Textos Santo Tomás
Enviado por grahamgronkowski • 22 de Abril de 2015 • 1.271 Palabras (6 Páginas) • 176 Visitas
Razón y fe
Texto nº1: "La existencia de Dios y otras verdades naturales que acerca de Él podemos conocer por discurso natural, como dice el Apóstol, no son artículos de fe, sino preámbulos a los artículos [praeambula ad articulos], y de esta manera la fe presupone el conocimiento natural, como la gracia presupone la naturaleza, y la perfección, lo perfectible" (SANTO TOMÁS DE AQUINO, Suma teológica [1265-73], 1, q. 2, a. 2, trad. De F. Barbado, O.P., vol. I, Biblioteca de Autores Cristianos, Madrid, 1947, p. 151).
La ley en general
Texto nº2: “Legislar corresponde [pertinet] a la comunidad en su conjunto [ad totam multitudinem] o a la persona pública que tiene el cuidado de la comunidad” (SANTO TOMÁS DE AQUINO, Suma teológica, Prima Secundae [en lo sucesivo, 1-2], q. 90, a. 3, trad. de C. Soria, O.P., vol. VI, Biblioteca de Autores Cristianos, Madrid, 1956, p. 40).
Texto nº3: “La ley no es más que una prescripción de la razón en orden al bien común [rationis ordinatio ad bonum commune], promulgada por aquel que tiene el cuidado de la comunidad” (Suma teológica, 1-2, q. 90, a. 4, vol. VI, cit., p. 42).
Ley eterna
Texto nº4: “Como ya dijimos, la ley no es más que el dictamen de la razón práctica en el soberano que gobierna una sociedad perfecta. Pero es manifiesto –supuesto que el mundo está regido por la divina Providencia, como ya quedó demostrado en la Primera Parte- que todo el conjunto del universo está sometido al gobierno de la razón divina. Por consiguiente, esa razón del gobierno de todas las cosas [ratio gubernationis rerum], existente en Dios en cuanto supremo monarca del universo, tiene carácter de ley. Y como la razón divina no concibe nada en el tiempo, sino que su concepción es eterna, por fuerza la ley de que tratamos debe llamarse eterna” (Suma teológica, 1-2, q. 91, a. 2, vol. VI, cit., p. 52).
Texto nº5: “Como en todo artífice preexiste la razón [el modelo, el diseño ideal] de las cosas que se realizan en su arte, así en todo gobernante debe preexistir la razón del orden de aquellas cosas que han de ser realizadas por los que están sujetos a su gobierno. [...] Pues bien: Dios, por su sabiduría, es autor de todas las cosas; a ellas se compara como un artífice a sus artefactos. Por lo tanto, la razón de la divina sabiduría [...] en cuanto mueve todas las cosas hacia su debido fin, tiene carácter de ley” (Suma teológica, 1-2, q. 93, a. 1, vol. VI, cit., p. 90).
Lex fomitis
Texto nº6: “Las distintas criaturas, bajo el divino legislador, tienen distintas inclinaciones naturales; de tal modo que aquella inclinación que para un ser es en cierto modo ley, para otro es contrario a la ley: v.gr., para el perro es como una ley el ser furibundo, y es contrario a la ley para la oveja o cualquier otro animal manso. [...] Así pues, la misma inclinación de la sensualidad –que es lo que llamamos fomes- tiene ciertamente en los demás animales [distintos del hombre] razón de ley, en el sentido en que puede llamarse ley a la inclinación que sienten los animales. Pero, en el hombre, esta inclinación no tiene carácter de ley; al contrario, es una desviación de la ley de la razón” (Suma teológica, 1-2, q. 91, a. 6, vol. VI, cit., p. 65).
Ley natural
Texto nº7: “Siendo la ley [...] regla y medida, puede encontrarse en un sujeto de dos maneras: como en sujeto activo, que regula y mide, o como en sujeto pasivo, regulado y medido. [...] Por eso, como todas las cosas están sometidas a la divina Providencia, [...] es manifiesto que todas las cosas participan de la ley eterna de alguna manera, a saber: en cuanto que por la impresión de
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