DERECHO PENAL PERÚ
Enviado por jessicamariela • 26 de Junio de 2014 • 9.358 Palabras (38 Páginas) • 299 Visitas
Capítulo I
LOS DELITOS CONTRA LA LIBRE COMPETENCIA
1. INTRODUCCIÓN
La economía nacional ha abandonado el sistema estatal de fijación de precios, de manera tal que los precios de los bienes y servicios han dejado de ser establecidos por los organismos estatales para ser determinados actualmente por la competencia en el mercado'!'.
La competencia significa que los precios de los bienes y servicios se determinan conforme a la oferta y la demanda que se presentan en las condiciones normales del mercado. Esta finalidad de la competencia se afecta si alguna persona o gmpo de personas se aprovechan de la libertad de organización y actuación económica que se
les reconoce para impedir o dificultar la participación de otros agen-
tes económicos o aprovecharse injustificadamente de los consumi-
dores'". Cuando se produce esta manipulación de la libertad econó-
mica en el mercado.' se perjudica un aspecto esencial del modelo
(1) Como idea del mercado competitivo, MAL"MUD Gon, Derecho penal de la
competencia, p. 17 Y S., señala que no existen precios inherentes a las cosas,
sino valores resultantes de la compaginación de voluntades individuales.
(1) Vid., MAZUELOS COELLO, Lecciones, p. 130; LAMAS PUCCIO, Derecho penal
económico, p. 106 Y s.
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económico: la libre cornpetencia'", lo que debe dar lugar a la inter-
vención del Estado en cumplimiento del artículo 61 de la Constitu-
ción Política, el cual impone el deber de combatir las prácticas que
afectan la libre competencia. El cumplimiento de este deber de
represión de los actos contra la libre competencia se materializa a
través del recurso a mecanismos jurídicos de reacción como las san-
ciones administrativas y/o penales'",
n. LA PROTECCIÓN DE LA LIBRE COMPETENC1A
"En el Derecho comparado pueden apreciarse diversos modelos
para hacer frente a los llamados atentados contra la libre competen-
cia. En este apartado nos ocuparemos de hacer, a modo de introduc-
ción, una exposición general de los diversos modelos de protección
jurídica de la libre competencia. Luego de ello, precisaremos breve-
mente cuál de estos modelos ha sido asumido por nuestro ordena-
miento jurídico, de manera tal que podamos tener una idea clara
que permita hacer, en los apartados siguientes, un análisis más com-
pleto de las particularidades de nuestro ordenamiento jurídico de
protección de la libre competencia.
1. Modelos de protección jurídica de la libre competencia
A. Protección limitada al Derecho administrativo sancionador
Una protección limitada al Derecho adrninistt ativo sanciona-
dor se presenta cuando las prácticas restrictivas de la libre corn-
petencia se castiguen sólo con sanciortes administrativas. Así fue,
por ejemplo, el sistema. de protección asumido por el Derecho
alemán hasta antes de 1997, año en el que se dio la Ley de lucha
contra la corrupción. Mediante esta ley se incluyó en el Código
penal alemán un capítulo de delitos contra la competencia en
(3) "Es usual considerar a la" libre "competencia coma la ley fundamental de la
economía de mercado. Vid,; así,'fIE-DÉMANN, Einführung; p. 2.
(4) Vid., ABANTO V ÁSQUEZ, El Derecho, p. 21 Y s.
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donde se criminalizó concretamente la figura de los cárteles de
Iicitación'". Hasta antes de esa reforma, la represión de las prácti-
cas restrictivas de la libre competencia se había limitado a medidas
administrativas que contemplaba la ley contra las restricciones de la
competencia (GWB)(6l. Igualmente en el Reino Unido las infraccio-
nes contra la competencia no fueron crirninalizadas sino hasta el
2002 con la Enterprise Act de ese año'".
Para que pueda mantenerse un sistema de protección limitado al
Derecho administrativo sancionador, resulta necesario un alto grado
de eficiencia de la Administración, de manera tal que se haga innece-
saria la intervención penal o, cuando menos, su ausencia sea social-o
mente tolerable'". En cualquier caso, esta protección de la competen-
cia limitada al Derecho administrativo sancionador sólo resulta posi-
ble mantener mientras la conciencia colectiva lo considere una mera
infracción de las reglas de juego en el mercado, pues en la medida en
que comience a destacarse el efecto nocivo que estas prácticas produ-
cen en el mercado y finalmente en el bienestar de los consumidores,
la persecución puramente administrativa, por más severa que sea, no
bastará para satisfacer las demandas sociales de castigo. Esta situa-
ción se ha presentado precisamente en Alemania y el Reino Unido, lo
que ha llevado a que en la actualidad se haya abandonado el sistema
de represión limitado al Derecho administrativo sancionador.
(S) Vid., HEINE, en Scbonke/Scbroder StG B, preli rninares a los §§ 298 Y ss., n.m. 1;
ACHENB.KH, Handbucb, Achenbach/Ransiek (Hrsg.), III 4, n.m. 3; DANNEc-
KER, Hb\ViStR, Wabni[z/Janovsky (Hrsg.), 2. Aufl., 16, n.m. 3.
Ih) Vid., la referencia a que esta ley contempla solamente infracciones administra-
rivas y no tipos penales, TIEDD.!ANN, Einjübrung, p. 7. Sobre los argumentos
alegados para no recurrir al Derecho penal en el caso de conductas contra la
libre competencia, Vid., KOHLHOFF, Kanellstrajrecbt, p. 116 Y ss.
(7) Hacían notar la falta de crirninalización de las prácticas contra la libre compe-
tencia en el Reino Unido, FER.NÁNDEz/PARET!VENTURA, G] 218 (2002), p. 48;
FEDERMANN, Krimlnalstrajen im Kartellrecbt, p. 157. Sobre las particularidades
de esta normativa y sus antecedentes, FEDER)o.I:\NN, op. cit., p. 54 Y ss.
(8) Vid., así, en referencia al Derecho alemán, ABANTO V . .i.SQUEZ, Derecho penal
económico, PE, p. 29.
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B. Protección limitada al Derecho penal
La protección de la libre competencia puede, por otra parte, li-
mitarse sólo a sanciones penales, como sucedió, por ejemplo, en Chile
y
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