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Registro Civil


Enviado por   •  2 de Marzo de 2013  •  3.060 Palabras (13 Páginas)  •  398 Visitas

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República Bolivariana de Venezuela

Ministerio del Poder Popular para la Educación universitaria

Aldea “Trina de Moreno”

Misión Sucre

Acarigua – Edo. Portuguesa

Integrante:

Fanely Graterol

3er Año. 1 Trimestre

Sección: única F/S

Profesora: Betsey Salcedo

Acarigua, Febrero de 2.012

INTRODUCCIÓN

El registro civil es una institución de gran importancia en el país, pues es a través de él se lleva un registro detallado de Estado Civil de las personas y de las modificaciones que este pueda sufrir.

En sus inicios el Registro del Estado Civil, era llevar por los Sacerdotes Católicos sin que fuera esto una obligación contemplada en la ley; pero con el pasar de los años tal Registro cobro importancia y quedo estipulado en la ley que se debían inscribir en el Registro Civil todas las actas y partidas referentes el Estado Civil de las personas naturales.

Así es como se llego a contemplar las funciones especificas del Registro del Estado Civil y aun mas, llego a establecerse por mandato constitucional a quien correspondía llevar todo lo referente a dicho registro; esto es la Comisión de Registro Civil y Electoral. A tal comisión corresponde según la Constitución de 1999, mantener, organizar, dirigir y supervisar el Registro Civil y Electoral. Es de acotar que es en la constitución de 1999 donde por primera vez se da rango constitucional a esta institución, ya que las anteriores constituciones no contenían estipulación alguna acerca del Registro Civil.

Con el Registro Civil se logra mantener un registro de las personas y las afectaciones que haya sufrido su Estado Civil en cuanto a nacimiento, matrimonio y defunción se refiere, por tanto es importante mencionar la relevancia que tiene para nosotros como venezolanos el Registro DEL Estado Civil, pues es a través de la institución que se puede comprobar la certeza y veracidad del Estado Civil, otorgándole la presunción de verdad legal oponible a terceros.

El Registro Civil

Es un organismo administrativo o servicio público, encargado de dejar constancia de los hechos o actos relativos al estado civil de las personas naturales, así como otros que las leyes le encomienden.

En el Registro Civil se inscriben los nacimientos, la filiación, el nombre y apellido de las personas, los fallecimientos reales o presuntos, los matrimonios. Asimismo, puede corresponderle, según el país, el registro de las guardas, la patria potestad, las emancipaciones y las nacionalizaciones.

Funciones del registro civil son, por tanto, las siguientes:

La constancia y publicidad de los hechos y circunstancias concernientes al Estado Civil.

La cooperación a la formación de alguno de los actos que afectan a tal estado.

Facilitar medios de prueba que suponen auténticos títulos de legitimación para la acreditación del estado civil.

Los hechos concernientes al estado civil de las personas que constituyen su objeto son los siguientes:

El nacimiento.

La filiación.

El nombre y los apellidos.

La emancipación.

Las modificaciones judiciales de la capacidad de las personas o la declaración de estas en situación de concurso, quiebra o suspensión de pagos.

Las declaraciones de ausencia o fallecimiento.

La nacionalidad y la vecindad civil.

La patria potestad y la tutela.

El matrimonio.

La defunción.

Definición de uniones estables de hecho

La unión estable de hecho, es la cohabitación o vida en común, elemento que puede ser sustituido por la convivencia en visitas constantes, socorro mutuo, ayuda económica reiterada, vida social conjunta, e hijos, entre un hombre y una mujer, sin impedimentos para contraer matrimonio, tal unión será con carácter de permanencia (dos años mínimo), y que la pareja sea soltera, formada por divorciados o viudos entre sí o con solteros, sin que existan impedimentos dirimentes que impidan el matrimonio. Y para reclamar posibles efectos civiles del matrimonio es necesario que una sentencia definitivamente firme la reconozca, siendo la relación excluyente de otras con iguales características.

Como lo establece:

De las Uniones Estables de Hecho

Artículo 117:

Inscripción

Las uniones estables de hecho se registrarán en virtud de:

1. Manifestación de voluntad.

2. Documento auténtico o público.

3. Decisión judicial.

Artículo 118:

Manifestación de voluntad

La libre manifestación de voluntad efectuada entre un hombre y una mujer, declarada de manera conjunta, de mantener una unión estable de hecho, conforme a los requisitos establecidos en la ley, se registrará en el libro correspondiente, adquiriendo a partir de este momento plenos efectos jurídicos, sin menoscabo del reconocimiento de cualquier derecho anterior al registro.

Artículo 119:

Decisión judicial

Toda decisión judicial definitivamente firme que declare o reconozca la existencia de una unión estable de hecho, será insertada en el Registro Civil. Los jueces y las juezas de la República Bolivariana de Venezuela deben remitir copia certificada de la decisión judicial definitivamente firme a las oficinas municipales de Registro Civil, para su inserción en el libro correspondiente.

Artículo 120:

Contenido del acta

Las actas de las uniones estables de hecho, además de las características generales, deberán contener:

1. Identificación completa de las personas que declaran la unión estable de hecho.

2. Identificación completa de los hijos y las hijas, número, año y oficina de las respectivas inscripciones de nacimiento, si estuvieren inscritos.

3. Identificación completa de los hijos y las hijas que se hayan reconocido en el acto; el número, año y oficina de las respectivas actas de nacimiento, si estuvieren inscritos.

4. Identificación del poder especial si la unión estable de hecho se inscribe por medio de apoderado o apoderada.

5. Manifestación expresa de las personas de mantener la unión estable de hecho.

6. Indicación de la fecha a partir de la cual se inició la unión estable de hecho.

7. Mención expresa del estado civil de las personas que declaran la unión estable de hecho, que en ningún caso podrán ser casadas, ni mantener registrada otra unión estable de hecho.

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