Definicion Del Derecho Administrativo
Enviado por glam • 18 de Febrero de 2014 • 1.976 Palabras (8 Páginas) • 431 Visitas
2.1.-PARA DEFINIR EL DERECHO ADMINISTRATIVO
1.- CRITERIO LEGALISTA.- SE TOMA EN CONSIDERACIÒN SOLAMENTE EL ASPECTO LEGAL DEL DERECHO ADMINISTRATIVO.
2.-CRITERIO DEL PODER EJECUTIVO.-ATIENDE ÙNICAMENTE AL ÒRGANO FUNDAMENTAL QUE REALIZA LA FUNCIÒN ADMINISTRATIVA, REGULA LA ACTIVIDAD DEL PODER EJECUTIVO.
3.-CRITERIO DE LAS RELACIONES JURÌDICAS.- QUIENES LO OSTIENEN SOLAMENTE DAN IMPORTANCIA A LA CIRCUNSTANCIA DE QUE EL DERECHO ADMINISTRATIVO REGULA LAS RELACIONES ENTRE EL ESTADO LOS PARTICULARES.
4.-CRITERIO DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS.- SUS SOSTENEDORES MANIFIESTAN QUE EL DERECHO ADMINISTRATIVO REGULA LO RELATIVO A LOS SERVICIOS PÙBLICOS, ESTE CRITERIO ES INFUNDADO, YA QUE POR UNA PARTE, EL SERVICIO PÚBLICO ES SOLAMENTE UNA PARTE DE LA ACTIVIDAD DEL ESTADO.
5.-CRITERIO DE LA ACTIVIDAD TOTAL DEL ESTADO.-REGULA LA ACTIVIDAD DEL ESTADO, ES DECIR EL EJERCICIO DE LA FUNCIÒN PÚBLICA.-
DEFINICIÓN DE DERECHO ADMINISTRATIVO
• RAMÒN FERREIRA.-ES EL CONJUNTO DE LEYES Y DE CRÈDITOS QUE DETERMINAN LAS RELACIONES DE LA SOCIEDAD CON LOS CIUDADANOS ESN EL ORDEN ADMINISTRATIVO.
• LUCIO V. LÒPEZ.-ES EL CONJUNTO DE REGLAS QUE TIENEN POR OBJETO LA ORGANIZACIÒN DE LOS MEDIOS Y LAS FORMAS DE ACTIVIDAD DE LA ADMINISTRACIÒN PÚBLICA Y LOS CONSIGUIENTES VÌNCULOS JURÌDICOS ENTRE ELLA Y LOS OTROS SUJETOS.
• ENRICO PRESUTTE.-ES EL COMPLEJO DE NORMAS JURÌDICAS QUE REGULA LA ACTIVIDAD DE LA ADMINISTRACIÒN PÙBLICA Y EXCLUSIVAMENTE TAL ACTIVIDAD
• FERNANDO GARRIDO FALLA: “ES AQUELLA PARTE DEL DERECHO PÚBLICO QUE DETERMINA LA ORGANIZACIÒN Y COMPOTRAMIENTO DE LA ADMINISTRACIÒN PÙBLICA DIRECTA E INDIRECTA DEL ESTADO.
• BENJAMÌN VILLEGAS BASAVILBASO.- NO SÒLO LAS RELACIONES DE LOS ENTES PÚBLICOS CON LOS ADMINISTRADOS, SINO TAMBIÈN LOS QUE SE ESTABLECEN ENTRE DICHOS ENTES PÙBLICOS.
• MANUEL MARÌA DIEZ .- ES EL COMPLEJO DE NORMAS Y DE PRINCIPIOS DE DERECHO PÙBLICO INTERNO, QUE REGULA LA ADMINISTRACIÒN Y LA ACTIVIDAD DE LA ADMINISTRACIÒN PÙBLICA.
• GUILLERMOS VARAS G. ES AQUELLA RAMA DEL DERECHO PÚBLICO QUE REGULA LA ACTIVIDAD DEL ESTADO Y DE LOS ORGANISMOS ENTRE SÍ Y CON LOS CIUDADANOS PARA EL CUMPLIMIENTO DE LOS FINES ADMINISTRATIVOS.
• JEAN RIVERO.-ES EL CONJUNTO DE REGLAS JURÌDICAS, DEROGATORIAS DEL DERECHO COMÙN, QUE RIGEN LA ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA DE LAS PERSONAS PÙBLICAS.
• RAFAEL BIELSA.-ES EL CONJUNTO DE NORMAS POSITIVAS Y DE PRINCIPIOS DE DERECHO PÚBLICO DE APLICACIÒN CONCRETA A LA INSTITUCIÒN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS SERVICIOS PÙBLICOS.
• MIGUEL S. MARIENHOFF.-ES EL CONJUNTO DE NORMAS Y DE PRINCIPIOS DE DERECHO PÚBLICO INTERNO, QUE TIENE POR OBJETO LA ORGANIZACIÒN Y EL FUNCIONAMIENTO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.
• MAURICE HAURIOU.-1º ES LA RAMA DEL DERECHO PÚBLICO QUE REGULA LA ORGANIZACIÓN DE LA EMPRESA DE LA ADMINISTRACIÒN PÚBLICA Y DE LAS DIVERSAS FUNCIONES ADMINISTRATIVAS 2ºLOS PODERES Y LOS DERECHOS QUE POSEEN ESTAS PERSONAS ADMINISTRATIVAS PARA MANEJAR LOS SERVICIOS PÚBLICOS. 3º EL EJERCICIO DE ESTOS PODERES Y DE ESATOS DERECHOS POR LA PRERROGATIVA ESPECIAL, POR EL PROCEDIMIENTO DE ACCIÒN DE OFICIO Y LAS PRERROGATIVAS ESPECIAL POR EL PROCEDIMIENTO DE ACCIÒN DE OFICIO Y LAS CONSECUENCIAS CONTENCIOSOAS QUE SE SIGUEN.
