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ANTECEDENTES DEL DERECHO FISCAL


Enviado por   •  11 de Agosto de 2014  •  1.766 Palabras (8 Páginas)  •  251 Visitas

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ANTECEDENTES DEL DERECHO FISCAL

Prehistoria:

Tal y como pudiere pensarse, los impuestos aparecen con el mismo hombre pues es palpable la tendencia que ha seguido la humanidad en cuanto a la conocida ley del más fuerte, el poderoso ha aprovechado tal posición para que el débil en la mayoría de los casos le aporte tributos, así pues se puede decir que los tributos hacen su aparición en una manera anárquica.

En éste mismo sentido, el fenómeno religioso ha sido aprovechado a tal modo que en la antigüedad sé hacia prácticamente imposible la defraudación de tributos ya que se consideraba que si alguien no cumplía con su deber de pagar, pesarían sobre las calamidades que iban desde enfermedades, demonios, hasta la muerte misma.

El fenómeno religioso no solo fue de trascendencia en las civilizaciones prehistóricas, posteriormente muchas culturas basaron el pago o rendimiento de un tributo a los que ellos idealizaban o consideraban sus dioses.

Así pues desde antes de la aparición de la civilización (entendiendo por ésta como la organización social de nuestra conceptualización actual y moderna) han existido los tributos. En las primeras civilizaciones como la Egipcia ya existían los tributos para el faraón. En esta época también hace su aparición la más antigua forma de tributar: el trabajo personal; tal es el caso de la construcción de la pirámide del rey Keops, los Egipcios también manejaban un control de declaraciones de impuestos de frutos y animales. Este pueblo demostraba su control fiscalía operar con recibos el cobro de los tributos. Dichos recibos consistían en piezas de cerámica que servían como comprobante de pago de determinados tributos.

De tal Suerte, como puede apreciarse, el control y fiscalización no forma parte novedosa de nuestro sistema fiscal, sino que se ha estudiado su desarrollo e implementado lo más conveniente.

Roma:

Definitivamente, al referirnos a la cultura romana en el aspecto tributario, debemos hacer especial énfasis en reconocer, que es en ésta cultura donde se sientan las bases para la regulación de la materia tributaria, que incluso siguen vigentes en nuestros días.

Es precisamente en roma donde surgen los términos tales como aerarium, tributum, fiscus, etc., que desde luego son la terminología fiscal empleada en la legislación nacional y las opiniones doctrinarias contemporáneas

En cuanto al pueblo romano dentro del campo tributario, como experiencias a las nuevas civilizaciones nos dejan las aportaciones de sus emperadores tales como Augusto, que en el tiempo que manejo los destinos del imperio estableció el impuesto del 1% sobre los negocios globales. Tito como emperador del Imperio Romano también decreta el cobro de impuesto por el uso de los urinarios públicos. Existía en este imperio desde una organización bien fundada en el campo tributario hasta la tiranía de sus emperadores como es el caso de Tito, con un impuesto humillante como el citado de los urinarios públicos

Edad media:

En esta época el poderoso estaba representado por el señor feudal, rico por tener abundancia de propiedades, pero que requería de manos útiles para cultivar su tierra y sobre todo para proteger su integridad física del ataque vandálico de posibles agresores. En esta época el señor feudal establece sus condiciones para sus siervos los cuales están ante todo obligados a deberles respeto y agradecimiento, esto origina que la cuestión tributaria se vuelva anárquica, arbitraria e injusta ya que los siervos deberían de cumplir con dos tipos de obligaciones: Personales y Económicas.

Las primeras consistían en prestar servicio militar a favor del señor feudal, siendo esto obligación libre, pero finalmente se restringió a 40 días de servicio y el siervo solo tenía el deber de acompañarlo hasta determinada región. Dentro de estas obligaciones también surge la de cultivar las tierras propiedad del feudo.

La obligación de orientar al señor en los negocios y la de hacer guardia. Cuando alguno de los siervos no deseaba cumplir con las obligaciones personales quedaba obligado a pagar las conocidas tazas de rescate.

En cuanto al segundo tipo de obligaciones aparece el tener que pagar las banalidades por usar el horno o el molino del señor feudal, contribuir con vino, proporcionar granos, así como aportar los impuestos de la talla o pecho, el impuesto de la mano muerta, y el diezmo.

Otros tributos conocidos en esta época son: impuesto sobre la barba, impuestos sobre títulos de nobleza, impuesto de justicia, impuesto de peaje que consistía en pagar por transitar por los peligrosos y escasos caminos, impuesto de pontazgo mismo que consistía en pagar por pasar por los pocos puentes que existían en ese entonces. 

NEXOS CON OTRAS RAMAS

• Derecho Constitucional: Dentro de los preceptos que contempla la constitución encontramos la obligación que tenemos los mexicanos para contribuir con el gasto público tanto de la federación, como del Distrito Federal o del Estado y Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes (Art. 31 fracción IV), también establece como facultad del congreso el imponer contribuciones que resulten necesarias para cubrir el presupuesto (Art 73 fracción VII).

• Derecho civil: Tiene importantes relaciones con el derecho fiscal en virtud de que diversas normas sustantivas y procedimentales del derecho civil son aplicadas en forma supletoria al derecho fiscal o tuvieron su origen en esa ciencia jurídica, al retomar los conceptos de obligación, personas físicas o jurídicas colectivas, domicilio, pago etc.

También éste puede celebrar actos con los particulares, no como poder soberano, sino como un simple particular, contratando o celebrando operaciones que son reguladas por la rama del derecho a que pertenece el acto.

• Derecho mercantil: Tienen relación con el derecho fiscal, en cuanto a este va a grabar todos

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