Educación Cívica
Enviado por ladykarina • 2 de Septiembre de 2011 • Tesis • 3.130 Palabras (13 Páginas) • 1.508 Visitas
Educación Cívica
Vocabulario Libro # 1
I Unidad
Trabajo: es la actividad inteligente de la persona aplicado a la producción de bienes y servicios económicos.
Trabajo Humano: es la expresión del ingenio, la creatividad y la construcción cultural.
Actividad Inteligente: consiste en crear y desarrollarse intelectualmente.
Edad Media y el Trabajo: las relaciones de trabajo se ven fortalecidas por una serie de aspectos jurídicos, económicos y religiosos.
Articulo 56 de la Constitución Política de Costa Rica: “El trabajo es un derecho del individuo y una obligación con la sociedad.”
Actividad del Ser Humano: la actividad laboral puede ser un esfuerzo físico, de la mente o ambas, que se entrega a cambio de un salario.
El Trabajo y la Riqueza: el trabajo es un instrumento por medio del cual hombres y mujeres buscan el bienestar personal y el de sus seres queridos.
Sector Informal: actividades que se realizan en el trabajo y buscan generar capital, vendiendo bienes y servicios muy diversos en forma esporádica.
OIT: es la Organización Internacional del Trabajo y fue creada al finalizar la Primera Guerra Mundial.
Sector Formal: reciben un salario fijo y tienen estabilidad económica.
Sector Informal Típico: son unidades pequeñas, microempresas y trabajadores independientes cuyas técnicas productivas son más atrasadas.
Nivel de Productividad: el sector informal típico tiende a tener un nivel de productividad más bajo.
PEA: es la Población Económicamente Activa. Es la parte del total de habitantes ocupada en el proceso productivo y por cuyo trabajo recibe remuneración.
PEI: la Población Económicamente Inactiva está compuesta por pensionados, rentistas, estudiantes, oficios del hogar y otros no ubicables como fuente de empleo.
Subempleo Visible: se refiere a las personas que trabajan menos de un total de 47 horas por semana.
Calderón Guardia y el Trabajo: introdujo las reformas sociales y se logró un cambio en las concepciones laborales, una apertura a los seguros, el derecho a huelga, de sindicalizarse, mejores condiciones de higiene y salud, etc.
Fuero: potestad, rango especial para defender determinados derechos de los trabajadores.
Es un Derecho del Individuo: En el artículo 56 dice que: “El trabajo es un derecho del individuo y una obligación con la sociedad…El Estado garantiza el derecho de libre elección de trabajo”.
Salario Igual a Trabajo: Artículo 57: “Todo trabajador tendrá derecho a un salario mínimo…El salario será siempre igual para trabajo igual en idénticas condiciones de eficiencia”.
Horas Extras: Artículo 58: “El trabajo en horas extraordinarias deberá ser remunerado con un 50% más de los sueldos estipulados”.
Derecho a Descanso: Artículo 59: “Todos los trabajadores tendrán derecho a un día de descanso después de seis días consecutivos de trabajo, y a vacaciones anuales pagadas…”
Derecho a Sindicalizarse: Artículo 60: “Tanto los patronos como los trabajadores podrán sindicalizarse libremente…”
Derecho a Huelga: Artículo 61: “Se reconoce el derecho de los patronos a paro y el de los trabajadores a huelga salvo en los servicios públicos”.
Convenciones Colectivas: Artículo 62: “Tendrán fuerza de ley las convenciones colectivas de trabajo que se concierten entre patronos o sindicatos de patronos y trabajadores organizados”.
Derecho a Indemnización: Artículo 63: “Los trabajadores despedidos sin justa causa tendrán derecho a una indemnización cuando no se encuentren cubiertos por un seguro de desocupación”.
Creación de Cooperativas: Artículo 64: “El Estado fomentará la creación de cooperativas, como medio de facilitar mejores condiciones de vida a los trabajadores”.
Contrato de Aparcería: aquellos acuerdos verbales o escritos que se realizan entre un dueño de una finca y una persona que desea alquilar una parte para cultivar, producir, criar o desarrollar algo en ella.
Formación Personal: Artículo 83: “El Estado patrocinara y organizara la educación de adultos, destinada a combatir el analfabetismo y a proporcionar oportunidad cultural a aquellos que desean mejorar su condición intelectual, social y económica.”
Seguro Social: la seguridad social se refiere a los instrumentos de protección que el Estado establece para garantizar a los favorecidos, la atención necesaria.
Derecho al Debido Proceso: significa que no es posible despedir a un funcionario o funcionaria del sector público, sin que exista un procedimiento administrativo donde pueda exponer su defensa. En caso de que la o el empleado lo sea del sector privado, este(a) puede acudir a la sede judicial.
Obligación a Seguridad e Higiene: es la obligación que tiene el patrono o empresario de crear servicios de seguridad e higiene en el trabajo, en función del riesgo y el número de empleados(as).
Ley de Igualdad Real de la Mujer:
• Artículo 94: “Queda prohibido a los patronos despedir a las trabajadoras que estuvieran en estado de embarazo o en periodo de lactancia”.
• Artículo 94bis: “La trabajadora embarazada o en periodo de lactancia que fuere despedida, podrá gestionar ante el juez de trabajo, su reinstalación inmediata en pleno goce de todos sus derechos”
Artículo 93 del Código de la Niñez: “Quedara prohibido cesar o discriminar a la adolescente embarazada o lactante, de conformidad con lo que dispone el Código de Trabajo.
Artículo 191 de la Constitución Política de Costa Rica: “Un estatuto de servicio civil regulara las relaciones entre el Estado y los servidores públicos, con el propósito de garantizar la eficiencia de administración”.
Artículo 192 de la Constitución Política de Costa Rica: “Con las excepciones de esta Constitución y el estatuto de servicio civil determinen, los servidores públicos serán nombrados a base de idoneidad comprobada y solo podrán ser removidos por las causales de despido justificado que exprese la legislación de trabajo, o en el caso de reducción forzosa de servicios, ya sea por falta de fondos o para conseguir una mejor organización de los mismos”.
Igualdad: principio que reconoce a todos los ciudadanos capacidad para los mismos derechos.
Libertad: opinar y actuar según nuestra propia forma de pensar, desde luego sin atentar contra la dignidad de las demás personas.
Justicia Social: es dar a cada quien lo que merece recibir.
Paz: sosiego y buena correspondencia de unas
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