EL SISTEMA DE LAS INSTITUCIONES ASEGURADORAS Y AFIANZADORAS
Enviado por maryzet • 21 de Mayo de 2012 • 551 Palabras (3 Páginas) • 918 Visitas
Las Instituciones de Seguros
Las instituciones de seguros deberán ser constituidas como sociedades anónimas de capital fijo o variable, con arreglo a lo que dispone la Ley General de Sociedades Mercantiles, en cuanto no esté previsto en esta Ley y, particularmente, a lo siguiente:
Deberán contar con un capital mínimo pagado por cada operación o ramo que se les autorice, expresado en Unidades de Inversión, el cual se deberá cubrir en moneda nacional en el plazo previsto en esta fracción y que será determinado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público durante el primer trimestre de cada año, para lo cual deberán considerarse, entre otros aspectos, los recursos que sean indispensables para apoyar la adecuada prestación del servicio que representa la actividad aseguradora, la suma de los capitales pagados y reservas de capital con que opere el conjunto de instituciones que integren el sistema asegurador, la situación económica del país y el principio de procurar el sano y equilibrado desarrollo del sistema y una adecuada competencia.
ASEGURADORAS.
Las instituciones de seguros se obligan mediante la celebración de un contrato, en el momento de su aceptación y mediante el cobro de una prima, a resarcir un daño o pagar una suma de dinero si ocurre la eventualidad prevista en ese contrato.
Los diferentes tipos de seguros que existen son:
1) Automóviles.
2) Vida.
3) Accidentes personales y enfermedades.
4) Gastos médicos mayores.
5) Agropecuario.
6) Diversos.
7) Transportes.
8) Incendio.
9) Responsabilidad civil y riesgos profesionales.
10) Crédito.
Las sociedades mutualistas de seguros.
Son el conjunto de personas que actúan voluntariamente para constituir un fondo de ayuda económica, mediante aportaciones periódicas en efectivo, a título de colaboración espontánea, cuya finalidad es el auxilio a sus miembros en caso de enfermedades, accidentes y otros riesgos naturales; auxilio que puede extenderse a los familiares cuando estos no sean autosufientes. Accesoriamente se considera una agrupación de socorros mutuos organizada para ofrecer solución económica a exigencias personales o familiares en los casos y bajo las condiciones establecidas en sus estatutos.
Características de las sociedades mutualistas:
1. Las cuotas o primas tienen como objetivo una disciplina integral, son voluntarias y es la ley la que regula esa voluntad.
2. No incurre en falta, previsión ni error, si no se cumplen las tributaciones; se deja la facultad al asociado para mantener al día sus obligaciones, con la única tentativa de suspenderle sus derechos en la medida convenida por los propios socios.
3. El carácter del fondo reunido no es de derecho público ni tampoco corresponde a un servicio público o monopólico. El Estado puede
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