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Civica Y Etica


Enviado por   •  28 de Enero de 2014  •  4.970 Palabras (20 Páginas)  •  241 Visitas

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Código de Ética Médica

Aprobado el 27 de abril de 1995

Indice

ÁMBITO DE APLICACIÓN

I. DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS ÉTICOS FUNDAMENTALES

II. RESPONSABILIDAD SOCIAL DEL MÉDICO DE PROMOVER LA SALUD

III. LA RELACIÓN MÉDICO-PACIENTE

IV. PROBLEMAS ÉTICOS ESPECÍFICOS

V. RELACIÓN CON COLEGAS, CON OTROS PROFESIONALES Y CON LAS INSTITUCIONES

VI. PROCEDIMIENTO PARA SOLUCIÓN DE LOS CONFLICTOS ÉTICOS

VII. OTRAS DISPOSICIONES

Capítulo I - ÁMBITO DE APLICACIÓN

Artículo 1 - Las disposiciones de este Código son obligatorias para todos los médicos socios del Sindicato Médico del Uruguay (SMU). Las infracciones a estas disposiciones se elevarán a la jurisdicción disciplinaria del SMU.

Capítulo II - DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS ÉTICOS FUNDAMENTALES

Artículo 2 - Los profesionales de la medicina deben cuidar la salud de las personas y de la comunidad sin discriminación alguna, respetando la vida y los derechos humanos. Es deber fundamental prevenir la enfermedad y proteger y promover la salud de la colectividad. El médico debe ejercer inspirado por sentimientos humanitarios. Jamás actuará para generar padecimientos no impuestos por razones médicas, ni tratos crueles, inhumanos o degradantes, o para el exterminio del ser humano, o para cooperar o encubrir atentados contra la integridad física o moral. El médico, como integrante del equipo de salud debe desarrollar las acciones necesarias para que el ser humano se desarrolle en un ambiente individual y socialmente sano, para lo cual se basa en una formación profesional reconocida y se guía por los principios y normas éticas establecidos en este Código.

Decálogo de la profesión

Artículo 3 - Es derecho y deber del equipo médico seguir los principios de este «decálogo de valores fundamentales»: 1. Respetar la vida, la dignidad y la libertad de cada ser humano y nunca procurar otro fin que no sea el beneficio de su salud física, psíquica y social. 2. Brindar a la persona todos sus conocimientos para que ésta proteja, promueva y recupere su salud y se haga consciente de cómo controlar por sí misma las causas de su malestar o enfermedad y cómo lograr su reinserción social. 3. Ser consciente de sus propios valores éticos, ideológicos, políticos o religiosos y no utilizar su poder para manipular desde un punto de vista afectivo-emocional, axiológico, económico o sexual. 4. Posibilitar al paciente el encuentro con otro profesional idóneo si él no está en condiciones de ayudarle dentro de sus conocimientos específicos. 5. Hacer, como profesional de la salud y como miembro del SMU, todo lo que esté dentro de sus posibilidades para que las condiciones de atención sanitaria sean las más beneficiosas para sus pacientes y para la salud del conjunto social sin discriminación de ningún tipo (nacionalidad, edad, condición socioeconómica, raza, sexo, credo, ideología, etcétera). 6. Respetar el derecho del paciente a guardar el secreto sobre aquellos datos que le corresponden y ser un fiel custodio, junto con el equipo de salud, de todas las confidencias que se le brindan, y sobre las que no puede decidir sin consultar al paciente. 7. Mantenerse al día en los conocimientos que aseguren el mejor grado de competencia en su servicio específico a la sociedad. 8. Evitar la búsqueda de lucro económico como única motivación determinante en su forma de ejercer la profesión. 9. Ser veraz en todos los momentos de su labor profesional, salvo la existencia de razones éticas preeminentes, para que los pacientes y la sociedad tomen las decisiones que les competen. 10. Valorar el trabajo de equipo tanto con sus colegas como con otros profesionales, en su labor de servicio a la salud de sus pacientes como de la población en general.

Artículo 4 - El progreso científico y tecnológico de la medicina se concertará y utilizará de tal manera que el humanismo esencial de la profesión no resulte desvirtuado.

Capítulo III - RESPONSABILIDAD SOCIAL DEL MÉDICO DE PROMOVER LA SALUD

Artículo 5 - El médico tiene responsabilidad en la calidad de la asistencia tanto a nivel personal como institucional, cualquiera sea el ámbito de su trabajo. Es su deber exigir las condiciones básicas para que ella sea garantizada efectivamente en beneficio de los ciudadanos.

Artículo 6 - El médico sabe que el deterioro del ambiente humano repercute directamente en la salud de los miembros de la sociedad; por eso brindará sus conocimientos y su arte para que tanto sus pacientes como la sociedad en general se hagan responsables de preservar los bienes de la naturaleza que pertenecen a todos.

Artículo 7 - Como parte de un equipo colaborará con la búsqueda de toda morbilidad e investigación éticamente aceptable, que redunde en una mejor atención primaria de la población

Artículo 8 - El médico denunciará el ejercicio de la medicina por parte de personas ajenas a la profesión. Su asociación para ampararles en ella es una falta de ética grave. No debe delegar a otros atribuciones exclusivas de la profesión médica.

Artículo 9 - Todo médico tiene obligación de atender en condiciones físicas y psíquicas adecuadas. Es un grave perjuicio para la salud pública que el médico atienda a los pacientes en estado de intoxicación. La reiteración de esta falta, junto con la negativa a integrarse en un programa de rehabilitación, merecerá medidas disciplinarias.

Artículo 10 - El médico debe distinguir con prudencia entre hechos científicamente comprobados, valores éticos universales y sus opiniones o convicciones personales, en la medida de su importante influencia en el pensar y el sentir social. De igual manera, deberá evitar ser utilizado por los poderes sociales para sugestionar o manipular a terceros.

Artículo 11 - La elección de la medicina como profesión implica asumir determinados riesgos en su salud individual. El médico responderá generosamente ante necesidades extraordinarias como catástrofes, accidentes, epidemias, conflictos bélicos, etcétera, que le exijan entrega y dedicación más allá de su práctica habitual.

Artículo 12 - El médico debe buscar los mejores medios de diagnóstico y tratamiento para sus pacientes. Deberá buscar responsablemente el rendimiento óptimo y equitativo de dichos recursos en las instituciones donde trabaja, evitando todo despilfarro o negligencia en la administración de recursos destinados al mayor número posible de pacientes y denunciando y oponiéndose como ciudadano a todas aquellas situaciones en que esto resulte de la malversación o la mala distribución de los bienes sociales.

Artículo 13 - La colectividad médica debe velar por una adecuada educación médica continua, que incluya la formación en ética médica.

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