Derecho bizantino
Enviado por saulis • 21 de Enero de 2014 • Tesis • 2.038 Palabras (9 Páginas) • 236 Visitas
Derecho bizantino
En el momento que muere Teodosio I en el (395), el imperio romano se divide en dos: el de oriente y el de occidente.
Cuando el Imperio Romano de occidente, desaparece en el año 476, a causa de las invasiones bárbaras. Entonces el oriente toma completa vigencia por Justiniano
A partir de que el Imperio romano se divide, las diferentes fuentes de producción, como lo eran la interpretación del Derecho, Se fue transformando y diversificando cada día. Algunos de los factores que influyen en esta transformación, figuran entre otros: el transferimiento de gobierno a Bizancio, las invasiones bárbaras, la adopción de derechos provinciales, y la asimilación del cristianismo que introduce en la legislación nuevas formas de vida social.
Con la caída del imperio romano de occidente, Roma deja de ser el centro
Político en donde giraba toda la vida del imperio. Ahora ese poder esa vida política la adquieren las ciudades de Antioquia en siria, Nicomedia en el asia menor, y luego Constantinopla como capital del imperio.
El Derecho bizantino, abarca lo que fue la legislación que rigió bajo el imperio romano o imperio bizantino, este perduro desde los fines del siglo III en donde el oriente ejerció sobre el occidental.
En esta denominación, podemos observar las relaciones del emperador con los ciudadanos. El emperador se volvió amo y señor y por lo tanto los ciudadanos ya no participaban en la vida política, ni contribuían con su voto para la elección del gobierno, es decir, el emperador toma el control del pueblo y todos tenían que aceptar su voluntad.
Luego, a la muerte de Alejandro severo en el 235, se produce una anarquía militar. Se impone Diocleciano en 235-305, él toma el problema de la sucesión al trono y al gobierno mediante una reforma constitucional y administrativa. Posteriormente, Diocleciano le entrega el poder del imperio occidental a Maximiano y él se reservó la parte oriental. Cada uno con el título de Augusto, este título pasa a ser referencia a los dos emperadores que reinaban en occidente y oriente, y debía agregar un Cesar que era el sucesor en el trono, es decir, un (Vice-emperador).
El territorio del imperio se divide en prefecturas, las prefecturas es la denominación de un órgano de gobierno o área territorial, bajo un prefecto del pretorio. Cuando hablamos de prefecto quiere decir una autoridad descendiente de la línea nacional del gobierno. El rige el orden interno y seguridad interna. Y cuando hablamos de pretorio, era la tienda o edificio del comandante de la armada romana, el término era usado también como el cuartel general del emperador. Posteriormente se convirtió en la posición directamente inferior en rango al cónsul.
Las prefecturas se dividen en Diócesis o vicarias. “la Diosesis”, es el distrito o territorio cristiano en que tiene y ejerce jurisdicción eclesiástica un prelado: Arzobispo, Obispo, etc. Estaban al frente de un vicario, con funciones judiciales, un vicario es aquella persona que ejerce la función de otra, en todo o en parte por delegación y nunca con carácter propio; sustituye la persona por un lapso de tiempo determinado o indefinido. En otras palabras es un sustituto o el suplente.
Las provincias estaban a cargo de un procónsul, que tenía atribuciones jurisdiccionales y administrativas. Un “procónsul” es la Magistratura romana.
Posteriormente, Constantino (305-337) el realiza otra reforma que trae grandes beneficios al derecho, que asegura a los cristianos el derecho de profesar y practicar públicamente su religión. Y en el 321 declara al cristianismo como religión de Estado. La capital se traslada a Constantinopla y separa el poder civil militar.
El cristianismo fue un gran beneficio para el imperio gracias a este hubieron modificaciones en la legislación, sus sentencias ya no eran tan crueles si no que se introdujo más el amor, caridad y virtud. Y como desde los tiempos remotos y a base de estudios del derecho se sabe que tiene su parte de divinidad por naturaleza.
Para la última etapa de Derecho romano, hubo muchas características. Se observa un retroceso en el romanismo, se introducen las culturas griegas, sus influencias se imprimen a la cultura bizantina no solo en el campo del derecho sino también en la parte económica social etc. Se acentúa el helenismo, los derechos nacionales se sobreponen al derecho imperial y el cristianismo, como hemos dicho el cristianismo dio una nueva forma de vida con más amor, un sentido espiritual a los valores del campo del derecho.
Para esta época, el órgano consultivo era el Consilium, que estaba integrado por los altos magistrados del palacio, el clero y la nobleza, como ya sabemos la nobleza eran las personas de alta alcurnia.
También para esta época aparecen nuevos cargos en lo que se destacan el Cuestor del sacro palacio su principal función era responder a las solicitudes que sobre Derecho eran dirigidas al emperador y preparar las normas.
Lo que quedo de las fuentes de producción del derecho era la voluntad del monarca. Desaparecen las clásicas fuentes del derecho romano y solo quedan constituciones imperiales y la costumbre.
Para fines del siglo IV se crean las escuelas de derecho de Alejandría, cesarea, Constantinopla y berito y para facilitar la labor de estudiantes y practicas realizan colecciones de iura y leges, como lo que conocemos que los iura son los escritos y opiniones de los juristas clásicos y preclásicos, y las leges son las constituciones imperiales que promulgaba el emperador.
También figuraban todas las leyes jurídicas anteriores a Justiniano.
La decandencia de la jurisprudencia en este periodo por tendencia, para reunir las colecciones u otros libros acerca del derecho con el fin de conocerla mejor.
Debido a los multiples formaciones de constituciones imperiales, esta aplicasion fue haciéndose muy dificultosa, entonces debido a estas circunstancias ellos tuvieron que buscar la forma de ordenar las leyes de una manera sistematica.
Por la forma de libro en que fueron creadas se les llamaron códigos. Y en ellos estaba el código Gregorianus, El código hermogenianus , el código tesodoniano, y el código theodosianus.
El Código Gregorianus: fue hecha por un jurista llamado Gregorio (291) en ello contiene constituciones imperiales estaba distribuido en 14 libros por orden de este código no se conservan textos, solo conocimientos que fueron parte de las leyes romanas y bárbaras.
El código theodosianus: Este código fue ordenado
...