Derecho Internacional Publico
Enviado por Anisdarx • 23 de Junio de 2013 • 1.684 Palabras (7 Páginas) • 539 Visitas
1. Definición del Derecho Internacional Público:
Según Antonio Truyol el Derecho Internacional Público puede definirse como el conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones de los Estados entre sí.
Alejandro Rodríguez Carrión lo define como un conjunto de normas jurídicas que regulan la sociedad internacional y las relaciones de sus miembros en la consecución de intereses sociales colectivos o individuales.
Por otro lado Alberto Vergara Molano propone que es el conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones entre los sujetos internacionales.
Fernando Mariño Méndez concibe que el Derecho Internacional Público permita la relación entre los entes colectivos que constituyen la comunidad internacional.
Adolfo Miaja de la Muela admite que las normas internacionales, por su origen, no se limitan hoy a regular las relaciones entre Estados, sino que rigen en las relaciones entre las Organizaciones Internacionales entre sí y con los Estados y algunas otras que tienen a los individuos como titulares directos de derechos y obligaciones.
Daniel Guerra Iñiguez y Fermín Toro Jiménez coinciden al afirmar que el Derecho Internacional Público está constituido por el conjunto de normas que regulan las relaciones entre los sujetos de Derecho Internacional Público.
2. Objeto del Derecho Internacional Público
Para mostrar una acepción más clara de cuál es el objetivo final de dicha materia de estudio, cabe resaltar que la misma cumple una doble función, ciencia y disciplina, en la primera se dice que como ciencia estudia los principios jurídicos, históricos, sociales y económicos que coincidan la existencia de convenciones internacionales, a fin de poder explicar los fenómenos jurídicos desde una concepción epistemológica. Como disciplina, regula la estabilidad necesaria de la comunidad internacional, a fin de dirimir las controversias que se presentan entre los Estados nacionales u otros sujetos de Derecho Internacional Público, con la necesidad de preservar la paz y establecer un imperio normativo que posibilite el logro de la justicia internacional.
3. Características del Derecho Internacional Público
• Regula las actividades del Estado en la comunidad internacional.
• No tiene poder coactivo ni coercitivo, como todo derecho publico, actúa bajo la concepción del Ius Imperium.
• División del Derecho Internacional Público:
Su división será geográfica y se subdivide en:
• Continental: Relacionado con cada uno de los Continentes: América, Asia, África, Europa y Oceanía.
• Universal: Comunidad Internacional.
Derecho Internacional Americano: Conjunto de Instituciones, principios, reglas, doctrinas, costumbres y practicas que para la comunidad internacional son peculiares a los Estados Americanos, quienes comparten a la vez desde el punto de vista sociológico situaciones de raza, color,demografía, cultura etc., que los identifica con los americanos.
Características del Derecho internacional Americano:
• Solo aplicable al continente americano.
• No esta codificado como Derecho Internacional Publico Universal sin embargo, esta conformado por principios tales como el asilo, arbitraje, filiación Iutis Posidetis Iuris etc.
• Tiene instituciones como el Congreso Anfictiónico de Panamá, en el se contiene doctrinas importantes como la de Monrroe, Calvo, Drago etc.
4. Universalidad del Derecho Internacional Público
El Derecho Internacional Publico es producto de la convención bilateral, multilateral, o de actos unilaterales, de los Estados o sujetos e derechos y obligaciones, en el contexto e la relaciones internacionales. Esta condición le faculta para que los principios generales de su naturaleza jurídica sean de aplicación universal. Guerra Iñiguez (1985:37) sostiene que la universalidad del Derecho Internacional Publico se debe a la condición que tienen los estados como miembros de la comunidad internacional.
Consideramos que el concepto de Derecho Internacional como Derecho Universal se produce en respuesta a las categorías reduccionistas que le ubican en una región determinada: Derecho Internacional Europeo, Derecho Internacional Americano, etc. No obstante, contrario al criterio del respetable jurista Guerra Iñiguez, consideramos que el concepto de Derecho Internacional Publico como Derecho Universal no es aplicable en un mundo gobernado por la hegemonía de las grandes potencias que validan el uso de la fuerza sobre el equilibrio de las normas internacionales.
5. Diferencias del Derecho Internacional Público con el Derecho Internacional Privado
Para explicar claramente cuáles son las diferencias de ambas materias de estudios se debe clasificar del siguiente modo:
Según su Sujeto: cabe destacar que mientras el sujeto del Derecho Internacional Público va a ser el Estado y las Organizaciones Internacionales con personalidad jurídica por otro lado el Derecho Internacional Privado va a estudiar a la persona en su calidad de natural y jurídica.
Según su Fuente: en el Derecho Internacional Público la Costumbre interpreta el papel de la fuente más importante y directa, por otro lado la legislación nacional va a ser indirecta. En el Derecho Internacional Privado la legislación nacional va a ser de fuente directa mientras que la costumbre será indirecta.
Según su aplicabilidad: ya están indicadas las normas que rigen las relaciones entre los sujetos de Derecho Internacional Público. Se presenta cuando hay una controversia entre Estados y el tratado nos indicara la vía a seguir. EJ: el arbitraje. En el Derecho Internacional Privado el juez nacional indica el ordenamiento jurídico aplicable a un caso cuando exista conflicto de normas. EJ: Matrimonio italiano presenta divorcio en Venezuela, el juez competente remite el caso a Italia.
Según su regulación: en el Derecho Internacional Público, los deberes de los Estados y limita sus derechos. En el Derecho Internacional Privado la
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