Calidad En El Trabajo
Enviado por jahely • 16 de Enero de 2013 • 2.659 Palabras (11 Páginas) • 350 Visitas
I. Título:
Ley General De Títulos Y Operaciones De Crédito
II. Contenido (Introducción y Desarrollo)
La Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito se encarga de regular y sentar las normas para la actividad financiera en México. Fue creada en 1932, con la finalidad de establecer regulaciones entre los clientes y los prestadores de servicios financieros. Este documento se renueva y actualiza con regularidad para adaptarse a las necesidades financieras que surgen día con día.
Fue revisada por última vez en agosto del 2008, de acuerdo con información de la Cámara de Diputados.
¿Qué contiene?
Está compuesta por 414 artículos, más tres transitorios. Los artículos están organizados en títulos, capítulos y secciones que facilitan su lectura y comprensión.
A continuación, presentamos la composición de dicha ley, y un esquema resumido con los puntos más importantes de este documento:
• Título preliminar. Que contiene un capítulo y cuatro artículos, en los que se introducen los conceptos de las operaciones comerciales que se contemplan en dicha ley.
• Título primero. Este apartado aborda todo lo relacionado con los títulos de crédito. Sus siete capítulos contienen artículos que explican las regulaciones para las diferentes clases de:
• Títulos de crédito
• Las letras de cambio
• Los pagarés
• Los cheques
• Las obligaciones
• El certificado de depósito del bono y prenda
• La aplicación de leyes extranjeras
• Título segundo. Esta sección está dedicada a la normatividad de las operaciones de crédito. Contiene cinco capítulos que dictan las reglas para:
• El reporto
• El depósito
• El descuento de créditos en libros
• Los créditos (Apertura de crédito, cuenta corriente, cartas de crédito, crédito confirmado, créditos de habilitación y refaccionarios, la prenda).
• El fideicomiso
• Transitorios. Los artículos transitorios explican los orígenes de la ley y asientan su antigüedad y vigencia.
¿Para qué nos sirve conocer esta ley?
Conocer los contenidos de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito resulta de gran ayuda para los usuarios, puesto que les permite discernir si las operaciones financieras que pretende realizar son convenientes o no, y si las cláusulas de los contratos que le ofrecen están dentro del marco legal.
Esta ley también ayuda a comprender conceptos financieros como títulos de crédito, letras de cambio, pagarés, cheques, reportes de crédito, depósitos, entre otros. Es recomendable tener la ley siempre a la mano como referencia. Puede encontrarse en el sitio electrónico de la Cámara de Diputados. Es importante leerla en su totalidad para comprenderla mejor y estar bien informado sobre las prácticas comerciales de este tipo en nuestro país.
El artículo 5° de la ley general de títulos y operaciones de crédito nos dice. Son títulos de crédito los documentos necesarios para ejercitar el derecho literal que en ellos se consigna.
Se definen los títulos de crédito como los documentos necesarios para ejercitar el derecho literal que en ellos se consigna. O bien el documento necesario para ejercitar y transferir el derecho en él mencionado, el cual, por efecto de la circulación y en tanto que ésta tiene lugar por los medios propios de los títulos de crédito, se considera literal y autónomo frente a quienes lo adquieren de buena fe. Clases: artículos de referencia, normativos: 23 lgtoc y al portador 69 lgtoc. Los títulos de crédito pueden ser considerados bajo estos tres a aspectos:
a) los títulos de crédito como actos de comercio: el artículo 1o. de la ltoc dispone que la emisión, expedición, endoso, aval o aceptación de títulos de crédito, y las demás operaciones que en ellos se consignen, son actos de comercio. Por su parte, el artículo 75 del código de comercio considera actos de comercio: los cheques, letras de cambio, valores u otros títulos a la orden o al portador. En todos estos casos, la calificación mercantil del acto es estrictamente objetiva, con independencia de la calidad de la persona que lo realiza. Así, tan acta de comercio será el libramiento de un cheque, si es hecho por un comerciante, como si lo realiza quien no tenga ese carácter.
b) los títulos de crédito como cosas mercantiles: el artículo 1o. de la ltoc establece que son cosas mercantiles los títulos de crédito. Pero se ha dicho que se diferencian de todas las demás cosas mercantiles en que aquellos, son documentos; es decir, medios reales de representación gráfica de hechos. Tiene además, el carácter de cosas muebles, en los términos de nuestra legislación común.
c) los títulos de crédito como documentos: la ley y la doctrina consideran que los títulos de crédito son documentos. Pero lo son de una naturaleza especial. Existen los documentos meramente probatorios, cuya función consiste en demostrar en forma gráfica la existencia de alguna relación jurídica, misma que, a falta de tales documentos, podrá ser probada por cualquier otro medio admisible en derecho.
Por otra parte, encontramos los documentos llamados constitutivos que son aquellos indispensables para el nacimiento de un derecho. Esto es, se dice que un documento es constitutivo cuando la ley lo considera necesario, indispensable, para que determinado derecho exista. Es decir sin el documento no existirá el derecho, no nacerá el derecho.
Por lo tanto, los títulos de crédito son documentos constitutivos, porque sin el documento no existe el derecho; pero, además, el documento es necesario para el ejercicio del derecho, y por ello se hable de documentos dispositivos. Es este sentido puede decirse que el documento es necesario para el nacimiento, para el ejercicio y para la transmisión del derecho, por lo que con razón se habla de documentos dispositivos.
Diferentes títulos de crédito
Letra de cambio.
es un titulo de crédito que contiene la orden incondicional que una persona llamada el girador da a otra llamado girado, de pagar una suma de dinero a un tercero que se llama beneficiario, en época y lugar determinado. Cap. 2 sec. 1ª. art. 76 lgtoc.
La letra de cambio es entre los títulos de crédito, el de mayor importancia. Tan es así, que la letra de cambio da nombre a aquella rama del derecho mercantil que se ocupa del estudio de los títulos de crédito: derecho cambiario. A través del estudio de la letra de cambio y de los problemas que plantea, los juristas han elaborado la doctrina general de los títulos de crédito.
Es un título de crédito esencialmente formalista: es un acto formal. En ella, la forma constituye su propia
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