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Responsabilidad


Enviado por   •  7 de Abril de 2013  •  328 Palabras (2 Páginas)  •  328 Visitas

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El procedimiento para la aplicación de sanciones por responsabilidad administrativa lo establece la ley con toda precisión en su artículo 64, para la imposición de sanciones por parte de la Secretaría de la Contraloría, pero estableciendo que el mismo se aplicará, en cuanto sea aplicable, en los casos de sanciones impuestas por las contralorías internas de las dependencias (artículo 65).

La necesidad de regular el procedimiento con precisión responde al principio básico de justicia de la garantía de audiencia, que implica el deber de informar al infractor con claridad las causas y razones de la responsabilidad que se le imputa, así como el derecho de ser oído en su descargo y defensa.

De acuerdo con esto, el procedimiento consiste en un citatorio con expresión de las responsabilidades que se imputan para la audiencia de investigación administrativa, la que se deberá verificar entre los cinco y quince días posteriores a la fecha de notificación del citatorio. En la audiencia, a la que debe acudir el representante de la dependencia, el servidor público tendrá la oportunidad de presentar y desahogar las pruebas con que cuente en su defensa.

Una vez desahogadas las pruebas, la secretaría contará con un plazo de treinta días hábiles para resolver, sea exonerando o imponiendo sanciones administrativas. Su resolución deberá notificarla dentro de un plazo de setenta y dos horas, al interesado, a su jefe inmediato, al representante de la dependencia y al superior jerárquico. En caso de que en la audiencia se encontrara con que no se cuenta con los elementos suficientes para resolver, o que existen otras posibles causas de responsabilidad, se podrán ordenar investigaciones y realizar, mediante

los correspondientes citatorios, otras audiencias.

De todas las diligencias que se practiquen durante el proceso debe levantarse acta (artículo 66), y las resoluciones de la Secretaría de la Contraloría constarán por escrito y se llevará registro de las mismas (artículo 68). Finalmente, únicamente señalar que las resoluciones que impongan sanciones podrán ser impugnadas por los servidores públicos sancionados ante el *************.

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