• ENRIQUE SAYGUÈS LASO.-ES LA PARTE DEL DERECHO PÚBLICO QUE REGULA LA ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y EL EJERCICIO DE LA FUNCIÓN ADMINISTRATIVA.
• ANDRÉS SERRA ROJAS.- DEFINE AL DERECHO ADMINISTRATIVO DESDE EL PUNTO DE VISTA FORMAL.-COMO LA RAMA DEL DERECHO PÚBLICO INTERNO QUE DETERMINA LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA CENTRALIZADA COMO PARAESTATAL, Y DESDE EL PUNTO DE VISTA MATERIAL COMO LA RAMA DEL DERECHO PÚBLICO INTERNO QUE SE PROPONE LA REALIZACIÓN DE ACTOS SUBJETIVOS CREADORES DE SITUACIONES JURÌDICAS CONCRETAS O PARTICULARES.
GABINO FRAGA.-
A.-LA ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÒN DEL PODER ENCARGADO NORMALMENTE DE REALIZAR LA FUNCIÓN ADMINISTRATIVA.
COMO ESE PODER SE INTEGRA DE MÚLTIPLES ELEMENTOS, SURGEN NECESARIAMENTE VARIADÍSIMAS RELACIONES ENTRE ÉSTOS Y EL ESTADO, Y ENTRE ELLOS MISMO SIENDO ADEMÁS INDISPENSABLES COORDINARLOS EN UNA ORGANIZACIÓN ADECUADA PARA QUE PUEDAN DESARROLLAR UNA ACCIÓN EFICAZ, SIN PERJUICIO DE LA UNIDAD MISMA DE LA ESTRUCTURA QUE FORMAN.
B.-LOS MEDIOS PATRIMONIALES Y FINANCIEROS QUE LA ADMINISTRACIÓN NECESITA PARA SUS SOSTENIMIENTO Y PARA GARANTIZAR LA REGULARIDAD DE SU ACTUACIÓN.
TAMBIÉN SURGE, CON MOTIVO DE LA OBTENCIÒN, ADMINISTRACIÓN Y DISPOSICIÓN DE ESOS MEDIOS, RELACIONES CUYA NATURALEZA HEMOS DE EXAMINAR MÁS ADELANTE. QUE EN PRINCIPIOS REQUIEREN DE UN RÈGIMEN JURÌDICO HOMOGENEO QUE SE AMOLDE A LOS FINES QUE PERSIGUE LA AMINISTRACIÓN.
C.-EL EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE EL PODER PÚBLICO DEBE REALIZAR BAJO LA FORMA DE LA FUNCIÓN ADMINISTRATIVA.
EN EL DOMINIO DE LA ADMINISTRACIÓN , A DIFERENCIA DE LO QUE OCURRE EN LA INICIATIVA PRIVADA, ES MÁS IMPORTANTE EL CAPÍTULO DEL EJERICIO DE LOS DERECHOS DEL INDIVIDUO DENTRO DEL ESTADO.
EL DERECHO ADMINISTRATIVO SE LIMITA A NORMAR EL EJERCICIO DE LAS ATRIBUCIONES DEL ESTADO, CUANDO DICHO EJERCICIO REVISTE LA FORMA DE FUNCIÓN ADMINISTRATIVA.
DERECHO ADMINISTRATIVO:
• EL CONCEPTO AMPLIO ES EL CONJUNTO DE NORMAS DE DERECHO QUE REGULAN LA ORGANIZACIÓN, ESTRUCTURA Y ACTIVIDAD DE LA PARTE QUE SE IDENTIFICA CON LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA O PODER EJECUTIVO SUS RELACIONES CON OTROS ORGANOS DEL ESTADO.
• CONCEPTO RESTRINGIDO Y FORMAL DEL DERECHO ADMINISTRATIVO. ES EL CONJUNTO DE NORMAS DE DERECHO PÚBLICO QUE REGULAN AL PODER EJECUTIVO, LEGISLATIVO Y JUDICIAL.
2.2..-ORIGEN DEL DERECHO ADMINISTRATIVO.
EL DERECHO ADMINISTRATIVO ES UNA RAMA DE RECIENTE CREACIÓN PUES SU EXISTENCIA DATA DE 100 AÑOS EN EL PAÍS, EN DONDE APARECE POR PRIMERA VEZ, COMO UN CONJUNTO SISTEMATIZADO Y AUTONO DEL DERECHO CONSTITUCIONAL, COMO, FRANCIA, Y DE POCO MENOS EN ALEMANIA, INGLATERRA E ITALIA, Y TODAVÍA MENOS EN ESTADOS UNIDOS EN PAÌSES DE AMÉRICA LATINA COMO MÉXICO, ARGENTINA Y URUGUAY.
• MARIENHOFF.- SOSTIENE QUE EL DERECHO ADMINISTRATIVO ES DE CARÀCTER PROVINCIAL, ES DECIR LOCAL. EN MÈXICO, AL DECIR DEL DOCTOR GABINO FRAGA EL ORIGEN DEL DERECHO ADMINISTRATIVO, SE LOCALIZA DURANTE LA VIGENCIA DE LA CONSTITUCIÓN DE 1857, PERO SE ENRIQUECE A PARTIR DE LA DE 1917, DEBE ACEPTARSE QUE EN AMÉRICA LATINA Y ESPECIALMENTE EN MÉIXCO, EL DERECHO ADMINISTRATIVO ESTÁ EN CONSTANTE EVOLUCIÓN PESE A LO REDUCIDO DEL NÚMERO
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