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ANTECEDENTES HISTORICOS SOCIEDAD ANÓNIMA


Enviado por   •  13 de Marzo de 2013  •  1.207 Palabras (5 Páginas)  •  7.337 Visitas

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No falta quien pretenda señalar como antecedentes remotos de las sociedades

anónimas, las societates publicanorum del derecho romano, formadas para tomar en arrendamiento los impuestos y encargarse de su percepción, ya que en ellas las responsabilidades de los socios eran limitadas y éstos podían transmitir sus derechos en la sociedad. Pero falta un hilo histórico que vaya desde aquellas societates publicanorum a las modernas anónimas, que ninguna influencia han recibido de ellas, por lo cual no cabe considerarlas unidas por lazos genéticos.

Algunos tratadistas señalan la existencia, desde el siglo XIII, de sociedades para la explotación de molinos, cuyo capital estaba dividido en sacos, fácilmente cesibles.

También se ha pretendido encontrar un antecedente histórico de la sociedad anónima en la colonna, sociedad constituida para la explotación mercantil de un navío, los componentes de la cual sólo respondían con el importe de su aportación; instituciones similares existían en el Código de las costumbres de Tortosa y en el consulado del Mar.

Sean cuales fueren los caracteres precisos de las instituciones mencionadas es indudable que ninguna importancia han tenido en la creación del tipo moderno de la sociedad anónima.

Según el profesor Garríguez el origen de la sociedad anónima tiene dos antecedentes históricos diversos:

Italiano En el Derecho Romano se conoció la societatis vectigalium publicorum, la cual solo tiene en común con la sociedad anónima moderna el carácter corporativo y la transmisibilidad de los derechos sociales.

Luego en las ciudades medievales aparecen las sociedades llamadas mons masa, moana, las cuales eran asociaciones de acreedores que a través de autorización del estado, quien no podría pagarles las deudas, se dedicaban a cobrar los impuestos.

Figura entre éstas la llamada Casa Di S. Giorgio, en Génova, que tienen en común con la sociedad anónima actual la responsabilidad limitada al importe del crédito de cada uno y la división del capital en partes iguales y transmisibles. Esta Casa Di S. Giorgio luego se transformó en banco y es aquí donde aparece el fin de lucro y la corporatividad anónima.

En el Siglo XVII y XVIII se encuentran en Holanda grandes compañías navieras que son producto de autorización estatal, teniendo el carácter de concesión o privilegio. El título de participación del socio en la compañía recibe el nombre de “alkie” proveniente del patrimonio común y sobre el beneficio. El derecho a la participación no constituye copropiedad sobre el fondo común; los acreedores de los socios no son de la sociedad y sólo pueden aceptar la cuota de liquidación, este derecho de accionista sólo es transferible hasta haber pagado íntegramente su aportación.

Francia: El Código de Comercio de 1807 reconoce que los socios sólo son responsables hasta el monto de su participación en caso de pérdida y que el capital se divide en acciones y en porciones de acciones de igual valor. Según afirma Brunetti “La sociedad existe sólo con autorización del gobierno y con la aprobación del acto que la constituye. La autorización gubernativa no tiene función de policía sino que es un control de legitimidad y de consideración sobre la utilidad y conveniencia de la sociedad”.

Inglaterra: Aparece en forma de corporaciones y luego de las “companies” que tienen rasgos de grandes monopolios. Hay libertad de constitución y sólo se exige la inscripción en un registro.

El tratadista Broceta Pont manifiesta que la sociedad anónima es el instrumento jurídico predilecto del sistema capitalista y

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