Trabajo Práctico Nº 1 de Conocimiento y Educación.
Enviado por Luz Molet • 22 de Octubre de 2017 • Documentos de Investigación • 2.223 Palabras (9 Páginas) • 201 Visitas
Instituto Superior de Profesorado N° 10 “Mateo Booz”.
Carrera: Profesorado de Educación Primaria.
Trabajo Práctico Nº 1 de Conocimiento y Educación.
Apunte: “Las complejas relaciones de la educación con el conocimiento, como perspectiva para pensar los fundamentos del currículo” de Crítica de las razones de educar, Cap. 1.
Profesor: Bataglini, Julio.
Alumnas: Franco, Pamela.
Molet, Luz.
Richard, Miriam.
Riera Torres, Marcia.
Sosa, Daiana.
Fecha de entrega: 19/10/17.
INTRODUCCIÓN:
¿Qué se entiende por fundamentos del currículo? Para responder a esta pregunta, es necesario acordar que el problema de los fundamentos se plantea a partir de la pretensión normativa. Cuando se describe la función del currículo, definida como explicitación fundada de un proyecto educativo, ciertamente hace referencia a establecer las normas para la especificación, evaluación y mejoramiento de los contenidos y procesos de enseñanza y aprendizaje en diversos contextos políticos y socioeconómicos, y servir como código común para la comunicación entre los distintos protagonistas del quehacer educativo.
Entonces, la cuestión de los fundamentos del currículo es un problema de legitimación de las prescripciones sobre la enseñanza que lo definen. Los fundamentos del currículo son, en definitiva, los criterios que legitiman sus prescripciones sobre la enseñanza.
Un primer criterio de legitimación tiene que ver con la coherencia normativa. Este criterio hay que entenderlo en el sentido de que la coherencia supone un “acuerdo” con los principios fundantes de cualquier política educativa. En realidad, se trata del fundamento pedagógico-político, y por lo tanto ético y social, de todo currículo.
Un segundo criterio de legitimación tiene que ver con la consistencia racional de las prescripciones curriculares sobre la enseñanza, tanto en lo que se refiere de procedimientos de construcción y elaboración, como las argumentaciones que permiten comprenderlas, explicarlas y justificarlas. Dicho criterio supone poner en juego la comprensión de las relaciones de la educación con el conocimiento, es decir, se trata del fundamento pedagógico-epistemológico, y por lo tanto, crítico y público, de todo currículo.
Un tercer criterio de legitimación tiene que ver con la prudencia razonable de las prescripciones curriculares sobre la enseñanza, lo cual permitirá su aplicación y eventualmente su transformación. Tal criterio define claramente los alcances de las prescripciones curriculares, en relación con los logros esperables y lo que no es prescriptible curricularmente, dejando libre las decisiones institucionales y áulicas. Alude al fundamento pedagógico-profesional, y por lo mismo, didáctico e institucional, de todo currículo.
Así, las prescripciones curriculares están fundadas en razones políticas, epistemológicas y profesionales. ¿Cuál es el lugar donde se integran estos diversos fundamentos? Claramente, la respuesta se halla en la definición de la función social de la escuela, en tanto se la entiende con toda la carga política, epistemológica y de profesionalidad docente que acarrea. ¿Dónde se construye una real legitimación de dichas prescripciones curriculares? En la escuela, en tanto se considera su función social, que implica verla con la tarea de socializar mediante la enseñanza de conocimientos legitimados públicamente.
DESARROLLO:
¿Por qué estos fundamentos hay que buscarlos en los modos (como explicita la función social de la escuela) de educar mediante el conocimiento?
En realidad un currículo explícita de alguna manera las complejas relaciones del conocimiento con la sociedad.
Define también un modo de entender el conocimiento mismo cuando define los contenidos educativos. Define, finalmente, un modo de entender las relaciones del conocimiento con la vida cotidiana y con las prácticas sociales. En dichas relaciones se explicitan:
- Modelo deseable de sujeto social: Que la socialización de los individuos suponga la construcción de un sujeto social del conocimiento, es el elemento instituyente de la escuela como lugar social donde se enseñan conocimientos y se aprenden conocimientos.
- Criterios de control de la circulación social: Que la definición misma de contenido educativo suponga la construcción de una red de control social de conocimiento que circula y que esa construcción suponga la opción explícita de criterios que legitimen las definiciones tomadas, son elementos constituyentes de la escuela como lugar donde se enseñan conocimientos válidos y se aprenden conocimientos válidos.
- Logros en relación con los fines sociales: Que la definición misma de las relaciones de los contenidos educativos con la vida cotidiana, con las prácticas sociales y con el mismo conocimiento suponga la determinación de fines sociales con el conocimiento, y que esa determinación obligue a definir una gama variada de competencias para el desempeño social y la realización individual donde se enseñan conocimientos válidos y significativos y se aprenden conocimientos válidos y significativos.
¿Qué significa que la escuela socializa mediante la enseñanza de conocimientos legitimados públicamente?
En primer lugar, que la escuela socializa quiere decir, en realidad, que resignifica continuamente procesos socializadores anteriores y simultáneos, interiores de la escuela y exteriores a ella. Lo que si hace, o debe hacer, es resignificar desde la enseñanza.
En segundo lugar, que la socialización sea mediante la enseñanza quiere decir que la escuela recrea continuamente conocimientos producidos en otros contextos sociales distintos del maestro. La escuela no inventa el conocimiento ni monopoliza su circulación. Lo que sí hace es enseñarlo, intencionalmente, sistemáticamente, públicamente.
En tercer y último lugar, que la enseñanza sea de conocimientos legitimados públicamente quiere decir que la escuela enseña a todos, sin restricciones ni exclusiones, de todo, sin censuras ni exclusiones, para todos en un clima democrático y pluralista. Quiere decir por el contrario que legitima lo que enseña públicamente, sin discriminaciones de los sujetos, sin dogmatismo en la selección de los objetos, sin autoritarismos en la práctica de los métodos.
En estas formas de plantear las relaciones con el conocimiento, tanto del sujeto social que enseña como del que aprende, tanto en relación con los contenidos que selecciona como con las competencias que pretende formar, es donde, hay que buscar los fundamentos del curriculo.
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