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Asociacion Y Sociedad Civil


Enviado por   •  22 de Enero de 2014  •  968 Palabras (4 Páginas)  •  283 Visitas

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alcanzar los socios por el buen funcionamiento y administración de la sociedad.

Es importante recalcar que tanto las asociaciones y sociedades civiles tienen como objeto el de reunirse varios individuos para realizar un fin común, sin constituir una especulación comercial, siendo su marco regulador el Código Civil vigente de la entidad en la cual se constituye, y no como lo es el Código de Comercio, el cual regula a las personas morales cuyo objeto social es mercantil.

La sociedad es una persona moral y por tanto, tiene un patrimonio propio, formado con las aportaciones de los socios, que garantiza el cumplimiento de las obligaciones sociales, las obligaciones sociales están garantizadas de manera subsidiaria por la responsabilidad ilimitada y solidaria de los socios que administran; los demás socios, salvo convenio en contrario, sólo estarán obligados hasta el importe de sus aportaciones, según el artículo 2707 del CCDF

Cuando los administradores se excedieran en sus facultades, dispone el artículo 2716, las obligaciones contraídas sólo obligan a la sociedad si las ratifica; pero si no lo hiciere, sólo la obligan en razón del beneficio recibido. Para que el contrato de sociedad produzca efectos con relación a terceros, deberá inscribirse en el Registro de Sociedades Civiles. Artículo 2694 del CCDF

3.10. Órganos de la Sociedad

a) Asamblea General: Es el órgano supremo de la sociedad que tiene las facultades señaladas en la ley o en los estatutos.

b) Administración de la sociedad:

- Reglas legales sobre la administración de la sociedad:

I. Puede conferirse a uno o más socios. Si hay socios especialmente encargados de la administración, los demás no podrán contrariar ni entorpecer la gestión de aquéllos, ni impedir sus efectos Artículo 2709 del CCDF

II. Cuando la administración no se hubiere limitado a alguno de los socios, todos tendrán derecho de concurrir a la dirección y manejo de los socios comunes, tomando las decisiones por mayoría y computando la misma por cantidades; pero cuando una sola persona represente el mayor interés y se trate de sociedades demás de tres socios, se necesita por lo menos el voto de la tercera parte de los mismos. Artículo 2709, 2713 y 2719 del CCDF

III. Cuando son varios los socios encargados indistintamente de la administración, sin declaración de que deberán proceder de acuerdo, podrá cada uno de ellos practicar por separado los actos administrativos que crea oportunos. Artículo 2714 del CCDF

IV. Las facultades que no hayan sido concedidas a los administradores, serán ejercitadas por todos los socios, resolviendo los asuntos por mayoría de votos. La mayoría se computará por cantidades; pero cuando una sola persona represente el mayor interés, en sociedades de más de tres socios, se necesita por lo menos el voto de la tercera parte de los mismos. Artículo 2713 del CCDF

V. El nombramiento de socios administradores no priva a los demás del derecho de examinar el estado de los negocios sociales, y de exigir a este fin la presentación de libros, documentos y papeles, con objeto de que puedan hacer las reclamaciones que estimen convenientes,

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