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Preclusion


Enviado por   •  21 de Abril de 2015  •  1.036 Palabras (5 Páginas)  •  638 Visitas

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Preclusión

1.- Efecto del transcurso de los plazos y de la finalización de los términos consistente en hacer imposible o completamente ineficaces los actos correspondientes.

2.- Pérdida o extinción de una facultad o potestad procesal por no haberse ejercido en la oportunidad que determina la ley.

La preclusión puede ser absoluta o relativa. Es absoluta cuando extingue la opción de ejecutar un acto para cualquier situación que se dé dentro de un proceso. Es relativa cuando sólo opera en determinados momentos y se tiene la opción de volver o continuar con el acto en otra oportunidad procesal.

Es el resultado procesal que acarrea el vencimiento del plazo o término judicial: el acto que no se realizó dentro del tiempo previsto en el plazo ya no podrá realizarse; es decir, es un acto precluido. En definitiva, la regla general es que no cabe la restitución del término o reapertura del plazo procesal. Este es siempre preclusivo. Transcurrido el término sin que se haya realizado el acto cuestionado, el órgano jurisdiccional dará de oficio al proceso el curso que corresponda, dictando los proveídos necesarios.

Diferencias entre Preclusión, Caducidad y Prescripción

Preclusión

Cuando hablamos de preclusión, hacemos referencia a “la pérdida, extinción o caducidad de una facultad o potestad procesal por no haber sido, la misma, ejercida a tiempo“, teniendo en cuenta siempre que esta se basa en el orden y disposición en que se desarrollan los actos procesales. De su consideración estrictamente legal o jurídica, dependerá la aparición o no de la misma. La preclusión existe para evitar las imprecisiones procedimentales y la dilación indebida del proceso. Digamos que se relaciona con los aspectos temporales del proceso. La palabra “preclusión” hace referencia al castigo que conlleva el no llevar a cabo un procedimiento dentro del término legal, una sanción por ejercer una acción fuera del tiempo oportuno y propuesto a tal fin. A la preclusión se puede llegar desde diferentes vías, bien por no haber cumplido el orden legislado, bien por haber realizado dos actividades incompatibles entre sí, bien por haber consumado ya dicha acción.

Caducidad

En cuanto a la caducidad, en el ámbito del Derecho, explicaremos que se trata de la pérdida del derecho a ejercer la acción legal que le corresponde a una persona, que, si bien teniendo la posibilidad de ejercer dicho acto, no lo ha hecho dentro de un plazo de tiempo perentorio. Se trata de un tipo de extinción procesal que se da sin llegarse a la sentencia definitiva, fruto de la mencionada inactividad por parte de las personas interesadas. Además, cuando la caducidad sucede en primera instancia, la acción iniciada no se extingue, sino que puede dar lugar a un nuevo juicio.

Prescripción

Por otro lado, la prescripción es un “recurso legal” utilizado en muchísimas ocasiones, pues permite la adquisición de bienes (prescripción adquisitiva o usucapión) o la extinción del derecho de ejercer una acción contra el artífice de la falta o delito, la forma de librarse de una obligación (prescripción liberatoria o extintiva), porque ha transcurrido más del tiempo legal recogido para tal fin. En principio, todos los derechos son susceptibles de prescribir, con algunas excepciones que encontramos en los derechos indisponibles (derecho a la vida, derecho a la imagen…).

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