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Creación Del Derecho Internacional


Enviado por   •  9 de Mayo de 2013  •  3.804 Palabras (16 Páginas)  •  543 Visitas

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Internacional público 1er parcial

1. Creación del derecho internacional

El derecho internacional público es aquél sistema de normas jurídicas positivas internacionales que regulan las relaciones de los sujetos pertenecientes a la comunidad internacional. Es complejo, ya que desde la creación de la carta de las naciones unidas está integrado por dos subsistemas: uno sujeto a la coordinación entre los países, y otro de cuasi-subordinación de ellos centrado en un solo ámbito de validez material: el mantenimiento de la paz y seguridad internacionales.

Tratado: Acuerdo de voluntades tendient a crear derechos y obligaciones entre las partes. Si éste crea una organización internacional se materializa mediante una carta, o un pacto.

1. Politicas y relaciones internacionales

Debe distinguirse el derecho internacional público con las relaciones y políticas internacionales. La política internacional consiste en la fijación de un objetivo logrado por un acto de voluntad unilateral (ya sea tanto en la creación de una zona de libre comercio, como en el establecimiento de una alianza).

Sin embargo, para lograr la política hace falta relacionarse, es decir dialogar con otros actores que representan otras voluntades.

Si este dialogo progresa y los sujetos logran que el otro reconozca los intereses propios, y viceversa, habrá buena fe, hasta coordinar sus voluntades estableciendo pautas de conducta comunes que determinan derechos y obligaciones.

Todos esos derechos y obligaciones de las partes, estarán regladas en una norma de derecho positivo.

2. Sujetos del derecho

El sujeto de derecho es todo ente que en virtud de una norma jurídica positiva goza de al menos un derecho o una obligación. En el derecho internacional, se da la particularidad de que las partes son estados, y pueden crear mediante acuerdos multilaterales de voluntades organismos internacionales. Debe destacarse que el principio que reina es el de igualdad jurídica; todos los sujetos originarios gozan de capacidad plena en derecho. Un estado, es una unidad política jurídicamente organizada que cuenta con población, gobierno y territorio.

En tercer lugar, si el fin de todo estado es proteger a sus individuos, y estos crean normas de carácter internacional con otros estados para protegerlos, cuando haya una violación por parte de un estado a un compromiso internacional, los individuos afectados adquieren la calidad de sujetos de derecho.

Por otra parte, el derecho positivo internacional consiste en el sistema de normas jurídicas que generan derechos y obligaciones para regular las relaciones en el ámbito internacional entre quienes la propia norma determina como sus sujetos. Debe destacarse que los sujetos del derecho internacional, cuentan con distintas capacidades.

Jurisprudencia de la CIJ

Organismos internacionales: Según la Corte, son más que un centro en el que se armonizan los esfuerzos de las naciones para lograr propósitos comunes.

Tiene una misión que si bien es dada por los estados, le son propios (y nadie puede sacársela, salvo por elección de mayoría).

Además, como la práctica demuestra que la ONU es parte en tratados internacionales, demuestra que tiene personalidad jurídica diferente a la de los miembros. Sin embargo, la capacidad para reclamar derechos de los organismos internacionales, va a estar acotada solamente al cumplimiento del fin para el que se estableció.

Individuos: La corte estableció que hay obligaciones del derecho internacional hacia la comunidad erga omnes tales como los derechos fundamentales de la persona humana, genocidios y actos de agresión. Por lo tanto, si hay individuos que en estos casos no son amparados por el derecho internacional, se convierten en sujetos.

3. Categorias de normas

Los estados son los sujetos internacionales originarios, de manera que cuentan con capacidad jurídica plena.

Sin embargo, a partir del tratado de paz de Westfalia, se reconocieron nuevos sujetos derivados de una voluntad común y concordante que gozan de capacidad jurídica que los estados atribuyeron en diversos instrumentos.

Los acuerdos de voluntades entre Estados soberanos que tienen por objeto instituir derechos y obligaciones si bien son vinculantes, suelen contener normas jurídicas dispositivas (que se puede modificar o derogar la voluntad cuando lo entiendan importante).

Sin embargo, si un bien es aceptado y reconocido por la comunidad internacional universal como esencial debe limitarse la libertad de los estados, o mejor dicho ellos deben auto-restringir su libertad frente a la comunidad internacional delegando en un ente ciertas facultades para dictar normas que protegan los bienes esenciales. Ellas, son entonces de carácter imperativo (de orden público internacional). Estas normas no admiten acuerdo en contrario y solo pueden modificarse por una norma de derecho internacional general.

Finalmente, en caso de que se trate de un documento dudoso que no sea lo suficientemente claro sobre su carácter, las partes pueden no concordar su voluntad y dejar a libre interpretación. Estas normas son las denominadas soft-law.

2. Evolución del derecho internacional

Evolución de la comunidad internacional en la formación de normas jurídicas

El hecho que marco la igualdad soberana entre los estados es el tratado de paz de Westfalia en 1648. Sin embargo, las relaciones jurídicas si bien se basaron en la igualdad, los derechos y obligaciones que en el surgía quedaban a consideración de los estados (sub-sistema de coordinación). De esta forma, solo los estados verificaban el cumplimiento del derecho que se había generado, y si consideraba que el tratado no se respetaba, era libre de imponerse por la fuerza.

Posteriormente, en el Congreso de Viena (luego de la derrota de Napoleón), se convino celebrar en épocas determinadas conferencias en las que se examinarían medidas adecuadas para el mantenimiento de la paz. Asimismo, se creo el Concierto Europeo, que implicaba el control por parte de ciertos países mediante el mutuo acuerdo a fin de conseguir el equilibrio del poder.

No obstante, las potencias continuaron acudiendo a las fuerzas armadas para intentar expandirse y obtener el dominio político y económico de Europa, de manera que en 1907, con intervención del Zar de Rusia se celebró un tratado en La Haya, dando creación, a la Corte Permanente de Arbitraje

Finalmente, en el siglo XIX, con la aplicación de los inventos realizados durante la Revolución Industrial, se abrió la puerta a una serie de relaciones internacionales surgidas por la posibilidad de internacionalizar los servicios públicos. Así entonces, se crearon organizaciones internacionales intergubernamentales, y los

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