ROCEDIMIENTO PARA LLEVAR ACABO UNA EXPROPIACIÓN
Enviado por marianadeanda1 • 5 de Octubre de 2016 • Resumen • 2.897 Palabras (12 Páginas) • 359 Visitas
CAPITULO 1: Derecho económico [pic 1]
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PROCEDIMIENTO PARA LLEVAR ACABO UNA EXPROPIACIÓN
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COMISIÓN FEDERAL DE COMPETENCIA ECONÓMICA
Es un órgano administrativo, nos dice que su función es prevenir, investigar y combatir los monopolios. A continuación se muestran más a detalle las atribuciones que tiene la comisión:
- Realiza investigaciones para determinar la existencia de monopolios.
- Efectúa visitas de investigación, en donde puede requerir papeles o cualquier documentación para verificar que si se esté siguiendo y cumpliendo la LFCE.
- Debe emitir resoluciones y en dado caso de incumplimiento debe aplicar sanciones administrativas contempladas por la LFCE.
- Ordenar suspensión de conductas monopólicas.
- Emitir una opinión respecto a las consultas que realicen los agentes económicos.
- Publicar al menos cada 5 años, criterios técnicos en materia de imposición de sanciones.[pic 34]
PRACTICAS MONOPOLICAS
Gutiérrez nos explica el concepto de competencia perfecta y esto es cuando, uno, están presentes un gran número de compradores y vendedores, también cuando los productos en el mercado son “homogéneos” ya que a los compradores no les interesa mucho quien sea el vendedor si no que el precio sea de su agrado o conveniente. Tres, cuando no hay barreras de restricciones de entrada o salida y por último, cuando los consumidores tienen acceso permanente a una información completo, esto podría ser en las páginas WEB en donde se ofrecen productos y su precio el cual puede ser comparado con el de otras tiendas y poder finalmente tomar una decisión que les convenga.
Un mercado monopólico es cuando existe un solo comprador o un solo vendedor, por las razones de que la barrea de entrada al mercado son altas, también debido a una ocurrencia natural. La consecuencia de esto, por consiguiente sería que dicho agente no se verá restringido o amenazado por la competencia, logrando así beneficios desmedidos.
Gutiérrez esquematiza dos tipos de acuerdos:
- Acuerdos horizontales: celebrados entres 2 o más agente económicos que operan en el mismo nivel.
- Acuerdos verticales: celebrado entre 2 o más agentes económicos, operan para efectos del acuerdo específico en diferentes niveles del proceso de producción.
PRÁCTICAS MONOPOLICAS ABSOLUTAS
Son sancionadas automáticamente, por una simple comisión son consideradas ilegales sin importan el daño que causen.
Se consideraran prácticas económicas cuyo objeto o efecto sean los siguientes:
- Fijación de precios: fijar, elevar o manipular el precio de venta o compra de bienes.
- Restricción de abasto: de no producir, distribuir y comercializar sino solamente una cantidad restringida
- División de mercado: cuando los agentes económicos realizan acuerdos para distribuir o asignar porciones de un mercado actual
- Arreglo de licitaciones: los agentes económicos hacen subastas con el fin de que alguno de ellos sea el ganador de estas.
PRÁCTICAS MONOPÓLICAS RELATIVAS
Estas dependen de la existencia de determinados presupuestos y de una declaración de la COFECO para que puedan ser consideradas ilegales.
Los presupuestos para determinarlas ilegales son: La posibilidad de un agente económico para influenciar el precio y la producción de un bien o servicio. Debe considerarse si tienen la capacidad de manipular los precios y cantidades de manera unilateral o si existen barreras de entrada.
Regla general para determinar prácticas monopólicas:
- División de mercado
- Restricción vertical de precios
- Ventas atadas
- Acuerdos de exclusividad
- Denegación de trato
- Boicot
- Depreciación de precios
- Descuentos por lealtad
- Discriminación de precios
- Elevación de costos a un rival.
CONSIDERACIONES SOBRE LAS PRACTICAS MONOPOLICAS RELATIVAS
Se requiere la presencia de varios elementos que tendrá que determinar la PROFECO:
- La práctica se contempla en el artículo 11 de la LFCE.
- Si el agente económico tiene poder sustancial sobre el mercado relevante.
- Si el objeto de la conducta es excluir indebidamente el acceso de otros competidores.
- Que la conducta no tenga como fin la generación de “eficiencias”.
(De no presentarse todos estos elementos, no será sancionable.)
LAS CONCENTRACIONES
La concentración es “la fusión, adquisición de control o cualquier acto por virtud del cual se concentren sociedades, asociaciones, acciones, partes sociales, fidecomisos o activos en general que se realice entre competidores, proveedores, clientes o cualesquiera otros agentes económicos.“
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