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Guia De Romano


Enviado por   •  26 de Noviembre de 2012  •  3.685 Palabras (15 Páginas)  •  689 Visitas

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1. EXPLIQUE EL CONCEPTO DERECHO ROMANO

Partiendo de su raíz latina –IUS-IURIS-, encontrada en la mayor parte de de palabras o ideas relacionadas de carácter jurídico.

Proviene de una raíz indo-europea yoh, (lo recto )

Conjunto de instituciones y normas jurídicas que como derecho objetivo regularon la vida del pueblo romano en el curso de su evolución hstórica, desde 753 ac hasta la compilación C. I. Civilis de Justiniano en el I. R. Oriente 565 d.e.

2. EXPLICAR EL CONCEPTO AMPLIO Y RESTRINGIDO DEL DERECHO ROMANO.

a. CONCEPTO AMPLIO. Abarca desde el 753 a.c. y llega hasta la capital del imperio romano de oriente, Constantinopla, sucumbe ante la hegemonía del imperio turco en el 1452 d.c. abarca 2205 años, no se ha vuelto a ver en ningún otro pueblo

b. CONCEPTO RESTRINGIDO. Se inicia en la fundación de Roma en el mismo 753 a.c. y hasta el 565 d.c. solo 1318 años que son en los que se integra todo el derecho antecesor del derecho civil de nuestras modernas naciones, buena parte del derecho penal y también instituciones del derecho publico.

3. QUE IMPORTANCIA REVISTE EL DERECHO ROMANO EN LOS ESTUDIOS JURIDICOS.

Crear un criterio jurídico amplio al estudiante del derecho

4. TRAZAR ESQUEMATICAMENTE LAS CARACTERISTICAS Y EVOLUCION DEL DERECHO ROMANO PRIVADO ( No lo encontré, esto lo saque de Internet)

a. Caracteristicas

i. Regia a los particulares

ii. Sus normas podían ser modificadas por voluntad de los individuos a quienes se dirigían

iii. Emana de las agrupaciones familiares

iv. Fuente primaria del Derecho Romano

b. Evolución

i. Derecho Natural

ii. Derecho de las Gentes

iii. Derecho Civil

5. CUAL ES EL PLAN SISTEMATICO DE DERECHO CIVIL QUE DERIVA DE LAS INSTITUCIONES DE GAYO.

Primeramente es un manual para estudiantes de derecho dividida en cuatro libros.

1. Principios generales del derecho y derecho de las personas

2. Derecho de las cosas

3. El tercero también a las cosas, adquisición de universalidades y las obligaciones

4. Derecho de las acciones, excepciones e interdictos

Sirven de guía para la formación de las institutas de Justiniano

El método de exposición y el orden aun son utilizados en nuestros días, las codificaciones del código civil también los diseña de ese modo

6. EXPLICAR LOS CONCEPTOS DE IUS Y FAS

a. IUS. Secularizan a la creación humana, o sea normas hechas por el hombre, normas jurídicas.

b. FAS. Se constriñe a las normas religiosas

7. EXPLICAR LOS TRES PRECEPTOS DE DERECHO QUE FORMULO ULPIANO.

a. Vivir honestamente(

b. No hacer daño a otro

c. Dar a cada uno lo suyo

8. DISTINGUIR LAS IDEAS ROMANAS DE IUSTITIA Y AEQUITA.

a. JUSTITIA ( Justitia) Dar a cada quien lo que corresponde, el problema real es que es lo que toca a cada cual

b. AEQUITAS. ( Equilibrado, Equidad) Es interpretada esta en razón de la justicia, al estar equilibrado, tranquilo, imperturbable de ánimo, y por lo tanto justo. Tratar igual a los iguales y desigual a los desiguales.

9. EXPLICAR LA DUALIDAD DEL DERECHO PUBLICO Y DERECHO PRIVADO.

a. Publico. Todo aquello que es o interesa al gobierno del pueblo romano, lo que comprende las cosas sagradas, las de los sacerdotes y las de los magistrados, asi como lo concerniente a ceremonias de religión, nombramiento y poderes pontifices, organización de comicios y senado y la jurisdicción de pretores, tribunos, ediles, etc..

b. Privado. Este derecho puede ser modificado y aun derogado por la voluntad de las partes, si no esta en juego el interés social.

11.- Explica las nociones del Derecho Civil y Derecho Honorario:

*Derecho Civil Arcaico: a pesar del esfuerzo de publicitar las XII tablas para promover el acercamiento de las clases patricia y plebeya, eso no se logró en vista de que los pontífices tenían reservado el secreto de las formulas de la ley, asi transcurrieron un siglo y medio y más; hasta que un liberto de nombre Cneo Flavio del censor Appio Claudio, el ciego, en el 304 A.C., aprovecho su conocimiento y publico aquellas formalidades procesales de las acciones de la ley. Tales formalidades se conocieron como el -iusflavianum-. Alrededor del 204 A.C. el jurisconsulto Sexto AelioPaeto Cato publico nuevas fórmulas de ejercicio de acciones de la ley, se piensa que fue el primer intento de codificación de la ley y que funciono por mucho tiempo.

*Derecho Honorario: esta potestad la ejercía el Pretor concediendo una acción al peticionario si ya existía ésta en el -iuscivile- o autorizando una de nueva creación creada precisamente por esta magistratura honoraria, de donde deriva el nombre de derecho honorario que crea el pretor. Hasta que el emperador Adriano en el año131 D.C. encomendó a un afamado jurista de nombre Salvo Juliano, la compilación de todos los edictos formulados por los pretores en los últimos 498 años, esta obra viene a señalar el fin de la época de creación de Derecho Honorario, pues después de el solo habría aplicación.

12.-Explica las ideas romanas de Derecho Civil y Derecho Honorario:

*El derecho civil fue estricto y riguroso, formalista y solemne, aplicable solo a la familia y a la gens, de carácter oral y de gran publicidad, influido por normas religiosas o fas, y el principal valor que se perseguía era la seguridad pública. Estuvo reservado para res utilizado para los -civitasromanorum-.

*En el Derecho Honorario el mecanismo de intervención de los Pretores podía ser, creando acciones o excepciones con lo que hicieron nacer una nueva forma de derecho.

13.- ¿Que se entendía en Roma por Derecho escrito y que por Derecho no escrito?

*El llamado Derecho escrito se había redactado por órganos del poder estatal con facultad de hacer Derecho como los comicios, el senado, los magistrados y emperadores, en contraposición de la primera forma de Derecho el consuetudinario que provenía de las costumbres o -mores maoirumconsuetudo- y que por principio no fue estricto.

14.- ¿Cómo se periodiza la historia de Roma desde el punto de vista de su sistema de gobierno?

DATA FORMA DE GOBIERNO TIPO DEL DERECHO

753 A.C. al 510 A.C. o

hasta las XII tablas 449 A.C. Monarquía e inicio de la Republica. Arcaico (solemne y sacralizado).

510 A.C. al 27 A.C. Republicano. Preclásico con separación de normas del Jus y del Fas.

27 A.C. al 235 D.C. Imperio Principado. Clásico

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