Ordinarios
Enviado por emacris • 3 de Diciembre de 2013 • 1.052 Palabras (5 Páginas) • 201 Visitas
ORDINARIOS:
Son aquellos que la ley admite respecto de la generalidad de las resoluciones y sin señalar en forma expresa el tipo de error en contra del cual se puede reclamar a través del recurso; el recurso de apelación y la oposición.
EXTRAORDINARIOS:
Son aquellos que la ley normalmente sólo concede en contra de determinadas resoluciones y en los casos y condiciones que ella expresamente señala;, la Revisión civil , Revisión penal, Tercería y la Casación.
La Apelación
Concepto
Es aquel recurso procesal de carácter ordinario, mediante el cual se pretende que el tribunal superior respectivo enmiende, con arreglo a derecho, la resolución del inferior.
Plazos
El art. 443 del CPC: un mes tanto en materia civil como en materia comercial, por ante el juzgado de primera instancia; 15 días, Juzgado de Paz; 15 días, referimientos; en divorcio es de 2 meses;
Efectos de la Apelación
El recurso de apelación de manera general tiene dos efectos que son: suspensivo y devolutivo. Estos efectos se aplican tanto a las sentencias penales como a la civiles, comerciales, laborales y en materia de tierras.
Efecto Suspensivo: Una vez interpuesto el recurso no se puede iniciar la ejecución, y si se ha iniciado, hay que suspenderla. El plazo para la interposición del recurso de apelación es suspensivo.
El efecto suspensivo se aplica no solo directamente a la sentencia atacada sino también a las que son consecuencia necesaria de ella.
El efecto suspensivo de la apelación no se aplica cuando el tribunal ha declarado su sentencia provisionalmente ejecutoria según lo establece el artículo 127 de la ley no. 834.
Efecto Devolutivo
El asunto es conocido por el segundo grado, en la misma extensión que lo fue en primer grado. Las únicas limitaciones son las que resultan del recurso mismo. Conoce de hecho y de derecho y puede ordenar medidas de instrucción.
RECURSO DE OPOSICIÓN
Concepto
Es una vía de recurso ordinaria de retractación para el defectuante, mediante la cual el litigio vuelve al tribunal. Solo pueden ser recurridas en oposición aquellas sentencias que hayan sido dictadas en defecto. Para que una sentencia sea dictada en defecto es preciso que la parte correspondiente debidamente citada para un día y hora determinados no comparezca o que habiendo comparado no concluya, ya sea como incidente o sobre al fondo.
Efectos de la Oposición
Tanto en materia penal como en materia civil la oposición surte los mismos efectos; pero hay que tomar en cuenta primero que toda oposición hecha a una sentencia de oposición es nula, y segundo que la no comparecencia del oponente a la audiencia donde se conocerá la oposición anulara el recurso.
Efecto suspensivo
Al tratarse de un recurso ordinario, la oposición tiene como efecto la suspensión de la ejecución de la sentencia recurrida, excepcionalmente en materia civil, la oposición no suspende la ejecución de la sentencia en defecto, cuando la ley permite la ejecución provisional, o cuando el tribunal la haya ordenado cuando exista peligro de la demora.
Efecto devolutivo
El recurso de oposición no plantea un nuevo proceso, sino el mismo que fue decidido por la sentencia en defecto, anteriormente por el tribunal, no es más que el procedimiento para darle continuidad al la instancia o proceso que origino
...