente ningún otro Registro y aquéllos que no puedan

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