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ANDERSON, Perry: El Estado Absolutista.


Enviado por   •  19 de Agosto de 2014  •  1.310 Palabras (6 Páginas)  •  309 Visitas

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El Estado Absolutista en Occidente Sufrió grandes modificaciones durante su existencia, una de las más notables es la relación de la clase noble y el absolutismo, de aquí que la periodización real del absolutismo en Occidente debe buscarse en la cambiante relación entre la nobleza y la monarquía.

Primeramente, las monarquías medievales caracterizan a la mezcla inestable de soberanos feudales y reyes ungidos. El soberano feudal era la componente dominante de este modelo monárquico. En el primer periodo medieval, el soberano feudal debía sacar sus rentas (inicialmente en especie, posteriormente en dinero) principalmente de sus propias tierras, en calidad de propietario particular y normalmente gozaría de ciertos privilegios financieros sobre su señorío territorial, sobre todo en cuanto a las rentas las cuales fueron pronto inadecuadas, incluso para las pocas obligaciones gubernamentales del sistema político medieval.

Debieron entonces recurrir al crédito (prestamos de los mercaderes y banqueros), pero esto no les era conveniente a los monarcas feudales porque los banqueros exigían garantías sobre los futuros ingresos reales.

La necesidad de obtener sumas importantes fuera de sus rentas tradicionales arrastro a las monarquías medievales a convocar a los “Estados” de su reino cada cierto tiempo, con objeto de recaudar impuestos. A partir del siglo XIII, estas convocatorias se hicieron cada vez más frecuentes y complejas en la Europa Occidental y las tareas del gobierno feudal se complejizaron y el nivel de finanzas de igual manera se volvió más exigente; de ahí a que su periodicidad variara extraordinariamente de una pías a otro. Sus instituciones, las ordenes político y económico, estaban fundidos en una cadena de deberes y obligaciones personales, carente siempre de una base legal para las recaudaciones generales realizadas por el monarca. Para aumentar los impuestos, los soberanos tenían que adquirir el “consentimiento” de organismos reunidos en asambleas especiales (los Estados). En las recaudaciones ocasionales, como los impuestos sobre el comercio interior o el peaje, pocas asambleas de Estado cedieron el derecho de recaudar impuestos generales y permanentes sin el consentimiento de sus súbditos. Los “Estados del reino” representaban a la nobleza, al clero y a los burgueses urbanos y a parte de su función como instrumento fiscal del estado medieval, cumplían otra función crucial en el sistema: eran las representaciones colectivas de uno de los principios más penetrantes de la jerarquía feudal dentro de la nobleza: el derecho del vasallo a dar su consejo solemne en materias graves que afecten a ambas partes (consilium). En ocasiones, este derecho reforzaba en las crisis internas o externas al proporcionarle un oportuno apoyo político. Estas concepciones al principio, fueron limitadas a los lugartenientes del monarca, quienes formaban su sequito y esperaban ser consultados por su señor en los asuntos importantes del Estado; pero con el desarrollo de los Estados propiamente dichos (siglo XIII), la prerrogativa se fue extendiendo a estas nuevas asambleas, y llego a formar parte de la tradición política de la clase noble en todas partes. El desarrollo de las instituciones de los Estados, no transformo las relaciones entre la monarquía y la nobleza en ningún sentido unilateral. Estas se originaron para extender la base fiscal de la monarquía, incrementando, además el control colectivo de la nobleza sobre la monarquía; y reprodujeron el equilibrio original entre el soberano feudal y sus vasallos en un marco más complejo y eficaz.

Durante toda la edad media el gobierno real descanso sobre los servicios de la amplia burocracia clerical de la iglesia.

El contraste entre ese modelo de monarquía medieval de los Estados y el de la primera época del absolutismo resultó bastante marcado debido a que la gran y silenciosa fuerza estructural que impulso la completa reorganización del poder de clase feudal, a sus ojos quedo oculta. La disolución de la unidad originaria de explotación extraeconómica, y su nueva concentración en la cúspide significo un cambio, una oportunidad de fortuna y de fama para algunos, para otros, la indignidad o la ruina pero para la mayoría, significo un largo proceso y adaptación y reconvención. En este proceso,

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