Corpus Iuris Cicilis
Enviado por masterdanochief • 5 de Octubre de 2014 • 970 Palabras (4 Páginas) • 489 Visitas
El Corpus Iuris Civilis es una Recopilación [1] de constituciones imperiales [2] y jurisprudencia romanas de 117 hasta 565 llevado a cabo entre los años 528 y 565 de nuestra era por Triboniano bajo la orden Justiniano I, emperador del imperio romano de oriente compuesta por:
• El primitivo Codex Iustinianeus de abril 529, modernizado por el Codex repetitae praelectionis del 29 diciembre 534, recopilación de constituciones imperiales que sustituyó al anterior con fuerza de ley;
• La Digesta sive pandectae, resumen de la obra de los grandes jurisconsultos romanos, que comenzó a regir el 533;
• Las Institutas, manual para estudiantes de Derecho, publicado en el 533; y
• Las Novellae constitutiones post Codicem de 534 al 565, nuevas constituciones imperiales que actualizan todo el Corpus Iuris Civilis.
Estas ultimas están escritas mayormente en griego —el resto lo estaban en latín—reflejando así la realidad lingüística del Imperio.
MACHICADO, Jorge, Corpus Iuris Civilis, La Paz, Bolivia: CED®,2ª, 2007.
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Denominación
El Corpus Iuris Civilis es conocido con este nombre después de la edición en 1583 por Dionisio Gotofredo en Ginebra. Hasta antes de esta fecha se le conocía con el nombre Código De Justiniano.
No traducimos Corpus Iuris Civilis como Cuerpo del derecho civil romano. Por que nos llevaría a pensar que el ius civilis (derecho del ciudadano romano) regulaba solo las relaciones patrimoniales de los romanos, como el Derecho Civil actual. El ius civilis también regulaba los delitos, como se muestra en el libro IX del Codex repetitae praelectionis, que está dedicado al Derecho criminal, o los libros XLV, XLVI, XLVII, XLVIII, XLIX, L de la Digesta sive pandectae que también contienen normas sobre delitos públicos y privados y las penas. Por esto traducimos Corpus Iuris Civilis, comoCuerpo De Derecho Del Ciudadano Romano.
Contenido
El Codex repetitae praelectionis, o Código [Web | PC].
La Digesta sive pandectae, o Digesto [Web | PC].
Las Institutas, o Instituciones [Web | PC].
Las Novellae constitutiones post Codicem, o Nuevas leyes o Novelas[Web | PC].
Otra división, al parecer hecha en el siglo XII, es en cinco volúmenes:
Digestum vetus
Infortiatum
Novum
Codex
Volumen parvum
En el siglo XII se admite como base de estudio del Derecho en las Universidades, particularmete en Bolonia con los glosadores [3] Francesco Accursio (1185-1263) y Bartolo de Sassoferrato.
Justiniano I (482-565), emperador bizantino (527-565) que extendió el dominio de Bizancio en Occidente, embelleció Constantinopla y completó la codificación del Derecho romano.
Sobrino del emperador Justino I, nació en Iliria y se educó en Constantinopla (la actual Estambul, Turquía). Se convirtió en el año 518 en administrador del emperador Justino, que le nombró su sucesor. Contrajo matrimonio con Teodora, una antigua actriz, en el 523. Tras la muerte de su tío Justino en el año 527 fue elegido emperador.
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Conclusión
El gran mérito de la obra de Justiniano fue condensar el saber jurídico de Roma y actuar como el eslabón de continuidad para que ese pensamiento pasara a la conciencia jurídica europea suponiendo, sin duda, el segundo
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