Códigos De ética Profesional
Enviado por jhonpanter • 29 de Marzo de 2015 • 2.597 Palabras (11 Páginas) • 170 Visitas
Códigos de ética profesional
Integradora semana 14.
16/01/2015
Jhonatan Palacios Zepeda
Índice.
CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL…………………………………pagina 2.
I. DISPOSICIONES GENERALES…………………………………….pagina 2.
II. LOS DEBERES DEL PROFESIONISTA…………………………..pagina2.
III.LOS DEBERES CON SUS COLEGAS…………………………….pagina 3.
IV.LOS DEBERES CON SUS CLIENTES……………………………pagina 4.
V.DEBERES PARA CON SU PROFESIÓN………………………….pagina 4.
VI.DEBERES ANTE LA SOCIEDAD…………………………………..pagina 5.
REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS…………………………………...pagina 6.
JURAMENTO…………………………………………………………….pagina 6.
PARA EL PROFECIONAL EN MERCADOTECNIA…………………pagina 7.
I. DISPOSICIONES GENERALES…………………………………….pagina 7.
II. LOS DEBERES DEL PROFESIONISTA…………………………..pagina8.
III.LOS DEBERES CON SUS COLEGAS…………………………….pagina 8.
IV.LOS DEBERES CON SUS CLIENTES……………………………pagina 9.
V.DEBERES PARA CON SU PROFESIÓN………………………….pagina 9.
VI.DEBERES ANTE LA SOCIEDAD…………………………………..pagina 10.
REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS…………………………………...pagina 10.
CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL.
Marco conceptual.
La ética profesional es un compromiso ineludible con nosotros mismos, que consiste en tener conciencia de la responsabilidad y el honor que implica ejercer para el país una profesión. Por esta razón la ética profesional siempre estará relacionada con la calidad del trabajo que desempeñamos. El Código de reúne las reglas de juego que debe cuidar todo profesional, si quiere seguir siendo un profesional honorable.
CAPITULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES.
El presente Código encaminara la conducta del profesionista en sus relaciones con la sociedad, las instituciones, sus socios, clientes, superiores, subordinados, sus colegas y consigo mismo por lo que el ejercicio de su profesión y deberá ejercerse con estricto apego y respeto a los principios éticos y los valores morales y sociales que dan cuenta en el presenta código así como los usos , costumbres y tradiciones históricas que no se opongan a los derechos humanos, atendiendo a la adaptación y evolución que experimenten dichos conceptos en la sociedad.
ARTÍCULO 1°.- El profesional tiene el compromiso moral de contribuir a la felicidad de los demás, directa e indirectamente, mediante sus conocimientos y su conducta ética. La sociedad espera, en cada profesional, un individuo incapaz de engaño, de mentir, de faltar a la moralidad.
ARTICULO 2°.- El profesionista entiende que las normas expresadas en el siguiente código no deben representar una exclusión de otras que apoyen los principios y fundamentos básicos morales y éticos que a su vez generan un ejercicio profesional consiente y digno.
CAPITULO SEGUNDO DE LOS DEBERES DEL PROFESIONISTA
ARTICULO 3°.- El profesionista deberá demostrar un elevado interés, tendencia y capacidad, para el ejercicio de las actividades comerciales; desarrollándolas en forma positiva y útil para ejecutar, dirigir, coordinar y asesorar de la mejor manera.
ARTÍCULO 4°.- El profesionista deberá demostrar su ejercicio profesional, disciplina, constancia, eficiencia, lealtad y transparencia en el desempeño de su labor profesional y apego irrestricto a las normas de este código de ética.
ARTÍCULO 5°.- El profesionista tiene la obligación de aceptar su responsabilidad personal al realizar sus trabajos o bien aquellos que otras personas lleven a cabo bajo su supervisión, actuando con el cuidado y la diligencia de un profesional, demostrando siempre calidad y un alto nivel de cumplimiento con los objetivos planteados.
ARTÍCULO 5°.- El profesionista. Aceptará únicamente los cargos para los cuales cuente con los nombramientos necesarios y suficientes y realizando en éstos todas sus actividades con responsabilidad, efectividad y calidad.
ARTÍCULO 6°.- El profesionista tiene la responsabilidad de guardar la mayor discreción con respecto a la información, hechos y circunstancias que sean de su conocimiento y estén relacionados con las personas para la cuales presta sus servicios, salvo aquellos casos que vayan contra la moral y las buenas costumbres o por mandato judicial..
CAPITULO TERCERO DE LOS DEBERES CON SUS COLEGAS.
ARTÍCULO 7°.- El profesionista no debe utilizar trabajos y demás documentación sin autorización de sus legítimos autores para su aplicación en general salvo que la tarea profesional lo requiera.
ARTÍCULO 8°.-. El profesionista debe dar crédito a sus colegas, asesores y subordinados por la intervención de éstos en los asuntos, investigaciones y trabajos elaborados en conjunto.
ARTÍCULO 9°.- El profesionista no debe usar métodos de competencia desleal con los colegas.
ARTÍCULO 10°.-El profesionista debe promover y mantener con sus colegas un espíritu de colaboración, cooperación, apoyo y respeto aun cuando existan diferencias en opiniones teóricas, formativas o metodológicas.
ARTÍCULO 11°.- El profesionista debe fijar para los colegas que actúen como colaboradores o empleados, salarios, honorarios, carga de trabajo, retribuciones o compensaciones justas y adecuadas, acordes con la dignidad de las profesiones y la importancia de los servicios que prestan.
ARTÍCULO 12°.- El profesionista debe respetar la opinión de sus colegas y cuando haya oposición de ideas deberán consultar fuentes de información fidedignas y actuales y buscar asesoría con expertos reconocidos en la materia de que se trate.
ARTÍCULO 13°.- El profesionista debe apoyar a sus colegas en situaciones manifiestas cuando su conocimiento profesional sea limitado
ARTÍCULO 14°.- El profesionista debe reconocer la capacidad y mérito de su colegas tanto en la forma individual como en el trabajo en conjunto.
ARTÍCULO 15°.- El profesionista debe evitar el manejo de información personal de los colegas como un elemento par desprestigiarlo profesionalmente.
ARTÍCULO 16°.- El profesionista debe promover entre los colegas el cumplimiento del Código Ético.
ARTÍCULO 17°.- El profesionista debe intervenir en favor de sus colegas en el caso de injusticia
CAPITULO CUARTO DE LOS DEBERES
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