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Enviado por   •  28 de Octubre de 2013  •  41.337 Palabras (166 Páginas)  •  248 Visitas

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TEMA N° 1

NOCIÓN HISTÓRICA DEL DERECHO PROCESAL. Antecedentes. Período Colonial. Fuero Juzgo. Fuero Real. Las siete partidas. Esquematización del contenido del Código de Procedimiento Civil y el Código Orgánico Procesal Penal.

DESARROLLO

Antecedentes.-

En la antigüedad cuando surgían conflictos, no existiendo la figura del Estado, cada quien con el objeto de defender su posición y resolver el problema, utilizaban sus propios métodos, como la fuerza, lo que se conocía como el Principio de Autodefensa. Con la aparición de la figura del Estado que crea la jurisdicción con el objeto de resolver los conflictos generados entre la colectividad, con relevancia jurídica, se erige el tercero imparcial, esto es la figura del juez para así dar respuesta a la sociedad, declarando el derecho, a través de mecanismos idóneos para arribar a la decisión que resuelva el conflicto, la sentencia. El Estado por medio de sus órganos jurisdiccionales materializa el derecho y garantiza así la vigencia de las normas, dando respuesta en términos generales a la sociedad y en particular a las partes en conflicto, quienes en forma espontánea y voluntaria deben aceptar la sentencia.

En Roma, podemos apreciar dos momentos: el primero antes de Cristo, comprendía dos etapas, una de las acciones de la ley y la otra, la del procedimiento formulario.

El segundo, comprendía el desarrollo de la prueba hasta conseguir la solución. Aquí existía la figura del juez o un jurado.

En el período Germánico, la justicia se administraba a través de una Asamblea, cuyos debates eran dirigidos por el juez, quien proponía la sentencia y si lograba su aprobación, le daba forma jurídica.

A partir del siglo 14 después de Cristo se han ido produciendo muchas modificaciones y estableciéndose nuevos métodos que se encuentran presentes en los diversos procesos que hoy conocemos.

Antecedentes del Derecho Procesal Venezolano.-

Los encontramos vinculados a la antigua legislación española, a la recopilación de las leyes de indias y a las diferentes leyes que se fueron dictando durante el período de formación de la nacionalidad y más tarde a los sistemas germanos, italianos, franceses, ingleses y latinoamericanos.

Se destacan tres etapas:

La Colonia: No existe texto, se aplicaron las normas de Castilla. Como antecedente histórico se menciona la instrucción promulgada por el Teniente Gobernador y Auditor de Guerra Francisco Cortínez sobre el método que debe seguir el juez para descubrir la verdad en los litigios y contiene ocho reglas de procedimiento sobre las conductas de las partes en el proceso. Se destaca de esta época foliar o numerar los expedientes, la prohibición de recibir escritos que no estén firmados por los abogados aprobados por la Real Academia.

Fuero Juzgo: Es un Código establecido en España por los Reyes Godos. Lo componen 12 libros y comprende 559 leyes. Las Leyes incorporadas son de cuatro clases, así:

1.-Reales: Las publicadas sólo por el Rey

2.-Las Conciliares: Las que dicta el Rey de acuerdo con los Concilios

3.-Las antiguas: Sin fecha ni nombre del autor

4.-La lex enmendati: leyes antiguas enmendadas

Sus principios fundamentales son:

1.-Contiene máximas sobre la justicia

2.-Disposiciones sobre la seguridad personal del Rey y su familia

3.-Obligaciones impuestas a los príncipes para evitar los abusos de autoridad

4.-Sostiene la idea que el Poder Público debe ir a favor del pueblo y no en provecho personal

5.-Que el juez debe actuar con misericordia

En el Libro Segundo encontramos lo siguiente:

1.-Lo relativo a la organización y funcionamiento de los tribunales

2.-Señala el principio que el desconocimiento de la regla no es excusa para su incumplimiento

3.-Establece los días inhábiles, los medios de pruebas (el testimonio, los documentos, que a falta de estos, se utiliza el juramento)

Subsisten por su importancia las siguientes disposiciones:

1.-La ignorancia de la ley no es excusa de su incumplimiento

2.-Que el pueblo y sus gobernantes quedan sometidos a sus propias leyes

3.-Que nadie puede ser procesado más de una vez por el mismo hecho

4.-Que los pleitos ya comenzados y no acabados deben ser terminados por las mismas leyes de ese proceso

5.-Establecimiento de la institución de la fianza y el derecho a la defensa.

Fuero Real: Es el Código legal dispuesto por el Rey Alfonso El Sabio, con el objeto de lograr la unidad y uniformidad de la legislación del reino, suplir el vicio de los fueros municipales y evitar los inconvenientes que surgían de la aplicación de leyes diferentes y opuestas.

Las Siete Partidas: Es la obra más importante del Derecho histórico Castellano y de mayor difusión en el mundo jurídico europeo. Tiene carácter erudito. Se encontraba estructurado así:

I.- Del Derecho Natural y Canónico

II.-Del Derecho Político y Administrativo

III.-De las distintas normas del derecho procesal

IV.-Del Derecho de Familia

V.-De las obligaciones y contratos

VI.-Del Derecho Sucesorio

VII.-Problemas de fondo y de forma del derecho penal

Se destaca de la Partida Tercera lo relativo a la organización, atribución y competencia de los tribunales, a la manera de fallar en los juicios y las obligaciones de los jueces, abogados y las partes. De la partida Séptima todo lo relativo al enjuiciamiento criminal, cuando procedía la pena de muerte, quiénes pueden acusar, normas referentes a las penas, a las defensas, plazos de comparecencia.

Formación de la Nacionalidad.-

Venezuela constituía una Colonia de España y se regía por la recopilación de Indias y las contenidas en el Derecho de Castilla. Una vez declarada la Independencia y en el momento que Venezuela forma parte de la Gran Colombia, los legisladores en la Constitución del 1821, crean el Poder Judicial representado por una Corte Suprema de Justicia, varias Cortes Superiores y Juzgados Inferiores. Establecieron como garantías ciudadanas las siguientes:

1.-Principio de la doble instancia

2.-El juez imparcial

El primer Código de Procedimiento Civil es el promulgado en 1836 que fue la ley sobre trámites procesales.

Este es un Código Judicial con dos ordenamientos:

1.-Relativo a la estructura y organización de los tribunales y

2.-Sobre el procedimiento Civil y Penal. En 1838 el Código de procedimiento penal es separado, adquiere autonomía.

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