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Modelos Generales Para El Conocimiento Jurídico Del Buen Gobierno


Enviado por   •  12 de Junio de 2014  •  1.134 Palabras (5 Páginas)  •  313 Visitas

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¿Qué importancia (si es que la tiene) pueden tener los modelos generales para el conocimiento jurídico del buen gobierno?

Los modelos generales y el conocimiento jurídico del buen gobierno, una historia de orgullo y prejuicio.

Los modelos generales han demostrado su utilidad en campos como la economía, administración, geografía (específicamente la geografía humana), etc. Sin embargo existe una aversión a la aplicación de estos modelos en las ciencias sociales, ya sea por orgullo (intentando mantener la forma ortodoxa del quehacer científico) o por prejuicio (por la naturaleza de los modelos al ser estos una abstracción de la realidad que funciona a través de supuestos.) que en vez de notar las virtudes de estos se enfocan en sus limitaciones descriptivas e historiográficas.

La primer parte de este ensayo intentare definir las partes conceptuales de la pregunta tema del mismo (conocimiento jurídico, modelos generales y buen gobierno), en la segunda parte de manera sintética abordare propiamente la importancia de los modelos generales para el conocimiento jurídico del buen gobierno.

El Conocimiento Jurídico.

El conocimiento jurídico se conforma como algo muy complejo de entender debido a que la naturaleza de la que se conforma tiene dos perspectivas; la primera es el contexto de descubrimiento que consiste en la constatación de un fenómeno o simplemente la derivación de una idea más abstracta y la segunda el contexto justificación el cual intenta entender por qué esa creencia es aceptada. Los límites de cada uno de estos contextos están difuminados, lo que hace compleja la identificación de cada uno de ellos.

El conocimiento del cual surge el derecho se conforma como el capital mas valioso para los juristas, aunque la generación y existencia del mismo se encuentre permeada de deliberada ambigüedad y una gran pluralidad de contenidos; es así como refiere Alejandro Nieto cuanto dice: El derecho no es una realidad objetiva dada, preexistente, que se domina mejor o peor según sea la agudeza del conocimiento sino que se va formando maleablemente por el propio conocimiento. El derecho no está condicionado por el conocimiento sino a la inversa, este se constituye como un producto histórico social en lo cual se basa la misma mutabilidad del conocimiento jurídico.

Los Modelos Generales

Los modelos generales como ya mencione antes son abstracciones de la realidad que para funcionar necesitan de supuestos y axiomas. Las bondades de los modelos no radican en si representan fielmente a la realidad tangible (se juzga por su integridad no por sus elementos), sino su capacidad para generar un pronóstico basado en premisas racionales y no predicciones.

Los modelos serian un ejercicio inerte si estos no estuviesen sustentados en teorías bien formuladas, lógicas, y sometidas al rigor científico, dichas teorías (nuevamente) no están sujetas a ser fieles reflejos de la realidad sino abstracciones con las cuales podemos trabajar intelectualmente.

La esencia de una teoría son los conceptos que esta maneja así como la relación entre ellos. El conocimiento teórico conceptual tiene por objeto la comprensión, elaboración y exposición de conceptos abstractos a los que se llega en un proceso de eliminación de las características individuales de los fenómenos reales conocidos.

Una de las grandes críticas a los modelos es precisamente la falta de descripción de la realidad en su totalidad, que no se encuentren dentro de ellos las excepciones a las reglas ni los casos extremos de los fenómenos que intentan explicar, sin embargo a mi parecer esto no es un vicio

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