Contraloria Social Venezolana
Enviado por stedere • 15 de Mayo de 2013 • 2.073 Palabras (9 Páginas) • 413 Visitas
INTRODUCCIÓN
La contraloría social, es un proceso constituyente que nace a partir de 1999, el cual significo entre otras cosas un cambio de relación entre la sociedad y el estado; con el fin de garantizar la transparencia y eficiencia de la inversión pública a los sectores más marginados de la sociedad en trabajos comunitarios entre el estado los poderes públicos las comunas y el colectivo de las mismas.
La Contraloría Social comenzó a tener algidez en el escenario internacional de las naciones a partir de 1994 cuando por las recomendaciones y conclusiones de la V Asamblea General de la Organización Latinoamericana y del Caribe de Entidades Fiscalizadoras Superiores, realizada en Montevideo (Uruguay), los países latinoamericanos evaluaron con novedoso interés la estrategia de participación ciudadana que acoplaba a la sociedad civil a los organismos de control de sus sistemas políticos. Un año después en la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Social en Copenhague (Dinamarca), el mismo tema fue desarrollado ahora no como una estrategia, sino como un punto innegociable para las naciones democráticas del mundo, conscientes de sumar a su sociedad civil a las actividades de control de la gestión pública.
La Contraloría Social en Venezuela no posee una ley específica y propia, con normas y procedimientos que determinen con precisión su contorno y formas de operación institucional. En el siguiente trabajo de Investigación se profundizara un poco más acerca de la denominada "contraloría social", la cual es un derecho constitucional de recientísima data, igualmente se pretende profundizar sus fundamentos legales que normalizan la contraloría social en Venezuela, el ejercicio del ciudadano, y el derecho y el deber de denunciar los hechos y actos de corrupción, en la ejecución de los proyectos para las comunidades.
LA CONTRALORÍA SOCIAL
Función compartida entre las instancias del Poder Público, los ciudadanos, y las organizaciones del Poder Popular para garantizar que la inversión pública se realice de manera transparente y eficiente y que las actividades del sector privado no afecten los intereses colectivos.
1. Fundamentos legales de la contraloría social.
Los fundamentos legales de la contraloría social lo constituye las leyes, decretos, reglamentos y resoluciones, que delimitan las pautas por las cuales se rige las actuaciones de la Contraloría Social, entendiendo a este tipo de organización como el derecho que tiene los ciudadanos y ciudadanas de ejercer la función de control en la gestión pública. Debemos señalar que, todavía faltan algunos documentos importantes que regulen esta función, y que están en proceso de construcción, tales como la Ley Especial de Contraloría Social y su posterior reglamento y las ordenanzas que deberán adecuarse a tales fines.
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela:
En la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1.999), se citan algunos artículos por los cuales se rige la actuación de los funcionarios y funcionarias al servicio de la administración pública. De igual forma se señalan los derechos que tienen los ciudadanos de cumplir activamente actividades de formulación, evaluación y control de la gestión pública en todos los sus niveles. En sus artículos; 28, 49,51, 60, 62, 141, 143.
Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y Del Sistema Nacional de Control Fiscal:
En esta norma se establece que los ciudadanos y ciudadanas forman parte del sistema Nacional de Control Fiscal, en su función de control de la gestión pública. Además le brinda da posibilidad de postular a cargos de Contralores Municipales, Regionales y de auditoría interna en los órganos de la administración pública. En sus artículos 1, 2, 8, 23, 24, 75
Reglamento de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, De la Coordinación de los Sistemas de Control. En su artículo 31.
Ley del Consejo Federal de Gobierno:
Esta ley constituye el último peldaño de la participación de la sociedad organizada, conjuntamente con el poder constituido y describe los principios que rigen al estado Federal Descentralizado: Justicia Social, Participación ciudadana, integridad territorial, solidaridad, concurrencia, corresponsabilidad, coordinación, interdependencia y subsidiaridad. En su artículo 5.
Ley Orgánica de la Administración Pública:
Esta ley contiene los principios y obligaciones que tiene los funcionarios y funcionarias al servicio de la administración pública y su relación con los ciudadanos y ciudadanos. Al mismo tiempo establece los derechos que tienen los ciudadanos y ciudadanas de acceder a los archivos y registros de la administración pública.
Ley Orgánica de Planificación:
En esta norma queda establecido que los sectores sociales, incluyendo las contralorías sociales, pueden participar en el desarrollo de los planes y programas del gobierno; en sus artículos 9 y 60.
Ley Orgánica Contra la Corrupción
Principios para prevenir la corrupción y salvaguardar el patrimonio público
Esta ley relativamente nueva, todavía es poco conocida por la ciudadanía en general y establece de manera expresa el deber que tienen los funcionarios y funcionarias al servicio de la administración pública de rendir cuentas a los ciudadanos y ciudadanos, así como el derecho que tienen estos de acceder a los archivos, registros y exigir documentos sobre la administración y uso del patrimonio público. Por otra parte establece la obligatoriedad que tienen las instituciones públicas de crear la oficina de atención al ciudadano, donde deberán poner a la orden de la ciudadanía, todo lo referente al manejo y uso de los recursos y bienes públicos; en sus artículos 6, 7, 8, 9, 10.
Código Penal Venezolano:
En este código se establecen las sanciones y tipifican los delitos que cometan tanto los funcionarios y particulares por abuso de autoridad, por corrupción, por simulación, falso testimonio y por concierto entre funcionarios y particulares para obtener algún beneficio de la cosa pública; este en su artículo 60.
Código Orgánico proceso penal:
En sus artículos 285, y 286.
Ley Orgánica del Poder Ciudadano:
En esta norma legal se desarrolla y se establece el concepto de ética y moral administrativa, así como conceptos fundamentales sobre la conducta que debe regir a los funcionarios y funcionarias al servicio de la administración pública. De igual manera crea el Consejo Moral Republicano, propuesta que hizo el Libertador Simón Bolívar ante el Congreso de Angostura. En sus artículos 45, 46, 47, y 51.
Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos:
Esta
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