"Sobre la Paz Perpetua." Inmanuel Kant
Enviado por mdavid1174 • 20 de Junio de 2019 • Ensayo • 3.733 Palabras (15 Páginas) • 455 Visitas
Ensayo: "Sobre la Paz Perpetua." Inmanuel Kant
Immanuel Kant (1724 - 1804), fue un filósofo prusiano de la Ilustración, precursor del idealismo alemán, considerado como uno de los pensadores más influyentes de la Europa moderna y de la filosofía universal. Publicó en el año de 1795 el ensayo denominado: "Sobre la paz perpetua", objeto del presente análisis. A tales efectos, basado en el concepto de análisis, que consiste en descomponer un todo en sus partes, inicialmente se presentará la revisión del citado texto, y luego se plantearán una serie de reflexiones particulares y una conclusión final.
En el documento "sobre la paz perpetua", Kant propone la creación de una Federación de Estados independientes, que ofrezcan las garantías de un Estado de Derecho, sustentados en una Constitución Republicana, que garantice la libertad de sus ciudadanos, asegure la dependencia de todos ellos respecto a una misma legislación, y defienda su igualdad, con la finalidad de favorecer la paz mundial.
Este ensayo está estructurado en dos (02) secciones, la primera sección está compuesta por seis (06) artículos preliminares; la segunda sección está compuesta por tres (03) artículos definitivos. Asimismo, el documento posee dos (02) suplementos y dos (02) apéndices, alrededor de los cuales se desarrolla su reflexión.
En sus artículos preliminares, Kant establece las condiciones necesarias para evitar la guerra entre los pueblos. El primer artículo preliminar afirma que no debe considerarse válido ningún tratado de paz que se haya celebrado con la reserva secreta sobre alguna causa de guerra en el futuro. Expresa que la paz debe ser sincera y en este caso, es preciso traer a colación lo sucedido en la I y II Guerra Mundial. En función de los postulados de Kant surge una interrogante: Fue realmente el tratado del fin de la I Guerra Mundial un tratado de sincera paz o simplemente impulsó los deseos de colonialismo y expansionismo de Naciones como Alemania y los deseos insaciables de Hitler de expandir su territorio y de obtener recursos, que desencadenaron en la II Guerra Mundial???
El segundo artículo preliminar expresa que: "... Ningún Estado independiente podrá ser adquirido por otro mediante herencia, permuta, compra o donación..." En este punto, Kant enfatiza que un Estado no es un patrimonio, así como el suelo sobre el cual tiene su sede. Es necesario considerar las diferencias entre el concepto de Estado y territorio, no obstante, puede citarse por ejemplo, el caso de la venta de los territorios de Alaska a los EE.UU. por parte de Rusia. Hay que aclarar que fue una venta de "Territorio", pero aquí se abre una discusión para determinar la legitimidad de esta forma de obtención de territorios, tomando en cuenta que conforme los postulados de Kant, éstos se referían a los prejuicios sobre los modos de adquisición de territorios de los Estados como instrumentos para ampliar las posesiones territoriales.
El tercer artículo preliminar estipula que los ejércitos permanentes deben desaparecer totalmente con el tiempo, "...pues suponen una amenaza de guerra para otros Estados, con su disposición a aparecer siempre preparados para ella y a fin de cuentas, resulta más opresiva la paz que una guerra corta..." En contraste, es menester citar preceptos de otros pensadores tales como Vegeccio: "...Si vis pacem, parabellum...", que traduce: "...Si quieres paz, prepárate para la guerra..." Asimismo, en este artículo, Kant manifiesta que: "...otra cosa muy distinta es defenderse y defender a la patria de los ataques del exterior con las prácticas militares voluntarias de los ciudadanos..." En este sentido, es factible determinar la legitimación, conforme a los postulados de Kant, de la concepción defensiva territorial de la República de Venezuela en la actualidad, la cual según el Concepto Estratégico Militar para la Defensa Integral de la Nación, es de naturaleza defensiva, pero nunca renunciará a la ofensiva si fuera necesario, en función de defender la independencia y soberanía de la Nación. Igualmente, ha de citarse el Principio Constitucional de Corresponsabilidad, contenido en la CRBV, atendiendo a que la seguridad y defensa integral de la Nación son responsabilidad del Estado conjuntamente con la Sociedad Civil. De igual manera, Kant establece en este artículo que "... lo mismo ocurriría con la formación de un tesoro, pues, considerado por los demás Estados como una amenaza de guerra, les forzaría a un ataque adelantado si no se opusiera a ello la dificultad de calcular su magnitud..." Kant infiere que del poderío militar, de las alianzas estratégicas y coaliciones, o del dinero y búsqueda de recursos, este último es el más factible para producirse una declaración de guerra.
El cuarto artículo preliminar indica que "... No debe emitirse deuda pública en relación con los asuntos de política exterior..." Kant manifiesta que: "... esta fuente de financiación no es sospechosa para buscar, dentro o fuera del Estado, un fomento de la economía, pero un sistema de crédito, como instrumento en manos de las potencias para sus relaciones recíprocas, puede crecer indefinidamente y resulta siempre un poder financiero para exigir en el momento presente las deudas garantizadas..." En este sentido, es preciso acotar que las relaciones comerciales entre Estados y especialmente lo relacionado con otorgamiento de créditos y otro tipo de empréstitos pueden crear compromisos que al final se traducen en posibilidades de guerra, o de condicionamiento de apoyo para la guerra (coaliciones) a la hora de honrar dichos compromisos.
El quinto artículo preliminar expresa: "...Ningún Estado debe inmiscuirse por la fuerza en la constitución y gobierno de otro..." Kant considera que no hay derecho a ello y tácitamente se refiere al derecho a la autodeterminación de los pueblos, e igualmente, puede interpretarse que ningún Estado puede abrogarse sobre sí el deber de ser policía del mundo o tomar acciones injerencistas sobre otro, bajo ningún pretexto.
El sexto artículo preliminar establece que "...Ningún Estado en guerra con otro debe permitirse tales hostilidades que hagan imposible la confianza mutua en la paz futura, como el empleo en el otro Estado de asesinos, envenenadores, el quebrantamiento de capitulaciones, la inducción a la traición, etc..." En este aspecto, Kant se refiere a estratagemas deshonrosas, aduciendo que aún en plena guerra, ha de existir alguna confianza en la mentalidad del enemigo, so pena de no acordarse nunca la paz y por el contrario, que las hostilidades se desvíen hacia una guerra de exterminio. Obviamente, este artículo puede relacionarse actualmente con los convenios y tratados de Ginebra, e igualmente, la guerra de exterminio puede relacionarse fácilmente con los conflictos bélicos donde se haga uso de armas nucleares. Asimismo, es pertinente determinar si la promoción de milicias, grupos armados y otros tipos de perturbaciones y actividades injerencistas en disputas internas de Estados, llevados a cabo por algunos Estados, tales como los EE.UU, por citar sólo uno, entran dentro de este tipo de estratagemas deshonrosas, considerando que mientras que estas lucha internas no se hayan decidido, la injerencia de potencias extranjeras sería una violación de los derechos de un pueblo independiente y cuya intervención por parte de factores externos, ponen en peligro la autonomía de los Estados.
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