LA LEY FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES Y LA COMUNICACIÓN SATELITAL
Enviado por edgoga • 10 de Junio de 2013 • Tesis • 1.016 Palabras (5 Páginas) • 281 Visitas
LA LEY FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES Y LA COMUNICACIÓN SATELITAL
SUMARIO: I. Introducción. II. Disposiciones generales. III. De las concesiones. IV. De las concesiones para la comunicación satelital. V. Consentimiento previo vs. libertad irrestricta. VI. Reciprocidad satelital. VII. Sistemas de satélites nacionales. VIII. Periodos de transición. IX. Rescate y cambio de frecuencias. X. Revocación de las concesiones. XI. De la comunicación satelital. XII. De la requisa. XIII. Sanciones. XIV. Conclusiones.
I. INTRODUCCIÓN
El 8 de junio de 1995, entró en vigor la Ley Federal de Telecomunicaciones, un día después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. La Ley, de ahora en adelante LFT, está compuesta de 74 artículos y 11 transitorios, divididos en IX capítulos. El texto legal adoptado viene a colmar una necesidad imperiosa, en materia de telecomunicaciones nacionales, y proporciona un marco normativo claro y, por lo general, adecuado y preciso. La Ley conjuga la claridad con la sencillez de sus disposiciones. Seguramente, la principal virtud de la LFT es la de reunir en un solo instrumento legislativo, disposiciones en materia de telecomunicaciones que, en el pasado, se encontraban dispersas en distintos ordenamientos legales, como la Ley de Vías Generales de Comunicación, la Ley General de Radio y Televisión, y la Ley General de Bienes Nacionales, entre otros. Otra de las características singulares por su importancia, es la apertura que se contempla en la materia, tanto respecto a la participación privada nacional como la extranjera. Esta última, en consonancia con los compromisos internacionales recientes asumidos por el Estado mexicano, sobre todo, a partir de la entrada en vigor del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLC),1 el 1 de enero de 1994, que liberaliza las telecomunicaciones en el país.2
El propósito del presente ensayo, como lo sugiere el título, es examinar, únicamente, los aspectos pertinentes de la LFT por lo que toca a la comunicación vía satélite, dejando para otra oportunidad el tratamiento íntegro del texto legal aprobado por el Congreso de la Unión.
II. DISPOSICIONES GENERALES
En su artículo 1, el ordenamiento define el alcance de la materia a normar, cuando ha estipulado lo siguiente: "La presente Ley es de orden público y tiene por objeto regular el uso, aprovechamiento y explotación del espectro radioeléctrico, de las redes de telecomunicaciones y de la comunicación vía satélite". Hemos de deplorar que el artículo citado no uniforme su nomenclatura con los artículos 3o., XII y 4o., que no son tan genéricos y, a su vez, se refieren más adecuadamente a sistemas de comunicación vía satélite, y no únicamente a la comunicación vía satélite.
Rectoría del Estado
El artículo 2o., afirma el principio de la rectoría del Estado en materia de telecomunicaciones, por lo cual está llamado a proteger la seguridad y la soberanía de la nación. En seguida, el propio artículo dispone, en su segundo párrafo, una cláusula de la mayor importancia al señalar que, en todo momento, el Estado mexicano mantendrá el dominio sobre el espectro radioeléctrico y sobre las posiciones orbitales asignadas al país. Esto significa que es incuestionable, en toda circunstancia, la soberanía de la nación sobre la totalidad del espectro
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